Identificador |
AO001AW2062296 |
Fecha |
2026-01-23 09:30:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Sera atendido de manera telemática por la Jefatura (S) del Depto. Sra. Carla Oliveri |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Guillermo ORTIZ | Gestor de intereses | Centro Medico Mirador | |
| Francisca Garrido | Gestor de intereses | Centro Medico Mirador |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Sra.<br /> Andrea Albagli Iruretagoyena<br /> Subsecretaria de Salud Pública<br /> Ministerio de Salud<br /> De nuestra mayor consideración nos dirigimos a usted en su calidad de máxima autoridad de la Subsecretaría de Salud Pública para exponer una grave irregularidad que está afectando nuestro derecho al trabajo y desarrollo profesional y para solicitar su intervención directa. Desde hace hace casi un año la SEREMI de Salud de la Región del Maule ha obstaculizado de manera sistemática la obtención de la autorización sanitaria para el funcionamiento de nuestro centro médico y estético Centro Medico Mirador ubicado en Calle 6 oriente N30. El argumento utilizado para la negativa se basa en un supuesto catálogo de prestaciones que según indican impediría al personal de enfermería realizar procedimientos estéticos. Hemos demostrado fehacientemente a la autoridad regional mediante un comunicado oficial de la Sociedad Chilena de Enfermería Estética SOCHIENE que dicho catálogo no es válido no se encuentra vigente y carece de respaldo normativo. A pesar de la evidencia presentada la SEREMI regional persiste en su postura generando cuantiosos perjuicios económicos que ponen en riesgo nuestro proyecto y fuente laboral tras una fuerte inversión en instalaciones equipos e insumos que se encuentran sin uso. Habiendo agotado las vías de diálogo a nivel regional sin obtener una solución apegada a la normativa vigente nos vemos en la obligación de recurrir a su autoridad para solicitar una audiencia y abordar las siguientes materias<br /> <br /> TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:<br /> Representantes de Centro Médico Mirador exponen situación relacionada a la Autorización Sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud de la región del Maule, con fecha 14 de enero 2026, para la instalación y funcionamiento de centro médico, sin facultad para realizar procedimientos invasivos con fines estéticos por parte de profesional de enfermería. <br /> <br /> Al respecto, durante el desarrollo de la reunión se abordan las materias normativas de la reglamentación pertinente a la materia, D.S.283/1997 MINSAL y DFL 725/1967 Código Sanitario título V. <br /> <br /> Como acuerdo se solicita a los representantes del Centro Médico, ingresar vía OIRS los antecedentes relacionados al trámite, con el fin de realizar la revisión de estos y emitir una respuesta formal desde MINSAL. |