En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2026-05-29 12:00:00-04 | AO001AW2139040 | Sujeto Pasivo | Jose Hevia | Temas de interés Saludo Protocolar Modificación DS 23902 Convergencia regulatoria Consultas Públicas en paralelo ISP y MINSAL Plataformas Safis y clave única Ingredientes Prohibidos y Restringidos Opción Otros Eximición de Control de calidad TEMAS ABORDADOS EN REUNION Estado y proyección de tramitación del reglamento. Cámara de la Industria Cosmética solicita estado de la modificación del reglamento de cosméticos e impactos regulatorios asociados. Esto debido a que existe preocupación por lo tiempos de aprobación del reglamento tras el cambio de gobierno. DIPOL comenta intención de promulgar el reglamento este año. El cambio de autoridades obliga a sociabilizar nuevamente el proyecto antes de avanzar en su formalización. Sin embargo, los compromisos internacionales como los adquiridos con la Alianza Pacifico y el cambio de la normativa nacional referente a la experimentación animal hacen que el cambio normativo adquiera prioridad. Respecto a las normas técnicas relacionadas GMP, cosmetovigilancia pueden salir en consulta pública en paralelo DIPOL trabaja en consensuar textos. Cosmetovigilancia y notificación de Eventos Adversos EA. Se discute sobre mantener o flexibilizar criterio de reportes de EA no graves Camara solicita armonización de la regulación respecto a cosmetovigilancia. Dipol comenta que observaciones nacionales e internacionales a la consulta pública, están siendo sistematizadas y analizadas. Además, menciona que norma técnica de cosmetovigilancia, requiere la formalización de reglamento Industria señala participación en CICAD y la importancia de armonizar con estándares globales DIPOL estaría de acuerdo respecto buscar convergencia, lo que no implica que se tenga autonomía respecto a la regulación nacional. Agrega que la decisión sobre notificación de eventos adversos no graves será discutida en mesa técnica. Prohibición y restricción de ingredientes. Se discute sobre si listados oficiales seguirán basados en EuropaEE. UU. DIPOL indicó que Acuerdo de la Alianza del Pacífico es vinculante y se busca el menos restrictivo salvo prohibiciones explicitas. Cámara manifiesta preocupación por aplicabilidad automática ISP ha aplicado fecha europea para registros nuevos industria solicita plazos para adaptación. Preocupación por destrucción de stock y falta de alternativas de exportación para empresas locales solicitud de revisión de procedimientos. DIPOL reconoce necesidad de informar a la industria con plazos correspondientes. Se acuerda necesidad de coordinación entre MINSAL e ISP para gestionar coordinación y evitar impactos en productores locales. Respecto a normas de GMP y de especificaciones de producto terminado. Se comentan que están en desarrollo y se espera que sean puestas a disposición para la recepción de observaciones de consulta publica prontamente. |
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| Sujeto Pasivo | Nélida Müller | |||||
| Sujeto Pasivo | Pilar Cona | |||||
| Sujeto Pasivo | Mauricio Hormann | |||||
| 2026-05-29 11:00:00-04 | AO001AW2125829 | Sujeto Pasivo | NIKOL STEFANIA MEZA RAMOS | Estimados Somos una AG que ha levantado información respecto a las SEREMIS a nivel nacional en relación al área estetica clínica. Buscamos compartir información recopilada y por sobre todo conocer el estado del articulo 283 y aportar en el impacto en el sector. Expresamos preocupación por el catalogo de prestaciones y también en las capacitaciones en el área estética en relación a garantizar la calidad y seguridad del paciente en el servicio estético entre otros temas. Muchas gracias. TEMAS ABORDADOS EN REUNION En la fecha y hora registradas en el sistema correspondiente, se realizó una reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de una asociación gremial vinculada al ejercicio de la enfermería en el ámbito de la estética clínica. La reunión tuvo por objeto presentar el trabajo desarrollado por la asociación, exponer antecedentes relacionados con la aplicación de la normativa sanitaria en el sector y plantear observaciones respecto de materias regulatorias actualmente en desarrollo. Durante la reunión, los representantes de la asociación expusieron que, desde el año 2024, han desarrollado actividades orientadas a promover el ejercicio responsable de la enfermería estética, apoyar a los profesionales del área y colaborar con la autoridad sanitaria en materias relacionadas con autorizaciones sanitarias y buenas prácticas clínicas. Indicaron que durante el año anterior sostuvieron reuniones con diversas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, levantando información sobre la aplicación de la normativa vigente y detectando diferencias en criterios de fiscalización, exigencias documentales, interpretación de competencias profesionales y conceptos asociados a supervisión y supervigilancia. Asimismo, señalaron su intención de remitir formalmente los antecedentes recopilados para conocimiento del Ministerio. Posteriormente, se presentaron los resultados generales de un estudio desarrollado por integrantes de la asociación, cuyo objetivo fue analizar la implementación de los procesos de autorización sanitaria para salas de procedimientos con fines estéticos. Según lo expuesto, el estudio identificó diferencias en la aplicación de la pauta de fiscalización entre regiones, variabilidad en los tiempos de tramitación de autorizaciones sanitarias, distintas interpretaciones respecto de competencias profesionales y diferencias en la interacción de las autorizaciones sanitarias con otros procedimientos administrativos. Los representantes de la asociación precisaron que, a su juicio, el principal desafío no radica en la inexistencia de regulación, sino en la heterogeneidad observada en su aplicación práctica entre distintos territorios y autoridades. Asimismo, los representantes gremiales manifestaron inquietudes respecto de la interpretación del concepto de supervigilancia médica en procedimientos estéticos y de ciertas disposiciones contenidas en proyectos normativos actualmente en discusión. En particular, plantearon la necesidad de resguardar una adecuada comprensión de dicho concepto y evitar interpretaciones divergentes que puedan generar incertidumbre en el ejercicio profesional. También informaron que han elaborado observaciones respecto de las modificaciones al DS283 y manifestaron interés en continuar participando en espacios de diálogo técnico con la autoridad sanitaria. Por parte del Ministerio de Salud se agradeció la presentación y el trabajo desarrollado por la asociación, destacando el valor de contar con antecedentes provenientes de distintos actores del sector. Asimismo, se informó que las observaciones formuladas durante los procesos de consulta pública correspondientes a modificaciones normativas vigentes han sido incorporadas al proceso regular de análisis y revisión. Respecto de los proyectos de ley mencionados, se señaló que estos continúan su tramitación legislativa conforme a los procedimientos establecidos, existiendo aún instancias para la formulación de observaciones por parte de los distintos interesados. Durante la reunión se reiteró que, para el Ministerio de Salud, los procedimientos estéticos constituyen procedimientos sanitarios cuyo elemento diferenciador corresponde a su finalidad, manteniéndose aplicables los principios regulatorios generales que rigen las prestaciones de salud. En ese contexto, se indicó que la normativa vigente contempla disposiciones relativas a autorizaciones sanitarias, competencias profesionales y supervigilancia, sin perjuicio de que siempre existan oportunidades de perfeccionamiento regulatorio y de fortalecimiento de la uniformidad en la aplicación de los criterios técnicos. Asimismo, se informó la existencia de pronunciamientos jurídicos institucionales disponibles públicamente que abordan el concepto de supervigilancia y su aplicación en el ámbito sanitario, incluyendo documentos específicos relacionados con procedimientos estéticos. También se señaló que el Ministerio mantiene instancias periódicas de coordinación y trabajo con las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, orientadas a fortalecer criterios comunes de aplicación normativa y abordar materias técnicas que puedan generar interpretaciones divergentes. Finalmente, los participantes coincidieron en la importancia de continuar promoviendo el cumplimiento normativo, la seguridad de los usuarios, la calidad de las prestaciones y el fortalecimiento de criterios técnicos homogéneos para la aplicación de la regulación sanitaria. La reunión concluyó con el compromiso de mantener canales de comunicación y de compartir los antecedentes técnicos expuestos durante la sesión para su análisis institucional. |
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| 2026-05-29 10:00:00-04 | AO001AW2125026 | Sujeto Pasivo | FRANCISCO JAVIER VARGAS FRICK | ANÁLISIS Y CONTINUAR MESA DE TRABAJO DECRETO 4 CIRCULAR A 1546 Y SALA DE PROCEDIMIENTO DE VICIOS DE REFRACCIÓN. ADICIONALMENTE MEDIDAS TOMADAS COMISIÓN SALUD SENADO OFICIOS EN QUE PROCESO ESTÁN. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN En la fecha y hora registradas en el sistema correspondiente, se realizó una reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes del sector óptico, con el objeto de revisar el estado de avance de distintos instrumentos regulatorios aplicables a establecimientos de óptica y exponer situaciones observadas en el funcionamiento del sector. Durante la reunión, los representantes del sector consultaron por el avance de la actualización de la Circular A15 N46, así como de otros instrumentos relacionados con la regulación de establecimientos de óptica, salas de venta y salas de procedimientos. Asimismo, manifestaron preocupación por los efectos que la demora en la emisión de estos documentos estaría generando en la aplicación de criterios por parte de distintas autoridades sanitarias regionales y en los procesos de fiscalización. Por parte del Ministerio de Salud se informó que la actualización de la Circular A15 N46 se encontraba en etapa final de tramitación, pendiente de la firma de la autoridad competente. También se señaló que, producto de recientes modificaciones en los procedimientos de control jurídico aplicables a determinados actos administrativos, existía incertidumbre respecto de la eventual revisión de algunos instrumentos por parte de la Contraloría General de la República, lo que podría afectar los plazos de publicación. Del mismo modo, se indicó que la modificación del reglamento de óptica continúa avanzando en su proceso de tramitación y se encuentra en etapas finales de revisión institucional. Los representantes del sector expusieron antecedentes relacionados con establecimientos que, según señalaron, operarían sin autorización sanitaria o participarían en procesos de licitación pública sin cumplir las exigencias regulatorias aplicables. Asimismo, plantearon inquietudes respecto de situaciones detectadas durante procesos de fiscalización y la necesidad de fortalecer la coordinación entre organismos públicos con competencias en estas materias. En respuesta a estos planteamientos, desde el Ministerio de Salud se indicó que la autorización sanitaria constituye un requisito exigible para el funcionamiento de los establecimientos regulados. Asimismo, se informó que se evaluará la emisión de un oficio dirigido a las instancias competentes de la red pública de salud y JUNAEB, con el propósito de reforzar la consideración de los requisitos sanitarios aplicables en los procesos de adquisición de lentes ópticos y prestaciones relacionadas. Durante la reunión también se abordó el uso de la plataforma pública de georreferenciación de establecimientos de óptica autorizados. Los representantes ministeriales destacaron la importancia de continuar difundiendo esta herramienta y mantener actualizados los registros disponibles, mientras que los representantes del sector manifestaron su disposición a colaborar en la identificación de antecedentes que permitan mejorar la calidad de la información contenida en dichos registros. Adicionalmente, se informó que el Ministerio mantiene coordinación con SERNAC respecto de acciones de fiscalización relacionadas con el sector óptico. En este contexto, los representantes del sector plantearon observaciones respecto de las fiscalizaciones ampliamente anunciadas por SERNAC, las que serán consultadas en las instancias de coordinación correspondientes para conocer sus fundamentos y alcances. Finalmente, los participantes coincidieron en la importancia de continuar avanzando en la actualización normativa del sector, fortalecer la uniformidad de criterios de aplicación de la regulación vigente y promover mecanismos que faciliten la identificación de establecimientos que operan conforme a la normativa sanitaria. La reunión concluyó con el compromiso de mantener canales de comunicación para informar los avances de los instrumentos regulatorios en tramitación y de las acciones administrativas que eventualmente se adopten respecto de las materias planteadas. |
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| Sujeto Pasivo | Ingrid Espinoza | |||||
| 2026-05-22 12:00:00-04 | AO001AW2156281 | Sujeto Pasivo | Vicente Rodrigo Astorga Pizarro | Contribución e integración e la industria local en una estrategia nacional de medicamentos para avanzar hacia la sostenibilidad sanitaria. Alerta sanitaria oncológica y la contribución de los laboratorios farmacéuticos nacionales a una estrategia de medicamentos que la sostenga TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN Se realizan la debida presentación de los asistentes a la reunión. Informan que la Cámara Nacional de Laboratorios Farmacéuticos CANALAB agrupa a empresas que producen, importan yo distribuyen medicamentos, de diversos tipos, incluyendo productos inyectables y fitofármacos, así como también suplementos alimenticios. Como asociación gremial tienen 27 años de trayectoria y reúnen a 20 laboratorios farmacéuticos nacionales que representan un total de 26 plantas productivas ubicadas en la Región Metropolitana, Valparaíso y Bio Bio generando más de 20.000 empleos directos e indirectos. Señalan que representan a sus miembros ante diversos organismos reguladores del Estado incluyendo entidades del sistema político local y del sistema regulatorio chileno, participando además en los Consejos de la Sociedad Civil del ISP, PROCHILE y de la Fiscalía Nacional Económica. Abogan por la generación de una estrategia nacional de medicamentos, que aborde la tenencia de medicamentos seguros y eficaces basada de manera importante en la producción local, la residencia sanitaria y el aseguramiento de abastecimiento. En ese escenario, estiman que la producción nacional es la primera línea de resiliencia ante quiebres de abastecimiento además de generar empleos y mano de obra calificada, así como también favorecer una sana competencia en el mercado local, mejorando su performance al competir con empresas extranjeras, cuyas decisiones no siempre se relacionan con el quehacer y necesidades locales. En este contexto, manifiestan que se ponen a disposición de la autoridad para apoyar técnicamente la evaluación y construcción de diversas iniciativas, políticas o acciones que favorezcan el acceso a medicamentos, pudiendo aportar información, apoyar la evaluación del impacto de la carga probatoria en decisiones de inversión y abastecimiento y participar activamente en conversatorios, consultas públicas y similares. Como preocupaciones de sus asociados, indican que enfrentan incertidumbre al no tener conocimiento claro de las intenciones regulatorias de la autoridad lo que complejiza la evaluación de inversiones a largo plazo, proponiendo se consideren calendarios normativos publicados con antelación suficiente consultas tempranas para evaluaciones previas y construcción de proyectos regulatorios así como la tenencia de criterios técnicos estables en el ejercicio regulatorio y tiempos de respuesta de la autoridad definidos y acordes a las necesidades sanitarias. También abogan por la creación de una política nacional de medicamentos, que entre varios, identifique tecnologías estratégicas que actúen como habilitadoras de innovación y contribuyan al fortalecimiento de la resiliencia del sistema. Dentro de lo anterior, desean hacer especial mención a la alerta sanitaria oncológica recientemente dictada por el MINSAL y como gremio ofrecen todo su apoyo técnico en sus medidas, ejecución y las evaluaciones y nuevos proyectos que se desarrollen. Finalmente, señalan que, como asociación, buscan integrarse activamente al ecosistema sanitario nacional y contribuir técnicamente a las evaluaciones y decisiones de política pública relacionadas con el abastecimiento de medicamentos. Se informa la existencia de la Agenda Regulatoria, que es un instrumento de planificación de actividades normativas de medicamentos, dispositivos médicos y productos cosméticos la cual se aprueba por la autoridad ministerial, se publica y establece un cronograma oficial bianual habitualmente que contribuye a la transparencia de las evaluaciones y actividades de regulación que planifica la autoridad. En ese sentido, se indica que la Agenda Regulatoria 20262028 está en construcción y que pueden hacer llegar sus propuestas o necesidades al MINSAL. Asimismo, y en tanto se formalice alguna instancia de conversación con los regulados, se informa que pueden hacer llegar sus propuestas en otros ámbitos de interés, tales como gestión de riesgos de desabastecimiento, desaparición de productos relevantes para la terapéutica nacional y medidas de resiliencia para enfrentar problemas de abastecimiento. Finalizando la sesión, manifiestan preocupación por la ocurrencia de graves problemas derivados de los retrasos en las autorizaciones del Instituto de Salud Pública, que han significado inclusive riesgos en para la continuidad de funcionamiento de algunos de sus asociados. |
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| Sujeto Pasivo | Claudia Papic | |||||
| Sujeto Pasivo | Sandra Gonzalez | |||||
| 2026-05-22 11:00:00-04 | AO001AW2153400 | Sujeto Pasivo | Luis Del Solar | Presentar a Laboratorios SAVAL su trayectoria áreas de desarrollo y principales líneas de trabajo con énfasis en exponer su visión sobre la importancia de fortalecer la eficiencia en la tramitación de permisos sanitarios destacando que ello permite mejorar el acceso oportuno a medicamentos para la ciudadanía y genera beneficios para el sistema de salud en su conjunto así como explorar oportunidades de colaboración que contribuyan a avanzar en esa dirección. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN Se realizan las debidas presentaciones de los asistentes a la reunión. La reunión se realiza en 3 secciones 1 Presentación Indican que Saval es una compañía farmacéutica chilena con 88 años de historia, presencia en diversos segmentos del mercado farmacéutico nacional y que exporta a 14 países de la región manteniendo operaciones productivas en Chile y en Costa Rica desde el año 2023, con líneas de manufactura de productos estériles oftálmicos, líquidos y sólidos. Recientemente adquirió la empresa farmacéutica local SanitasChemofarma, con una planta productiva local, que seguirá operando como su empresa filial con su capacidad productiva independiente y comercializando sus marcas propias. 2 Complejidades para cumplimiento de Norma BPM de Productos Farmacéuticos Estériles, recientemente aprobada La empresa señala que esta normativa incrementa las exigencias aplicables a la producción de medicamentos estériles y que, a su juicio, sus requisitos exceden aquellos exigidos por otras agencias regulatorias de la región, equiparándose a los estándares de la Comunidad Europea sin haber contemplado un período de transición adecuado para su implementación. Asimismo, indica que en el ámbito de los productos oftálmicos, dicha normativa tendría un impacto particularmente relevante para su empresa, por cuanto actualmente mantiene la única planta productiva local de este tipo de productos, mientras que otros actores del mercado abastecen dichos medicamentos mediante importación. Agrega que las agencias regulatorias de referencia en la región, tales como la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria ANVISABRASIL, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMACOLOMBIA y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios COFEPRISMEXICO no se encontrarían actualmente implementando requisitos equivalentes a los estándares europeos en materia de producción estéril. Además, señala que la implementación de esta normativa BPM requeriría modificaciones estructurales relevantes, incluyendo adecuaciones de infraestructura, equipamiento y procesos productivos. A ello se sumarían dificultades derivadas de las restricciones contempladas en el plan regulador aplicable, que limitan la realización de modificaciones y ampliaciones en sus actuales instalaciones. Atendiendo lo anterior, informa que la adecuación integral a la nueva normativa implica la construcción de una nueva planta productiva, estimando para ello un plazo de entre 10 y 15 años. En dicho contexto, solicitan la conformación de mesas de trabajo destinadas a evaluar la implementación e impactos de esta normativa y manifiestan su disposición a remitir antecedentes e informes relativos al impacto que su aplicación tendría para la empresa. Se indica que es viable realizar una presentación al MINSAL para reevaluar la aplicabilidad y plazos de la normativa en comento, a la luz de los antecedentes que pudiesen entregar y las ideas matrices de su emisión. 3 Plazos para la revisión de solicitudes de registro sanitario Consultan si, desde la perspectiva del Ministerio de Salud, se ha tomado conocimiento de los grandes retrasos en los procesos de evaluación y otorgamiento de registros sanitarios que mantiene el Instituto de Salud Pública, los cuales, a su juicio, generan impactos negativos relevantes en materia de acceso a medicamentos, competencia y gasto de bolsillo de la población. Asimismo, informan que, a través de la Asociación Industrial de Laboratorios Farmacéuticos ASILFA, de la cual forman parte, se han planteado preocupaciones y observaciones similares relacionadas con esta situación encontrándose actualmente en elaboración un informe relativo al impacto que dichos retrasos generarían, especialmente en materia de acceso y precios de medicamentos, los que superarían con creces cualquier gasto que pudiese realizarse para el fortalecimiento y mejoramiento de la gestión y reducción de plazos de tramitación de la autoridad reguladora. Se informa que se está en conocimiento de la materia y que ISP esta realizando los esfuerzos del caso. Con todo, se indica que por la vía de una presentación puede hacerse llegar los antecedentes y estudios antes indicados, para su análisis. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Corral | |||||
| Sujeto Pasivo | Nicolás Donoso Serrano | |||||
| 2026-05-08 12:00:00-04 | AO001AW2117429 | Sujeto Pasivo | Eduardo Castillo García | El objetivo de la reunión es presentar a la ministra Chomalí el trabajo que GS1 Chile ha impulsado en el país en materia de estándares globales para la identificación y trazabilidad en el sector salud particularmente en la cadena de suministro de medicamentos y dispositivos médicos. Buscamos compartir experiencias del trabajo realizado junto a instituciones públicas y privadas del ecosistema sanitario y analizar posibles espacios de colaboración que contribuyan a fortalecer la trazabilidad la interoperabilidad de la información y la transparencia en la gestión de insumos y medicamentos con foco en la seguridad del paciente y la eficiencia del sistema de salud. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Realiza presentación de su empresa e informa intención de invitar a la Sra. Ministra de Salud a un evento nacional que organiza de manera anual y que en versiones anteriores ha contado con la presencia de autoridades del sector salud; respecto de lo cual se informa que para solicitar la presencia de autoridades a un evento, se requiere invitación formal ingresada por Oficina de Partes. Asimismo, se le indica que, en caso de requerir auspicio y patrocinio para el evento, cualquiera de éstos también se deberá requerir formalmente, empleando los formularios disponibles en la web minsal. |
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| Sujeto Pasivo | Paz Arrese | |||||
| Sujeto Pasivo | Patricia Espinosa | |||||
| Sujeto Pasivo | Angela Caroca Rivera | |||||
| 2026-05-08 11:00:00-04 | AO001AW2145273 | Sujeto Pasivo | José Cárdenas | Solicito una audiencia de no más de 10 minutos para exponer las dificultades enfrentadas en el proceso de registro sanitario de semaglutida genérica pese a cumplir plenamente los requisitos de homologación conforme a agencias de alta vigilancia. A pesar de la evidencia internacional uniforme que sostiene la aprobación del medicamento el proceso en Chile continúa sin resolverse lo que en la práctica ha permitido mantener un monopolio injustificado de semaglutida en el mercado nacional. Esta situación retrasa el ingreso de alternativas más accesibles limita la competencia y afecta políticas públicas clave para el manejo de obesidad y diabetes. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Informa que ingresó al Instituto de Salud Pública solicitudes de registro sanitario de sus productos asociados al principio activo Semaglutida bajo el procedimiento simplificado, ello atendiendo a que se trata de una molécula peptídica “similar” a otro producto ya registrado previamente, siendo rechazadas por el Instituto de Salud Pública. Adiciona, que desde la autoridad sanitaria se les informó que las referidas solicitudes debían ser ingresadas bajo el procedimiento de registro ordinario atendiendo la diversidad de origen/proceso productivo del principio activo del producto ya registrado versus el que se pretende su autorización; ingreso que habrían realizado durante los primeros días del mes de mayo. Indica que varias agencias regulatorias de referencia, como la FDA/USA mantienen guías específicas para productos genéricos de este tipo de moléculas y promueven su aprobación para mejorar el acceso a medicamentos que a la fecha mantienen un costo considerable. Sobre el particular y estando el ámbito del registro sanitario bajo las competencias del ISP, se indica que a la fecha se ha aclarado la ruta de aprobación regulatoria para el registro sanitario de los productos bajo revisión y que se tendrá que ir avanzando en los procesos con la autoridad reguladora para irla evaluando. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Hubner | |||||
| 2026-05-08 10:00:00-04 | AO001AW2132508 | Sujeto Pasivo | Sergio Rojas Barahona | Dificultades de acceso a plataforma de recetas del Minsal con alcances en receta electronica TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: FARMACIA CRUZ VERDE SPA, valorar los avances de implementación del sistema nacional de receta electrónica (SNRE) en aspectos claves como trazabilidad y seguridad. Sin embargo, se observan oportunidades de mejora o brechas de implementación, que pasan a detallar: 1. Vinculación de Químicos Farmacéuticos a Establecimientos de expendio: La dispensación a través del SNRE requiere vinculación del QF a un establecimiento, entonces se requieren dos requerimientos, por una parte, la habilitación legal, y además la vinculación con el establecimiento. Esto representa un problema debido a que el trámite de asume de funciones no es automático por lo que involucra tiempos en los que se restringe la dispensación. 2. Seguridad tecnológica. Anteriormente en FARMACIA CRUZ VERDE SPA todas las interacciones se hace desde una IP institucional. Este aspecto provocó problemas operativos para acceder al sistema de autentificación de Clave Única. Este asunto estaría resuelto, pero existen preocupación para que no se repitan las interrupciones. 3. Oportunidad en la creación de establecimientos farmacéuticos de expendio de medicamentos en los sistemas electrónicos: Los locales nuevos aun cuando tengan autorización sanitaria vigente, no se disponibilizan inmediatamente en las plataformas electrónicas por lo que se enlentece la operación. Respecto a los puntos expuestos DIPOL responde: La Vinculación de Químicos Farmacéuticos a Establecimientos de expendio, será subsanada en un despliegue evolutivo del SNRE que se realzará el 12 de mayo, lo que permitirá que cada director técnico pueda asignar roles en cada farmacia. Se informa que el paso a producción provocara una intermitencia al SNRE entre las 09:30 y las 15:00 hrs. Respecto a la seguridad tecnológica, se informa que el SNRE se encuentra constantemente evaluado y corregido según las incidencias detectadas, en este sentido se ha mejorado la estabilidad del sistema al transferir el funcionamiento en servidores en la nube. Respecto al tema de la oportunidad en la creación de establecimientos farmacéuticos de expendio de medicamentos en los sistemas electrónicos, se define que el problema se limita a la Region Metropolitana debido a que los sistemas electrónicos del ISP no se encuentran interoperando con los sistemas que ocupan las seremis. Sin embargo, se comenta que se esta trabajando en que el ISP interopere lo que debería reducir los tiempos. FARMACIA CRUZ VERDE SPA pregunta por el canal de comunicación oficial para temas del SNRE Se comunica que el canal sigue siendo el mismo, pero se proyecta que se requiere una mesa de ayuda, en la medida que el sistema se vaya masificando. FARMACIA CRUZ VERDE SPA pregunta si la interoperabilidad se plantea iniciar desde la prescripción o la dispensación de medicamentos Se responde que la interoperabilidad será en ambos procesos tanto en la prescripción como en la dispensación. FARMACIA CRUZ VERDE SPA pregunta por el avance del proyecto de libro electrónico. Se responde que el proyecto de libro electrónico se encuentra en desarrollo y que se evalúa que la incorporación del libro electrónico interoperable con el SNRE. FARMACIA CRUZ VERDE SPA plantea la disposición para hacer pilotos tanto en el proceso de interoperabilidad del SNRE como el de libro electrónico. |
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| Sujeto Pasivo | María Martínez | |||||
| Sujeto Pasivo | Sebastián Jérez | |||||
| Sujeto Pasivo | Tomás Medina | |||||
| 2026-04-30 11:00:00-04 | AO001AW2117987 | Sujeto Pasivo | Sofía Ceresuela | La situación regulatoria actual en Chile respecto a nutracéuticos y alimentos con propiedades funcionales. Cómo se articulan o diferencian estas categorías respecto de los productos farmacéuticos. Principales desafíos regulatorios o institucionales que enfrenta el país en este ámbito. Tendencias o discusiones recientes en torno al desarrollo de productos que se sitúan entre alimentación y salud. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizan las presentaciones respectivas entre los asistentes, por parte MINSAL asiste Jefatura Depto. de Farmacia y Profesional del Depto. de Alimentos y Nutrición. Sofia de la Universidad Católica, presentó su proyecto de un alimento funcional basado en mieles nativas chilenas para pacientes oncológicos con mucositis oral. Preguntando sobre la clasificación regulatoria más apropiada entre alimento funcional, producto terapéutico o dispositivo terapéutico . Desde MINSAL, se explicó que la clasificación depende de la composición y finalidad del producto, indicando que en Chile no existe el concepto de "alimento funcional" y que los productos se clasifican como medicamentos naturales o suplementos alimentarios con finalidades específicas, también se señaló que bajo la regulación chilena actual no existe la categoría de "nutracéutico" o producto intermedio entre alimentos y medicamentos, por lo que el producto debe clasificarse como alimento o medicamento dependiendo de sus componentes y propiedades terapéuticas. También se comentó sobre que la legislación actual en Chile define solo dos categorías: alimentos o medicamentos, sin una categoría intermedia, lo que crea desafíos para regular productos nutracéuticos, se le sugiere para seguir su investigación de proyecto leer el decreto 3 sobre productos farmacéuticos para entender mejor los requisitos actuales. Desde MINSAL se recomienda a Sofía someta su producto al Instituto de Salud Pública para un control sanitario y obtener una clasificación oficial a través de una resolución. También discutieron ejemplos de productos no regulatorios en el mercado chileno y mencionaron que actualmente están en análisis la posibilidad de crear una categoría intermedia, aunque no hay definiciones definitivas aún. |
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| 2026-04-30 10:00:00-04 | AO001AW2128986 | Sujeto Pasivo | Eva Chong | Funcionamiento Receta Electrónica Minsal Se esperan los 15 minutos para la conexión de los asistente, no presentándose ninguno se da por finalizado. |
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| 2026-04-24 12:00:00-04 | AO001AW2117964 | Sujeto Pasivo | FRANCISCO JAVIER VARGAS FRICK | ANÁLISIS Y MESA DE TRABAJO DECRETO 4 CIRCULAR A 1546 Y SALA DE PROCEDIMIENTO DE VICIOS DE REFRACCIÓN GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE OFICIOS COMISIÓN DE SALUD DEL SENADO CONTINUIDAD. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se inicia con las presentaciones (generales considerando que ya se han realizado lobbies anteriores con el mismo equipo). Al inicio de la reunión se informó que esta se desarrollaría en el marco de la Ley de Lobby, con una duración acotada a 30 minutos. Los representantes del sector óptico señalaron la necesidad de conocer el estado de avance de tres materias regulatorias previamente abordadas: 1. La actualización de la circular A15 N°46. 2. La regulación de salas de procedimientos asociadas a vicios de refracción y contactología. 3. El avance del nuevo reglamento de óptica. Asimismo, manifestaron preocupación por la falta de uniformidad en la aplicación de criterios por parte de las SEREMI de Salud, indicando que esta situación estaría generando efectos relevantes, tales como el aumento del comercio ilícito, participación irregular en licitaciones públicas y potencial vinculación con actividades delictivas organizadas. Desde el Ministerio de Salud se informó que la actualización de la circular A15 N°46 se encuentra en etapa final de tramitación, habiendo ingresado a proceso de firma de la Subsecretaría de Salud Pública. Se indicó que este instrumento permitirá entregar claridad regulatoria en el corto plazo, anticipando criterios interpretativos mientras se completa la modificación reglamentaria correspondiente. Respecto del reglamento de óptica (Decreto N°4), se señaló que su modificación se encuentra priorizada, en parte por su vinculación con la agenda de permisos sectoriales, por lo que también se proyecta su pronta dictación, pese a retrasos asociados al cambio de administración, debería estar listo en septiembre. En relación con la modificación del Libro V del Código Sanitario, se precisó que su tramitación legislativa continúa en primer trámite constitucional, sin urgencia asignada, por lo que su avance será necesariamente más lento y no condiciona las modificaciones reglamentarias actualmente en curso. Se aclaró expresamente que la modificación del reglamento de óptica no requiere de la aprobación previa de la reforma al Libro V, permitiendo avanzar de manera independiente en ajustes normativos necesarios. En cuanto al contenido de la nueva circular, se indicó que mantiene los lineamientos previamente discutidos, incluyendo: definición de responsables técnicos en establecimientos de óptica, regulación de salas de procedimientos y su uso, reconocimiento de que la sala de procedimientos puede ser utilizada para contactología, siempre que exista uso diferenciado y condiciones adecuadas para la seguridad del paciente y reafirmación de que las salas de venta deben estar vinculadas a establecimientos de óptica con autorización sanitaria. Se destacó que la interpretación normativa se basa en la naturaleza del procedimiento, estableciendo que ciertas exigencias (como camilla o posición en decúbito) no resultan aplicables cuando no son clínicamente necesarias. Adicionalmente, se informó que se encuentra en desarrollo una pauta de fiscalización actualizada, alineada con la circular y con recientes modificaciones del manual de fiscalización de la División Jurídica, con el objetivo de uniformar criterios a nivel nacional. Como medida complementaria, el Ministerio presentó la habilitación de un repositorio público en datos.gob.cl, que contiene información georreferenciada de establecimientos de óptica con autorización sanitaria vigente. Esta herramienta permite identificar establecimientos regulados, facilitando la fiscalización, la transparencia y la toma de decisiones por parte de la ciudadanía. Se señaló que estos datos son públicos, descargables y actualizables mediante retroalimentación. Los representantes del sector valoraron esta iniciativa, destacando su utilidad para visibilizar establecimientos formales y contribuir al control del mercado informal. No obstante, reiteraron su preocupación respecto de establecimientos no autorizados, los cuales no forman parte del registro y continúan operando, en algunos casos con patentes municipales. Finalmente, se abordaron aspectos operativos relativos a la implementación normativa, incluyendo criterios sobre uso de espacios clínicos, eliminación de exigencias desproporcionadas y coherencia entre regulación y práctica profesional. |
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| Sujeto Pasivo | Ingrid Espinoza | |||||
| 2026-04-24 11:00:00-04 | AO001AW2111258 | Sujeto Pasivo | Geraldine Azócar | Seremi de salud En primer lugar requerimos aclaración respecto de la aplicación de las normas técnicas básicas para pabellones de cirugía menor en particular en relación con lo establecido en los Decretos Supremos N283 y N58 y su aplicación en los procesos de autorización sanitaria de estos recintos. Específicamente solicitamos orientación sobre los requisitos de infraestructura tales como superficie mínima en metros cuadrados del pabellón de cirugía menor dependencias asociadas circulación de pacientes y personal así como los criterios técnicos utilizados en las pautas de chequeo aplicadas por la autoridad sanitaria durante los procesos de fiscalización y autorización. En segundo lugar solicitamos orientación normativa respecto de los requisitos técnicos y documentales exigidos para la autorización sanitaria de centros de rehabilitación de alcohol y drogas particularmente en lo relativo a los manuales y documentos programáticos tales como el programa integral de tratamiento y rehabilitación marco conceptual y planes individuales de tratamiento y seguimiento. En este sentido solicitamos conocer qué normativa decretos guías técnicas o documentos oficiales del Ministerio de Salud regulan el contenido mínimo de estos manuales así como la existencia de pautas o lineamientos técnicos que orienten su elaboración con el fin de asegurar que los documentos presentados cumplan adecuadamente con los criterios exigidos por la autoridad sanitaria. El objetivo de esta audiencia es clarificar los criterios técnicos y normativos aplicables para asegurar el correcto cumplimiento de la normativa sanitaria vigente en los procesos de autorización de establecimientos de salud. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Reunión Ley de Lobby solicitada por Geraldine Azocar Reyes y María José Flores Carreño, en la cual se abordan consultas relacionadas con criterios normativos aplicables a procesos de autorización sanitaria de prestadores de salud. Las solicitantes plantean dudas respecto de la aplicación del Decreto N° 283 y del Decreto N° 58 en pabellones de cirugía menor, especialmente en relación con la ubicación de baños, vestidores y recintos generales. Por parte del nivel ministerial, se informa que ambos cuerpos normativos se encuentran vigentes y son complementarios. Asimismo, se orienta que la normativa no establece una ubicación específica del baño dentro del pabellón, sino que este debe encontrarse disponible y accesible para los pacientes, sin ubicarse dentro del área quirúrgica. Adicionalmente, se abordan consultas generales sobre laboratorio clínico, centros de tratamiento y rehabilitación, y salas de endoscopía y colonoscopía. Se recomienda canalizar dichas consultas por escrito, a través de los mecanismos formales correspondientes, para su revisión por los equipos técnicos competentes |
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| 2026-04-24 10:00:00-04 | AO001AW2105024 | Sujeto Pasivo | Agustin Alonso Ortiz Estay | Con fecha 31 de marzo de 2025 se ingreso por Oficina de Partes un Escrito solicitando las directrices para poder optar a administrar Anestesia General en Pabellones de Cirugia Menor en los terminos allí mencionados. A la fecha no se ha tenido respuesta de la solciitud impactando en las prestaciones a pacientes con Necesidades Especiales que requieren apoyo anestésico para ejecutar las prestaciones de forma segura. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizan las presentaciones de los asistentes a la reunión: En este espacio, los solicitantes comentan la necesidad de contar con apoyo anestésico en determinadas prestaciones oftalmológicas, especialmente en pacientes con necesidades especiales, niños, personas mayores u otros usuarios que, por sus condiciones clínicas o de manejo, requieren anestesia general para ejecutar los procedimientos de manera segura. Asimismo, señalan que ingresaron una consulta por Oficina de Partes con fecha 31 de marzo de 2025, mediante la cual solicitan directrices para optar a la administración de anestesia general en pabellones de cirugía menor oftalmológica. Por nuestra parte, se informa que, como nivel ministerial, no corresponde resolver situaciones particulares mediante excepciones administrativas por fuera del marco normativo vigente. En este sentido, se señala que la materia está siendo revisada en el contexto de la modificación reglamentaria del Decreto N° 283, por lo que se solicita considerar los tiempos propios de dicho proceso regulatorio para su eventual implementación en establecimientos o recintos asistenciales. Finalmente, los solicitantes reiteran la necesidad de obtener una respuesta formal al escrito ingresado el 31 de marzo de 2025. Al respecto, el nivel ministerial compromete revisar la trazabilidad de dicha presentación y gestionar, según corresponda, una respuesta institucional. |
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| Sujeto Pasivo | Daniel Hammer | |||||
| 2026-04-23 10:00:00-04 | AO001AW2084799 | Sujeto Pasivo | MARCELA ULLOA | Los temas que queremos abordar en la audiencia es sobre TRÁMITE 2508468592 en donde la Fiscalizadora Dayana Smith de la seremi de salud del bio bio indica vía bitácora lo siguiente abre comillas En cuanto a los procedimientos de lipoaspiración informo los siguientes lineamientos Minsal relacionados en área estética Mini Extracción Lipídica Ambulatoria Este procedimiento se podrá realizar en el pabellón de cirugía menor siempre y cuando se realice con anestesia local yo sedación consciente se utilice una cánula menor a 2 mm sin bomba de succión sólo en tejido adiposo subdérmico Sin pasar el tejido subcutáneo la extracción debe ser de 500 CC máximo con una pérdida de volemia menor al 10 porciento cierre de comillas. Por lo que nos gustaria abordar en relación a lo anterior en qué parte está escrito norma reglamento circular u ordinario u oficio del MINSAL sobre estas materias como también sobre el uso de bomba de aspiración sobre las máquinas de lipoaspiración láser en los requerimientos de Pabellón de Cirugía menor ambulatoria para prestadores privados. Como también sobre lo promulgado por la corte suprema sobre las sobre exigencias de la seremi caso publicado en el diario constitucional el 02 de febrero del presente año. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realiza la presentación de los asistentes. Al inicio, Carla Oliveri, jefa (s) del Depto. de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas, Prestadores de Salud y Medicinas Complementarias, deja constancia de que se trataba de una reunión de lobby, acotada a 30 minutos, destinada a escuchar planteamientos y efectuar las respuestas que fuese posible entregar en esa instancia. La representante de la empresa Quevedo y Ulloa estética limitada, señaló que solicitó la reunión con el objeto de obtener una aclaración regulatoria respecto de criterios aplicados en un proceso de autorización sanitaria para un pabellón de cirugía menor vinculado a prestaciones estéticas. Expuso que, según su planteamiento, existiría un correo electrónico enviado a las SEREMI de Salud con orientaciones relativas al uso de bomba de aspiración, equipo de lipoláser y a la autorización de la mini extracción lipídica ambulatoria (MELA), sin que, a su juicio, exista un acto administrativo formal que establezca expresamente tales criterios. Asimismo, indicó que en el trámite de autorización sanitaria de su representada se habría consignado que, para ese tipo de procedimientos, sólo correspondería autorizar MELA en pabellón de cirugía menor, bajo ciertos parámetros técnicos. La Sra. Riquelme manifestó su discrepancia con dicho entendimiento, señalando que no existiría un documento formal que prohíba en términos generales el uso de lipoláser en este tipo de establecimientos, y consultó por qué, según su percepción, otros recintos habrían sido autorizados con ese equipamiento. Del mismo modo, expresó inquietud respecto de una eventual falta de uniformidad de criterios entre distintas SEREMI de Salud y respecto de la suficiencia del respaldo normativo aplicado en el caso concreto. Durante la reunión, también hizo referencia a la dificultad para acceder a una respuesta previa emitida por OIRS y a observaciones efectuadas durante la tramitación del expediente administrativo. Por parte del Ministerio de Salud se indicó que sí existía una respuesta previa canalizada por OIRS, emitida el 5 de marzo de 2026, y se orientó a la compareciente sobre la forma de acceder a ella a través de la plataforma correspondiente o, en su defecto, mediante contacto con oficina de partes. Asimismo, se explicó que el Ministerio no cuenta con una regulación que enumere una a unas prestaciones específicas permitidas o prohibidas, sino que el análisis regulatorio se realiza en función del riesgo sanitario asociado al procedimiento, su carácter invasivo o no invasivo, y la determinación del tipo de establecimiento o recinto que corresponde autorizar conforme al marco normativo vigente, particularmente el Decreto N°283/1997 y demás normas generales aplicables. Se precisó que la diferenciación no depende del carácter estético o no estético del procedimiento, sino del nivel de riesgo que involucra. En esa misma línea, se señaló que las observaciones formuladas por la autoridad sanitaria no debían interpretarse como una prohibición general del uso de lipoláser, sino como parte del análisis técnico de qué prestaciones y bajo qué condiciones podían quedar comprendidas en la autorización sanitaria solicitada. También se explicó que la autoridad territorial cuenta con facultades para evaluar los antecedentes presentados, revisar manuales de procedimiento e instrumental declarado, y adoptar decisiones en función de la protección de la población frente al riesgo sanitario. Se añadió que, de acuerdo con la revisión efectuada durante la reunión, la resolución comentada no contendría una prohibición expresa del uso del láser, sino una delimitación respecto de la bomba de aspiración y de la forma en que quedó descrita la prestación autorizada. Posteriormente, la profesional del Ministerio hizo presente que, si la interesada estimaba necesario que la resolución sanitaria explicitara de forma más precisa la prestación o el equipamiento asociado, correspondía ingresar un nuevo trámite para solicitar la modificación de la autorización sanitaria, a fin de incorporar de manera expresa el uso del equipamiento respectivo. En el intercambio también se abordó que, de la revisión de antecedentes, podría existir además una inconsistencia en la individualización de la razón social acompañada al expediente, pues en ciertos documentos figuraría “Quevedo y Ulloa Estética Limitada” y en otros “Quevedo y Ulloa Estética SpA”, aspecto que se sugirió revisar. Finalmente, se reitera que la vía idónea para corregir o precisar el contenido de una resolución sanitaria no era la reunión de lobby ni OIRS, sino el ingreso formal de la solicitud administrativa pertinente ante la SEREMI competente. Asimismo, se recomendó revisar la respuesta ya emitida por OIRS y, de persistir imposibilidad de acceso, gestionarla a través de oficina de partes. Con ello, se dio por concluida la reunión, dejándose constancia de que el objeto principal fue exponer y aclarar el marco de análisis regulatorio aplicable a la autorización sanitaria consultada y orientar sobre los canales administrativos procedentes para solicitar la modificación o precisión del acto respectivo. |
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| Sujeto Pasivo | SARA QUEVEDO CASTILLO | |||||
| Sujeto Pasivo | Anyela Riquelme | |||||
| 2026-04-17 12:00:00-04 | AO001AW2104398 | Sujeto Pasivo | Ivan Batanero | Estimada Sra Vannesa Junto con saludarle cordialmente me permito presentarme. Mi nombre es Greicy Pérez Gerente Comercial Internacional de Advance Scientific Group ASG. El motivo de la presente solicitud es conocer y comprender en mayor detalle el proceso vigente para la autorización de importaciones de medicamentos al amparo del Artículo 99 así como los criterios que se consideran para su aplicación en los distintos escenarios de abastecimiento. Me sugirieron que era con su área. Como ASG contamos actualmente con Tiotepa de 15 y 100 mg. una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. No obstante hemos observado que en algunos casos se continúan autorizando importaciones bajo Artículo 99 e incluso procesos de compra o licitación que contemplan simultáneamente ambas alternativas situación respecto de la cual nos gustaría contar con mayor claridad ya que no hemos declarado desabastecimiento. Nuestro interés es comprender el marco de aplicación del Artículo 99 de manera de alinear adecuadamente nuestras estrategias y cumplimiento regulatorio contribuyendo a un acceso oportuno seguro y eficiente para los pacientes en coherencia con los principios del sistema sanitario chileno. Me encontrare en Chile del 23 al 27 de Marzo. Agradecería si es posible que podamos sostener una reunión en el horario que ud considere. Cordialmente Greicy Pérez ASG TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizan las presentaciones de los asistentes a la reunión. Se indica que “Advance Scientific fue creada en Colombia hace 20 años y mantiene presencia en Chile hace 5 años, distribuyendo medicamentos hemato-oncológicos y otros productos de diagnóstico y tratamiento en salud pública, estando contratados en este último caso para abastecer a CENABAST. En ese contexto, se señala que su empresa es titular del producto “Tiotepa de 15 y 100 mg”, correspondiente a una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. Se manifiesta que la reunión se solicitó para verificar las razones por las que ISP sigue otorgando autorizaciones “vía Art 99” para productos similares que importan otros proveedores. A ese respecto, se informa que ISP es una entidad autónoma en sus definiciones y que las razones puntuales respecto de sus autorizaciones deben ser requeridas directamente a la misma entidad, por los canales disponibles (p.e. OIRS). Con todo, se informa que las autorizaciones otorgadas al amparo del artículo 99 del Código Sanitario se basan en condiciones de desabastecimiento o inaccesibilidad del producto que se trate, las que se deben acreditar de manera previa a la autorización provisional. |
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| Sujeto Pasivo | GREICY CAROLINA PEREZ PEREZ | |||||
| 2026-04-17 12:00:00-04 | AO001AW2104398 | Sujeto Pasivo | Ivan Batanero | Estimada Sra Vannesa Junto con saludarle cordialmente me permito presentarme. Mi nombre es Greicy Pérez Gerente Comercial Internacional de Advance Scientific Group ASG. El motivo de la presente solicitud es conocer y comprender en mayor detalle el proceso vigente para la autorización de importaciones de medicamentos al amparo del Artículo 99 así como los criterios que se consideran para su aplicación en los distintos escenarios de abastecimiento. Me sugirieron que era con su área. Como ASG contamos actualmente con Tiotepa de 15 y 100 mg. una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. No obstante hemos observado que en algunos casos se continúan autorizando importaciones bajo Artículo 99 e incluso procesos de compra o licitación que contemplan simultáneamente ambas alternativas situación respecto de la cual nos gustaría contar con mayor claridad ya que no hemos declarado desabastecimiento. Nuestro interés es comprender el marco de aplicación del Artículo 99 de manera de alinear adecuadamente nuestras estrategias y cumplimiento regulatorio contribuyendo a un acceso oportuno seguro y eficiente para los pacientes en coherencia con los principios del sistema sanitario chileno. Me encontrare en Chile del 23 al 27 de Marzo. Agradecería si es posible que podamos sostener una reunión en el horario que ud considere. Cordialmente Greicy Pérez ASG TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizan las presentaciones de los asistentes a la reunión. Se indica que “Advance Scientific fue creada en Colombia hace 20 años y mantiene presencia en Chile hace 5 años, distribuyendo medicamentos hemato-oncológicos y otros productos de diagnóstico y tratamiento en salud pública, estando contratados en este último caso para abastecer a CENABAST. En ese contexto, se señala que su empresa es titular del producto “Tiotepa de 15 y 100 mg”, correspondiente a una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. Se manifiesta que la reunión se solicitó para verificar las razones por las que ISP sigue otorgando autorizaciones “vía Art 99” para productos similares que importan otros proveedores. A ese respecto, se informa que ISP es una entidad autónoma en sus definiciones y que las razones puntuales respecto de sus autorizaciones deben ser requeridas directamente a la misma entidad, por los canales disponibles (p.e. OIRS). Con todo, se informa que las autorizaciones otorgadas al amparo del artículo 99 del Código Sanitario se basan en condiciones de desabastecimiento o inaccesibilidad del producto que se trate, las que se deben acreditar de manera previa a la autorización provisional. |
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| Sujeto Pasivo | GREICY CAROLINA PEREZ PEREZ | |||||
| 2026-04-17 11:00:00-04 | AO001AW2099606 | Sujeto Pasivo | Julio Jiménez | Consulta publica. Propuesta de actualización Norma técnica 170 sobre el registro sanitario de productos biotecnológicos biosimilares. Carta enviada al MINSAL para extender el plazo de la consulta TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizan las presentaciones de los asistentes a la reunión. La temática por la que se requirió la sesión de lobby era por la extensión de la consulta pública de la actualización de la Norma Técnica N° 170, la cual fue concedida ampliando el plazo en 30 días adicionales, es decir, hasta el 11.04.2026. En el contexto anterior, ASILFA informa que sus observaciones fueron remitidas al ISP/Minsal dentro del nuevo plazo ampliado y que versan sobre aspectos procedimentales asociados al debido proceso de desarrollo de la propuesta de actualización y algunos comentarios relacionados a las disposiciones técnicas del proyecto, haciendo presente que se requiere mejor precisión en varias temáticas claves. Además, resalta la necesidad de realizar mesas de trabajo previas con la industria e ISP/MINSAL, para que las normas que se propongan y se lleven a consulta pública sean fruto de un trabajo conjunto y puedan visualizarse de previo aspectos asociados a los plazos de vacancia legal, guías de implementación que se requerirán y aplicabilidad de las nuevas normativas sobre autorizaciones previas ya emitidas. |
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| Sujeto Pasivo | Patricio Huenchuñir | |||||
| 2026-01-23 09:30:00-03 | AO001AW2062296 | Sujeto Pasivo | Guillermo ORTIZ | Sra. Andrea Albagli Iruretagoyena Subsecretaria de Salud Pública Ministerio de Salud De nuestra mayor consideración nos dirigimos a usted en su calidad de máxima autoridad de la Subsecretaría de Salud Pública para exponer una grave irregularidad que está afectando nuestro derecho al trabajo y desarrollo profesional y para solicitar su intervención directa. Desde hace hace casi un año la SEREMI de Salud de la Región del Maule ha obstaculizado de manera sistemática la obtención de la autorización sanitaria para el funcionamiento de nuestro centro médico y estético Centro Medico Mirador ubicado en Calle 6 oriente N30. El argumento utilizado para la negativa se basa en un supuesto catálogo de prestaciones que según indican impediría al personal de enfermería realizar procedimientos estéticos. Hemos demostrado fehacientemente a la autoridad regional mediante un comunicado oficial de la Sociedad Chilena de Enfermería Estética SOCHIENE que dicho catálogo no es válido no se encuentra vigente y carece de respaldo normativo. A pesar de la evidencia presentada la SEREMI regional persiste en su postura generando cuantiosos perjuicios económicos que ponen en riesgo nuestro proyecto y fuente laboral tras una fuerte inversión en instalaciones equipos e insumos que se encuentran sin uso. Habiendo agotado las vías de diálogo a nivel regional sin obtener una solución apegada a la normativa vigente nos vemos en la obligación de recurrir a su autoridad para solicitar una audiencia y abordar las siguientes materias TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Representantes de Centro Médico Mirador exponen situación relacionada a la Autorización Sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud de la región del Maule, con fecha 14 de enero 2026, para la instalación y funcionamiento de centro médico, sin facultad para realizar procedimientos invasivos con fines estéticos por parte de profesional de enfermería. Al respecto, durante el desarrollo de la reunión se abordan las materias normativas de la reglamentación pertinente a la materia, D.S.283/1997 MINSAL y DFL 725/1967 Código Sanitario título V. Como acuerdo se solicita a los representantes del Centro Médico, ingresar vía OIRS los antecedentes relacionados al trámite, con el fin de realizar la revisión de estos y emitir una respuesta formal desde MINSAL. |
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| Sujeto Pasivo | Francisca Garrido | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| 2026-01-16 10:00:00-03 | AO001AW2042682 | Sujeto Pasivo | Sylvia Loyola | Objetar primera fiscalización de la Seremi de Salud realizada a la Corporación de Ayuda al Paciente Mental con fecha 20 de agosto Acta :0371201 , resolución: 10/10/2025 / 25137805. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se realizó reunión de lobby entre representantes del Ministerio de Salud y representantes de la Corporación de ayuda a pacientes con patologías de salud mental (CORPAM). La reunión tuvo por objeto exponer la situación administrativa y sanitaria que afecta a la Corporación, particularmente en relación con procesos sancionatorios en curso, sumarios administrativos y medidas instruidas por la autoridad sanitaria, incluyendo la reubicación de personas internadas y la suspensión de determinadas prestaciones. Los representantes de la Corporación señalaron que la institución cuenta con una trayectoria de más de 40 años en la atención de personas con patologías de salud mental, principalmente en modalidad de internación, y manifestaron dificultades prácticas para dar cumplimiento inmediato a la reubicación de los pacientes, considerando la limitada oferta de establecimientos disponibles y las condiciones socioeconómicas de las familias. Asimismo, indicaron que se encuentran ejecutando acciones correctivas respecto de observaciones formuladas por la autoridad sanitaria, tales como adecuaciones de infraestructura y regularización de personal. Desde el Ministerio de Salud se explicó el marco normativo aplicable a la autorización sanitaria vigente de la Corporación, precisando que esta se rige por la normativa correspondiente a clínicas psiquiátricas (Decreto Supremo N°570 del 1998, que aprueba el "Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan") y que la atención ambulatoria constituye un giro distinto que requiere autorizaciones específicas conforme a la regulación vigente. Se señaló que las fiscalizaciones y medidas instruidas se fundamentan en el cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable y no en decisiones discrecionales del fiscalizador. Con lo anterior se informó que el DSN570 se ha derogado por el DSN°9, el cual se comparte por chat. Asimismo, se indicó la necesidad de que la Corporación defina con claridad el modelo de funcionamiento que pretende desarrollar, informando oportunamente a la autoridad sanitaria cualquier modificación de giro o prestación, a fin de evitar la reiteración de procesos sancionatorios. Se mencionaron, de manera referencial, posibles alternativas de gestión con el servicio de salud correspondiente, tales como explorar modalidades de residencia en convenio con el sistema público, lo que escapa al ámbito regulatorio directo del Ministerio de Salud. Finalmente, se informó sobre las vías administrativas disponibles respecto de las sanciones aplicadas, incluyendo la interposición de recursos y los procedimientos de cobro correspondientes. La reunión finalizó dejando constancia de las orientaciones entregadas y de la posibilidad de realizar nuevas instancias de lobby para seguimiento del tema. |
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| Sujeto Pasivo | Jorge Eduardo Urrutia Rodríguez | |||||
| 2023-10-26 09:00:00-03 | AO001AW1405843 | Sujeto Pasivo | RICHARD NEVARES | Presentar inquietud sobre la implementación del proyecto de Plataforma de Receta Electrónica y sus efectos en la población que utiliza receta cheque. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Grünenthal planteó dudas sobre las Farmacias Comunitarias, y se brindó una explicación detallada, resaltando que estas incluyen farmacias de cadena, farmacias independientes y farmacias populares. Se abordó el tema de la integración de sistemas informáticos externos con el sistema oficial del Ministerio de Salud. Se informó que actualmente se está trabajando en pilotos de la Receta Electrónica en colaboración con diversos servicios de salud. Para el próximo año, se tiene la intención de definir las características específicas del sistema, considerando aspectos como el manejo de arsenales y la necesidad de que esta receta solo se dispense en establecimientos autorizados. También se busca ampliar su implementación en recintos asistenciales privados. Se discutió el estado avanzado del Libro Electrónico, aunque se aclaró que, en un principio, no interoperará con la Receta Electrónica. Sin embargo, se prevé que a largo plazo permitirá un seguimiento completo de los medicamentos controlados. En cuanto a la Receta Cheque, Grünenthal preguntó sobre la posibilidad de una aplicación movil para que los médicos prescriban medicamentos controlados. DIPOL respondió que, en este momento, la prioridad es la creación de una aplicación movil para los pacientes, permitiéndoles acceder a las recetas indicadas por sus médicos. Sin embargo, la plataforma web tiene la visibilidad en formato celular y Tablet. Grünenthal planteó la pregunta sobre cómo se planea implementar la Receta Electrónica en la Red Asistencial Pública. La respuesta fue que se pretende utilizar principalmente la interoperabildiad. Se enfatizó la necesidad de que los softwares utilizados sean interoperables con el Sistema Nacional de Receta Electrónica (SNRE), independientemente de si son utilizados por recintos asistenciales públicos o privados. Respecto al pilotaje de la Receta Electrónica Cheque, se informó que los establecimientos de prueba aún no están definidos, ya que el enfoque actual es finalizar la construcción antes de seleccionar los lugares de implementación |
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| Sujeto Pasivo | Claudia Ramos | |||||
| 2023-10-20 10:00:00-03 | AO001AW1412857 | Sujeto Pasivo | Ivon Abuawad | La Cámara de la Industria Cosmética de Chile A.G. solicita respetuosamente una reunión formal con la Jefatura de Departamento de Políticas y Regulaciones Farmacéuticas, de Prestadores de Salud y Medicinas Complementarias con el objetivo de comunicar las recientes actualizaciones en nuestra estructura organizativa, incluyendo cambios en la Presidencia y en la Asesoría Técnica. El propósito de este encuentro sería extender un saludo protocolario y realizar una presentación oficial. Adicionalmente, aprovechamos esta ocasión para consultar sobre el estado del borrador del nuevo reglamento cosmético que se someterá a consulta pública. Extendemos nuestro agradecimiento anticipado por su atención a este asunto y nos ponemos a su entera disposición para cualquier consulta o aclaración adicional que requiera. Atentamente, Pilar Cona Asesora Técnica Cámara de la Industria Cosmética de Chile A.G. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN Saludo protocolar del nuevo presidente de la Cámara de la Industria Cosmética de Chile A.G., D. Mauricio Hörmann. En esta reunión lo acompaña la Asesora Técnica Pilar Cona y el abogado de dicho gremio José Hevia. Presentar entre ello la iniciativa de reflotar la Comisión Técnica, que esta trabajando con todos sus asociados. Consultan sobre la actualización del Reglamento de Cosmético, sobre refill de productos de bajo riesgo. Ofrecen su apoyo en esta iniciativa, y se ponen a disposición en revisar dicha actualización de la Reglamentación, en caso de ser así. DIPOL señala que efectivamente se está trabajando en esta actualización, principalmente 3 pilares: • Decisión 10 de Alianza – Pacifico. • Venta a granel de algunos cosmético • Incorporación de Cosmestovigilancia. Esta temáticas fueron priorizadas por la Subsecretaría de Salud Pública, por lo cual no se puedo sensibilizar, debido a la premura del trabajo. Esta actualización del Reglamento, se pretende que en el corto plazo sea puesto para Consulta Pública, espacio que se espera que pueda ser revisada por todos los actores. El Gremio consulta sobre si las Buenas Prácticas de Cosméticos serán incorporadas, donde se indica que sí serán incorporadas en esta reglamentación. Sobre la rotulación, ellos consultan si esto avanza con la harmonización global, principalmente en un etiquetado digital. Sobre los elementos que serán requeridos en la rotulación, también será incorporados en la Consulta Pública. En esta consulta pública no se cierra a un tipo de mecanismo (código QR o similar), solo se indica la información necesaria que debe estar. Se consulta si en esta propuesta se establece sobre las prohibiciones sobre ingredientes alergenos en Europa. Si esto se va implementar en Chile y, si es así, los plazos en que se está entrarán en marcha. En ese sentido, debido a que este es un tema consultado por sus asociados, indican que en ese sentido lo ideal sería que MINSAL sacara un documento oficial donde se indique, de manera transparente y clara, la forma en que se va llevar esto. MINSAL indica que esto ya se está trabajando, indicando que ya se están analizando ciertos productos alergenos con ISP. Finalmente, indican que están a la disposición en poder crear todas las mesas de trabajos y apoyar en bajar la información tanto a los asociados y a los consumidores. Indican que están re-lanzado un programa en apoyo a las Mujeres con Cánceres, el cual consiste en una iniciativa potenciar la autoestima de las pacientes que están pasando por este problema. En este sentido, solicitan poder contar con el patrocinio del Ministerio, para poder realizar estas actividades en establecimientos de salud. DIPOL indican que para solicitar dicho patrocinio, esta debe ser presentada a través de una carta oficial a la Autoridad, indicando el propósito y objetivos de este proyecto. Se le agradece la disposición de poder participar en las Mesas de Trabajo. Respecto a los cosmético artesanales, se indican que esta propuesta no se encuentra incluida en la actualización de esta reglamentación. Esta medida será analizada para una próximo reglamento. |
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| Sujeto Pasivo | Jose Hevia | |||||
| Sujeto Pasivo | Mauricio Hormann | |||||
| Sujeto Pasivo | Nélida Müller | |||||
| Sujeto Pasivo | Pilar Cona | |||||
| 2023-10-19 09:00:00-03 | AO001AW1412196 | Sujeto Pasivo | Hans Holmberg | Estimados, Simplehealth es una plataforma de salud mental online que ayuda a conectar pacientes con psiquiatras y psicólogos. Es una plataforma completa con todo lo que se necesita para atender y tratar a pacientes, incluso la receta electrónica. En este momento estamos desarrollando un “marketplace” en donde cualquier psiquiatra y psicólogo puede utilizar nuestra plataforma tecnológica para atender a pacientes. Permitirá a pacientes en Chile tener una oferta más amplia y económica, pudiendo seleccionar entre una gran oferta de profesionales y horas según necesidad y precio. Solicitamos una reunión para abordar las siguientes materias: - El proyecto Sistema Nacional de Receta Electrónica y el impacto para los prescriptores. - Exigencias de las farmacias para dispensar medicamentos con recetas que no sean del Minsal - Receta cheque electrónica y su estado técnico y legal - Tipos de firmas electrónicas requeridas para las diferentes recetas digitales según la normativa vigente. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presenta SimpleHealth, plataforma para médico en temas de salud mental para la gestión de médicos y paciente (recetas y pacientes). Indica que se han presentado dificultades por parte de los pacientes y médicos respecto a la prescripción de productos farmacéuticos. Desde DIPOL se indica que actualmente se está desarrollando la plataforma del Sistema Nacional de Recetas Electrónica, la cual ya se encuentra implementada y a disposición de los pacientes y prescriptores, siendo una herramienta que viene a dar solución a la prescripción asociada a atenciones de salud a distancia. D. Hans Holmberg, informa que tuvo reunión con el jefe de División TIC – MINSAL, el cual comunicó los avances del SNRE y los desafíos venideros (Receta Cheque e Interoperabilidad). El lobista indica que la receta que ellos desarrollaron no está siendo aceptada por las diversas farmacias, ya que no se puede registrar la dispensación. Carla Oliveri, Jefa (s) del Depto. indica la diferenciación entre Receta Digital y Receta Electrónica, informando las características de cada uno de estos sistemas y la aplicación de uso. Finalmente, la consulta en virtud en relación a crear una plataforma para la dispensación de los Químicos Farmacéuticos o esperar la interoperabilidad con el Sistema Nacional de Receta Electrónica. La Jefatura del Depto. señala que el fin de la interoperabilidad es que la información de recetas electrónicas se contenga en una sola base de datos con el fin de permitir que la dispensación se realice en una única plataforma, ya sea que la receta se haya realizado en el Sistema Nacional de Receta Electrónica del MINSAL o bien un sistema de receta electrónica de desarrollo privado. D. Holmberg consulta sobre los sistemas básicos o esenciales para la interoperabilidad. DIPOL señala que se emitirá una Norma Técnica donde se señalen los requerimientos para generar la interoperabilidad entre las plataformas con Receta Electrónica con plataformas privadas. |
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| 2023-10-13 14:00:00-03 | AO001AW1407024 | Sujeto Pasivo | Dominga Puga | Estimada, Espero que estes muy bien. Mi nombre es Dominga Puga, socióloga chilena, y actualmente estoy haciendo un doctorado en Antropología en la Universidad de California, en San Diego. Escribo porque estoy orientando mi tema de investigación de doctorado hacia el estudio de medicinas complementarias, específicamente el uso de yoga como medicina complementaria. Por lo mismo, quería preguntarte si tienes algún momento para reunirnos y hablar un poco de este tema. Te lo agradecería mucho. Puede ser por zoom , en el horario que te acomode. Desde ya muchas gracias, Saludos cordiales, Dominga Puga TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Junto con las presentaciones de las participantes, se explicita por parte de las profesionales de la DIPOL el ámbito en el que se encuentra inserta la Medicina Complementaria en la estructura institucional y por parte de doña Dominga Puga sus motivaciones para esta entrevista, las que apuntan a comprender la forma en que el yoga contribuiría en la apertura hacia itinerarios terapéuticos de las practicas complementarias o alternativas. En ese marco se le introduce en el rol de esta área técnica en la elaboración de políticas públicas y regulaciones, así como en la situación de la Medicina Complementaria en el pais, específicamente en la red de establecimientos públicos a partir de los registros de estas actividades en el REM A-31 de MC, información estadística que permite dimensionar la integración de estas terapias en el sistema de salud. Se le explica de manera general acerca de las dos Estrategias de Medicina Tradicional de la OMS, así como de la creación de la Red de Medicina Tradicional Complementaria e Integrativa de las Américas y de la Biblioteca Virtual de Medicina Tradicional Complementaria e Integrativa BV MTCI, coordinada por BIREME OPS/OMS. De acuerdo con la motivación señalada por doña Dominga, de realizar una investigación más cualitativa en la materia es que se le plantea que no es posible colaborar directamente, pero si entregarle algunos contactos de personas que realizan un trabajo con medicinas complementarias o alternativas y que se encuentran más ligados a establecimientos de salud, solicitándoles previamente su autorización. Se le deja en el chat las páginas del MINSAL con los reportes del DEIS y de la BV MTCI. |
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| 2023-10-13 09:30:00-03 | AO001AW1405889 | Sujeto Pasivo | Jean Duhart | Conocer los planes del MINSAL en materia de Receta Medica Electrónica (RME) (alcances, etapas y plazos de implementación; definiciones claves; complementariedad/integración del sistema con proveedores privados de RME; mecanismos de autenticación, entre otros). TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se presentaron diversas consultas realizadas por Pro Salud Chile respecto a al Sistema Nacional de Receta Electrónica. Entre las dudas planteadas por este gremio se encuentran: • Temáticas respecto al proyecto de libro electrónico, • Implementación de Receta Cheque Electrónica: Este proyecto sigue avanzando, actualmente se están realizando las pruebas QA. Se espera que antes de finalizar el año en curso, se tenga disponible ya en el Sistema Nacional de Receta Electrónica para su marcha blanca • Interoperabilidad del Sistema Nacional de Receta Electrónica con sistemas de comercio electrónico. • Temas de Transparencia respecto a los estándares de interoperabilidad y datos de uso del Sistema: En este caso MINSAL responde que en relación a los estándares de interoperabilidad estos si serán públicos, y en hace mención, que en su momento, estuvo disponible de manera pública el manual de esto. Respecto a los datos del uso de la plataforma, esto no se ha revisado en detalle por ahora. • Mejoras respecto al Semantiko, para la alta y baja de productos farmacéuticos, donde se indicó el trabajo que se viene realizando con DEIS, CENABAST e ISP para mejorar el proceso de creación de nuevos fármacos. • Conocer si existe un plan de actividades y plazos sobre la implementación del Sistema Nacional de Receta Electrónica. MINSAL informa que si existe hitos y plazos sobre la implementación de este sistema, que tienen que relación a la migración • Integración de Receta Cheque con otros prestadores de estos servicios tales como Recemed. En este sentido MINSAL se encuentra abierto a recibir propuestas asociada a esta temática • Respecto al Vademécum que utiliza SNRE • Si existirá un límite de prescripciones por médico, MINSAL indica que respecto a receta blanca electrónica no existirá límite asociado a esto. Sin embargo, con receta cheque, se esta estudiando si se aplicará un límite, sin embargo, esta temática no está zanjada y que de todas formas se regirá por la normativa vigente Finalmente, Pro Salud consulta sobre lo retrasos experimentados por el Sistema de Receta Electrónica, MINSAL informa que esto se debe a capacidad también de los desarrolladores y que Receta Cheque Electrónica está avanzando, donde se indica que está en pruebas QA. Se consulta sobre firma electrónica avanzada y uso de Clave Única, se indican que durante un tiempo se tiene previsto que ambos métodos de validación convivan. Jean Duhart informa que se realizará un Seminario donde se pretende realizar difusión y gestión del cambio acerca del uso de Receta Electrónica, al cual se deja invitado a poder participar al equipo de DIPOL. |
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| 2023-10-06 14:30:00-03 | AO001AW1399922 | Sujeto Pasivo | Héctor Torres | SOCHIFAV es una sociedad científica sin fines de lucro que busca fomentar las ciencias de la farmacovigilancia, tecnovigilancia, seguridad al pacientes y las distintas áreas relacionadas al uso seguro de medicamentos. Nos dirigimos a la máxima autoridad con el objetivo de poder demostrar distintas buenas practicas nacionales e internacionales respecto al uso seguro de los medicamentos y evaluar la implementaciones de técnicas, programas, comités y políticas relacionadas a fomentar la seguridad a los pacientes y el uso racional de los medicamentos. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se suma a la Reunión por parte de SOCHIFAV, Natalia Tudesca. Realiza presentación de la entidad, indicando que ya el año pasado tuvieron una primera reunión de lobby con DIPOL presentándose como una organización sin fines de lucro, conformada en el año 2018 y realizando a la fecha distintas actividades, incluyendo: acciones locales y acercamientos con entidades internacionales y nacionales relacionadas al área de la vigilancia y seguridad de medicamentos (sociedades científicas, autoridades y similares); realizando jornadas científicas o congresos (2018-2019) y acciones de capacitación. Actualmente participan con temas de seguridad de medicamentos y prontamente incorporaran la tecnovigilancia a sus intervenciones. Informa que han realizado comparativos de regulaciones de farmacovigilancia de medicamentos en el nivel latinoamericano, verificando tanto fortalezas y debilidades de las normas chilenas, siendo estas últimas las que les interesa conversar con la autoridad, incluyendo a ambas subsecretarías. En el contexto anterior, abogan por la renovación de Norma Técnica Nº 140, para que incluya aspectos como: - Incorporación de la notificación de pacientes; - Fomento para conformación de “Comités de Farmacovigilancia Territorial”, los que estos han demostrado tener impacto a nivel de los Servicios de Salud, específicamente en el caso de las campañas de vacunación Covid. - Exigencia de notificación de profesionales de la salud y labor de las autoridades para dar respuesta a éstas, especialmente para evaluar sus impactos en el territorio y realizar gestión local de riesgo, de proceder y ser necesaria. Asimismo, relevan la importancia que se incorpore la Farmacovigilancia en el nivel de pregrado y también pretenden estimular la conceptualización de la ecofarmacovigilancia y la eliminación segura de medicamentos, enfocado especialmente a la eliminación domiciliaria. Como oferta de valor mutuo al MINSAL, proponen: Realizar o apoyar capacitaciones con FONOSALUD/SALUDRESPONDE para apoyar la identificación y notificación de sospechas a RAM /ESAVI/Tecnovigilancia; Apoyar a las mesas técnicas que funcionen o se constituyan en materia de seguridad de medicamentos y dispositivos médicos; Desarrollar vocería en temas relevantes en materia de FVG, Venta Ilegal de Medicamentos, Eliminación de Medicamentos, entre varias; y, Promover la conformación de los Comités de Farmacovigilancia, de los cuales ya hay experiencias locales. Anuncia el envío de información, normativa comparada y experiencias locales en las materias tratadas en la reunión. De parte de DIPOL se informe la socialización de la pres nete acta e información que se reciba con los referentes de ISP/DIGERA. |
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| 2022-05-03 10:00:00-04 | AO001AW1097001 | Sujeto Pasivo | Manuel Lucero | Consultar por modificación reglamentaria a los decreto N° 466, 404 y 405 que se encontraba en contraloría desde diciembre 2021, que fue retirado de trámite el 16 de marzo 2022. Implementación de receta cheque electrónica. TEMAS ABORDADOS: Acompaña en esta Reunión el Profesional Nicolas Soto. Implementación receta cheque electrónica y normativa asociada. Se explica por qué el Decreto N°466 se retiró de contraloría. Se le comenta que esto es debido a que es un proceso normal de revisión que see lleva a cabo por las nuevas autoridades asumidas. Se menciona el estado actual de la normativa y los plazos involucrados. |
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| Sujeto Pasivo | Marianela Hechem | |||||
| 2022-04-28 10:00:00-04 | AO001AW1096297 | Sujeto Pasivo | Natalia Ramos | Presidenta Ejecutiva de la Cámara de la Industria Cosmética A.G. Sra. Lucía Martínez plantea inquietudes del sector en relación a: 1. Solicitud de participación en Mesa de trabajo de cooperación Público-Privado en la propuesta de un nuevo reglamento de Cosméticos elaborado por el ISP 2. Ingredientes cosméticos, implementación de prohibición, plazos para agotar stock de productos y adecuar productos a las nuevas regulaciones. Ingredientes antimicrobianos en productos de higiene, nuevas incorporaciones al listado de la Resolución N°199. 3. Norma técnica de Buenas Prácticas de Fabricación. 4. Modificaciones al reglamento vigente para implementación del Anexo 7.11 de Cosméticos, en el marco de Alianza Pacífico. Temas Abordados: Acompaña en esta reunión el profesional Diego Olea. ámara Cosmética indica que buscan retomar trabajo colaborativo con MINSAL a través de 2 vías: una mesa de trabajo público-privada a la luz de DS 239 y otras reuniones técnicas que puedan aparecer - MINSAL se compromete a evaluar un mecanismo de participación transversal, donde todas las opiniones puedan ser escuchadas. - Se indica que propuesta de modificación DS 239 está en revisión, una vez analizada en conjunto con ISP, se harán las consultas a través de los mecanismos de participación ciudadana que están establecidas para ello. - Cámara Cosmética consulta por los mecanismos de actualización de los ingredientes cosméticos permitidos. MINSAL señala que el mecanismo está descrito en el DS 239 y que la evaluación e inclusión de ingredientes es de potestad de ISP. Sin perjuicio de lo anterior, en conjunto con el ISP se esta trabajando en un procedimiento para la inclusión, prohibición y restricción de ingredientes para dar cumplimiento al acuerdo Alianza Pacifico. |
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| Sujeto Pasivo | Lucía Martínez | |||||
| Sujeto Pasivo | Luisa Núñez | |||||
| 2022-03-03 11:00:00-03 | AO001AW1082572 | Sujeto Pasivo | Manuel Neira | Para dar continuidad en lo señalado en audiencia previa AO001AW0797342, en donde se presenta una propuesta para validar personal sanitario que pueda ser tripulante aeromédico a nivel nacional, según lo señalado en DS N° 83 /MINSAL, se solicita audiencia para retomar conversaciones y validar esta capacitación para que sea parte de los requisitos necesarios de toda persona que desea ser tripulante sanitario según lo definido por directrices gubernamentales vigentes. TEMAS ABORDADOS EN REUNION: Manuel Neira, Enfermero, presenta la necesidad de incorporar en el DS 83 que aprueba el reglamento de empresas que realizan traslado aéreo de personas enfermas o accidentadas, un curso complementario que considere los conceptos de calidad y seguridad. En este escenario, el profesional (empresa SIAT), junto con Classroom tv el profesional desarrolló curso 100% virtual enfocado a calidad y seguridad aeroespacial, con certificación internacional de institución presente en Colombia. Este tema se presentó en lobby anterior folio AO001AW0797342 (03.07.2020), se presenta nuevamente para que se consideré el curso particular como requisito para tripular las aeronaves. El gestor de interés realiza presentación del programa de curso desarrollado. Se menciona que se está trabajando hace un tiempo una propuesta de modificación del DS 83, se consideran nuevas criterios de capacitación, donde están presentes los temas presentados hoy, en base a la evidencia actual y la política comparada. Además se refuerzan los espacios de participación en la elaboración o modificación de reglamentación, que habitualmente considera consulta pública ampliada, la cual se comunica por los canales de Minsal. |
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| 2021-12-30 10:00:00-03 | AO001AW1056603 | Sujeto Pasivo | Gaston Edmundo Cerda Bañados | Buenas tardes. Queremos saber los antecedentes para poder generar Recetas Cheques y para Productos sujetos a Control de Stock que sean de uso exclusivo (tipo Receta Cheque de Liga Chilena contra la Epilepsia) TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se informa que prontamente se pondrá en marcha sistema electrónico de receta cheque que dispondrá de una receta única a nivel nacional, accesible para su uso vía web o por interoperación con sistemas electrónicos propios. De todas formas indican que solicitarán se les autorice receta cheque de uso interno . |
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| Sujeto Pasivo | Rodrigo Hernández | |||||
| 2021-12-16 12:30:00-03 | AO001AW1037440 | Sujeto Pasivo | Evangelina Navarrete | El objeto de la audiencia es poder resolver algunas consultas técnicas sobre el proceso de cambio de razón social de un establecimiento en los registros de la Autoridad Sanitaria, cuya tramitación está alojada en el portal Seremi en Línea del Ministerio de Salud. Las consultas a plantear son. En relación con el formulario disponible en la plataforma solicita ingresar un campo denominado “N° Resolución”, entre otras cosas, queremos saber si: a. ¿Es necesario ingresar una a una todas la resoluciones sanitarias con las que cuenta el establecimiento, repitiendo el proceso “x” veces, según “x” resoluciones sanitarias tenga vigentes? b. En caso de que sea posible realizar el cambio completado el formulario una única vez: ¿cuál debe ser el número de Resolución a informar? TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Acompañan la encargada de MIDAS, Roxana Peña, profesional del MINSAL. Cometan inquietudes para realizar el cambio de razón social. Se les comenta y explica cómo deben realizar el trámite en el portal tambien que resoluciones son las que tienen que abordar para el cambio, que todo dependerá del área a la que se está realizando el cambio. Otra duda el proceso de acreditación de personas jurídicas, se les comenta que el representante legal podrá ingresa al portal de seremi en línea con su clave única. Al menos una vez el representante legal debe ingresar y nombrar para delegar funciones a un administrador de cuenta, donde habilitara y facultara a esa persona como administrador de cuenta. MIDAS le da correo y WhatsApp en caso de cualquier ayuda técnica, donde se puede coordinar una reunión aclaratoria técnica para cualquier proceso. Consulta los medios de pagos disponibles en MIDAS, se les comentan que están conectado con la TGR. |
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| Sujeto Pasivo | Daniel Vainroj Waldhorn | |||||
| Sujeto Pasivo | Martín AYLWIN | |||||
| Sujeto Pasivo | Carmen Cariqueo | |||||
| Sujeto Pasivo | Yesenia Gonzalez | |||||
| Sujeto Pasivo | Lucía BURGOS | |||||
| 2021-12-16 10:00:00-03 | AO001AW1045147 | Sujeto Pasivo | Gabriela Garnham | Dando seguimiento a la última reunión y según lo comprometido, sin antes reconocer el liderazgo del Gobierno y sus entidades regulatorias, en el objetivo primordial de alcanzar mayores y mejores estándares regulatorios para la Industria de Dispositivos Médicos y Diagnóstico In Vitro (DM/DIV) en el país. En un esfuerzo por lograr este objetivo que compartimos desde ADIMECH mutuo, queremos presentar un documento, que recoge nuestra visión acerca del futuro reglamento, en base a los estándares internacionales y su relación con los documentos actualmente publicados por la Agencia Nacional de Dispositivos Médicos, Innovación y Desarrollo (ANDID), así como la experiencia regulatoria internacional, con el fin de contribuir en este proceso de dialogo enmarcado en las Buenas Prácticas Regulatorias, entre regulador y regulados. TEMAS ABORDADOS: Acompañan Profesional del Depto. Guillermo Olivares. Realiza presentación con recomendaciones para un modelo regulatorio que sirva como antecedente técnico para la construcción de la regulación reglamentaria asociada a la posible promulgación del proyecto de Ley asociado al boletín B-9914-11. Se informa que además, que misma presentación se realizará a la Agencia del Instituto de Salud Pública encargada de la materia, poniéndose además a disposición para colaborar en las labores asociadas a los proyectos regulatorios que se desarrollen. |
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| 2021-12-10 00:30:00-03 | AO001AW1046410 | Sujeto Pasivo | Manuel Araneda | Implementación receta cheque digital. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Se plantea inquietud por continuidad de receta cheque digitalizada o electrónica. Además, se le explica la continuidad mediante el sistema de receta electrónica y la forma en como operará cuando esté disponible. |
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| 2021-12-07 09:30:00-03 | AO001AW1039785 | Sujeto Pasivo | Julio Jiménez | Resolución exenta N°5290 del 08 de noviembre de 2021 que cancela registro sanitario del producto Reditux, Reg. ISP N° B-2142/20 TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Acompañan Guillermo Olivares, Joan Cornejo, Ramiro Cofre, Profesionales del MINSAL. Indica que respecto de la Resolución Exenta N°5290 del 08 de noviembre de 2021 que cancelo registro de Reditux realizaron una reposición ante el Instituto de Salud Pública, con reclamación en subsidio al Ministerio de Salud. Señala que a su vista se hizo extensiva una evaluación de registro a un producto que está registrado bajo una norma anterior y además no hay antecedente de resolución que se haya dictado resolución de MINSAL para actualizar antecedentes de registro sanitario, de acuerdo lo dispone al NT 170. Se señala a la empresa que tendrán que revisarse los antecedentes que se presenten en la reposición/reclamación |
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| Sujeto Pasivo | Gabriel ZALIASNIK | |||||
| 2021-12-02 11:00:00-03 | AO001AW1035827 | Sujeto Pasivo | Diego Gallegos | En reunión con causa a Libro V del Código Sanitario se señaló por parte de la DIPOL que la voluntad del MINSAL es que Código Sanitario sólo opere en "salud humana". A esta preocupante afirmación, se añade la voluntad de eliminar la prescripción de fármacos hoy vigente a través del Código Sanitarioy sus reglamentos al médico veterinario, afirmando que intención es radicarlo todo en SAG (que sólo ve fármacos de "uso exlusivo" veterinario). A lo anterior, se suma la desvinculación de Carla Oliveri Pérez, quien actuaba en representación del MINSAL en la MESA INSTERINSTITUCIONAL DE FÁRMACOS organizada por el COLMEVET, sin que conste reemplazante a la fecha, situación que ha llevado a suspender la sesión de hoy Lunes 8.11.2021. Atendido lo anterior se hace urgente la reunión para poder llevar a cabo la sesión fijada para el primer lunes de diciembre de la referida mesa. TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN: Comentan su preocupación por reunión sostenida con María Paz y la postura y voluntad que presenta el MINSAL. Comentan la preocupación de que los médicos veterinarios no podrán prescribir fármacos, existe una preocupación a nivel nacional de los veterinarios. Indicando que todo se radicaría en el SAG. Exponen que los médicos veterinarios no debieran tener limitación en la prescripción de medicamentos Comentan que están trabajando con la comisión Constituyente, para regular y controlar el ejercicio profesional y ético en Chile. Solicitan una regulación muy exigente en la materia, pero no limitar la prescripción de medicamento a los veterinarios. MINSAL, les señala que en agosto de este año se hizo las indicaciones que presentadas por el Sr. Presidente respecto a la modificación del Codigo Sanitario libro V. Una vez presentadas estas indicaciones el Representante del MINSAL Sr. Jaime Gonzalez escucharía a los diferentes colegios. Se les comenta que en el Depto. no están llevando este tipo de negociaciones con los colegios y gremios. Se les sugiere que envíen sus requerimientos observación y comentarios referente a lo que es medicina veterinaria. También se les señalas que los medicamentos de uso veterinario están radicados en el SAG hace muchos años. También se le comenta que es importante reforzar el SAG ya que son ellos lo que tiene la reglamentación de medicamento de uso veterinario. Expresan que Chile es un país atrasado y con desfase respectos a los medicamentos de uso veterinario. Dan la idea de profundizar el análisis o estudio comprado entre medicamento de uso veterinario y humano, puede ser tanto el MINSAL como el Colegio Médico Veterinario. Y realizar una proyección responsable en relación a los medicamentos. Enviaran la Minuta que enviaron al MINSAL, expresando su preocupación y malestar. Comentan que el ISP dice que los fármacos que producen dependencia deben tener la super vigilancia del ISP. Comentan que la mesa está suspendida y se retomaran pronto. Se les Indicaciones que lo relacionado con la modificación del Libro V radican en Jaime Gonzalez y María Paz Grandón. |
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| Sujeto Pasivo | María José Ubilla | |||||
| Sujeto Pasivo | Mariela Goich Vivar | |||||