Identificador |
AO001AW2104398 |
Fecha |
2026-04-17 12:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Sera atendido de manera telemática por la Jefa (S) del Depto. Carla Oliveri |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Ivan Batanero | Lobista | ADVANCE SCIENTIFIC DE CHILE SPA | ADVANCE SCIENTIFIC DE CHILE |
| GREICY CAROLINA PEREZ PEREZ | Gestor de intereses | ADVANCE SCIENTIFIC DE CHILE SPA | ADVANCE SCIENTIFIC DE CHILE |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Estimada Sra Vannesa<br /> <br /> Junto con saludarle cordialmente me permito presentarme. Mi nombre es Greicy Pérez Gerente Comercial Internacional de Advance Scientific Group ASG.<br /> <br /> El motivo de la presente solicitud es conocer y comprender en mayor detalle el proceso vigente para la autorización de importaciones de medicamentos al amparo del Artículo 99 así como los criterios que se consideran para su aplicación en los distintos escenarios de abastecimiento. Me sugirieron que era con su área.<br /> <br /> Como ASG contamos actualmente con Tiotepa de 15 y 100 mg. una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. <br /> <br /> No obstante hemos observado que en algunos casos se continúan autorizando importaciones bajo Artículo 99 e incluso procesos de compra o licitación que contemplan simultáneamente ambas alternativas situación respecto de la cual nos gustaría contar con mayor claridad ya que no hemos declarado desabastecimiento. <br /> <br /> Nuestro interés es comprender el marco de aplicación del Artículo 99 de manera de alinear adecuadamente nuestras estrategias y cumplimiento regulatorio contribuyendo a un acceso oportuno seguro y eficiente para los pacientes en coherencia con los principios del sistema sanitario chileno.<br /> <br /> Me encontrare en Chile del 23 al 27 de Marzo. Agradecería si es posible que podamos sostener una reunión en el horario que ud considere. <br /> <br /> Cordialmente<br /> <br /> Greicy Pérez<br /> ASG<br /> <br /> TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:<br /> <br /> Se realizan las presentaciones de los asistentes a la reunión.<br /> <br /> Se indica que “Advance Scientific fue creada en Colombia hace 20 años y mantiene presencia en Chile hace 5 años, distribuyendo medicamentos hemato-oncológicos y otros productos de diagnóstico y tratamiento en salud pública, estando contratados en este último caso para abastecer a CENABAST. <br /> <br /> En ese contexto, se señala que su empresa es titular del producto “Tiotepa de 15 y 100 mg”, correspondiente a una molécula con registro sanitario vigente en Chile que cumple plenamente con los requisitos regulatorios de calidad seguridad y farmacovigilancia y que además dispone de stock para entrega inmediata a las instituciones de salud del país garantizando continuidad de suministro. <br /> <br /> Se manifiesta que la reunión se solicitó para verificar las razones por las que ISP sigue otorgando autorizaciones “vía Art 99” para productos similares que importan otros proveedores. <br /> <br /> A ese respecto, se informa que ISP es una entidad autónoma en sus definiciones y que las razones puntuales respecto de sus autorizaciones deben ser requeridas directamente a la misma entidad, por los canales disponibles (p.e. OIRS). Con todo, se informa que las autorizaciones otorgadas al amparo del artículo 99 del Código Sanitario se basan en condiciones de desabastecimiento o inaccesibilidad del producto que se trate, las que se deben acreditar de manera previa a la autorización provisional. |