Identificador |
AO001AW2117987 |
Fecha |
2026-04-30 11:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Sera atendido por la Jefatura (S) y la Jefatura del Depto. de Alimentos y Nutrición |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Sofía Ceresuela | Gestor de intereses | Pontificia Universidad Catolica de Chile |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
La situación regulatoria actual en Chile respecto a nutracéuticos y alimentos con propiedades funcionales.<br /> Cómo se articulan o diferencian estas categorías respecto de los productos farmacéuticos.<br /> Principales desafíos regulatorios o institucionales que enfrenta el país en este ámbito.<br /> Tendencias o discusiones recientes en torno al desarrollo de productos que se sitúan entre alimentación y salud.<br /> <br /> TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:<br /> Se realizan las presentaciones respectivas entre los asistentes, por parte MINSAL asiste Jefatura Depto. de Farmacia y Profesional del Depto. de Alimentos y Nutrición.<br /> Sofia de la Universidad Católica, presentó su proyecto de un alimento funcional basado en mieles nativas chilenas para pacientes oncológicos con mucositis oral. Preguntando sobre la clasificación regulatoria más apropiada entre alimento funcional, producto terapéutico o dispositivo terapéutico . <br /> Desde MINSAL, se explicó que la clasificación depende de la composición y finalidad del producto, indicando que en Chile no existe el concepto de "alimento funcional" y que los productos se clasifican como medicamentos naturales o suplementos alimentarios con finalidades específicas, también se señaló que bajo la regulación chilena actual no existe la categoría de "nutracéutico" o producto intermedio entre alimentos y medicamentos, por lo que el producto debe clasificarse como alimento o medicamento dependiendo de sus componentes y propiedades terapéuticas. <br /> También se comentó sobre que la legislación actual en Chile define solo dos categorías: alimentos o medicamentos, sin una categoría intermedia, lo que crea desafíos para regular productos nutracéuticos, se le sugiere para seguir su investigación de proyecto leer el decreto 3 sobre productos farmacéuticos para entender mejor los requisitos actuales.<br /> Desde MINSAL se recomienda a Sofía someta su producto al Instituto de Salud Pública para un control sanitario y obtener una clasificación oficial a través de una resolución. También discutieron ejemplos de productos no regulatorios en el mercado chileno y mencionaron que actualmente están en análisis la posibilidad de crear una categoría intermedia, aunque no hay definiciones definitivas aún. |