En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2026-07-28 11:00:00-04 | AL003AW2251135 | Sujeto Pasivo | Lilia Jerez | Representantes de Codelco expusieron dificultades derivadas de la demora en la tramitación de denuncias presentadas directamente ante la Dirección del Trabajo en el marco de la Ley Karin. Señalaron que la falta de respuesta oportuna afecta la gestión de medidas de resguardo, la convivencia laboral y la continuidad de procesos internos, especialmente en casos en que se encuentran involucradas jefaturas o equipos completos. Asimismo, consultaron sobre la posibilidad de que los trabajadores se desistan de denuncias ingresadas ante la Dirección del Trabajo para que estas puedan ser investigadas internamente por la empresa, solicitando claridad respecto del procedimiento aplicable y de los plazos de tramitación. La Dirección del Trabajo informó que se encuentra trabajando en instrucciones internas destinadas a agilizar estos procedimientos y uniformar criterios. ACCIONES O SEGUIMIENTO Codelco remitirá una presentación dirigida al Jefe del Departamento Jurídico, individualizando los expedientes de mayor urgencia y los efectos asociados a su demora. La Dirección del Trabajo revisará los antecedentes que se remitan y el estado de tramitación de los expedientes indicados, dentro del ámbito de sus competencias. |
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| Sujeto Pasivo | Luis Rodolfo Marchant Fernandez | |||||
| Sujeto Pasivo | Carlos Gutiérrez | |||||
| Sujeto Pasivo | Paula Cifras Lucero | |||||
| 2026-07-24 11:00:00-04 | AL003AW2248907 | Sujeto Pasivo | Claudia Sáez | Representantes de Fundación ConTrabajo expusieron antecedentes y estudios sobre el cumplimiento de la Ley N 21.015 de Inclusión Laboral, abordando la relación entre los niveles de cumplimiento de la normativa y los mecanismos de fiscalización implementados por la Dirección del Trabajo. En particular, presentaron observaciones respecto del cumplimiento de la obligación de comunicación electrónica, la utilización de medidas subsidiarias, la sostenibilidad de los contratos de personas con discapacidad y las dificultades detectadas en el cruce de datos para efectos de fiscalización. Asimismo, formularon propuestas para fortalecer la fiscalización mediante el uso de información proveniente de distintos organismos públicos, revisar la actualización del tipificador de hechos infraccionales conforme a las modificaciones introducidas por la Ley N 21.690 y focalizar acciones respecto de empresas que no realizan la comunicación electrónica o registran información inconsistente. ACCIONES O SEGUIMIENTO Fundación ConTrabajo remitirá los estudios e informes estadísticos presentados durante la audiencia para su conocimiento. La Dirección del Trabajo revisará los antecedentes aportados y se recomendó a la Fundación presentar estas propuestas al Departamento de Inspección para su consideración en la planificación de futuras acciones de fiscalización. |
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| Sujeto Pasivo | Celeste Bollati | |||||
| 2026-07-23 11:00:00-04 | AL003AW2249418 | Sujeto Pasivo | SOLANGE Mena | Los representantes de BancoEstado expusieron una solicitud relativa a denuncias internas vinculadas a la Ley N21.643, con el objeto de evaluar la posibilidad de que ciertos casos actualmente derivados o presentados ante la Dirección del Trabajo puedan ser retomados por el canal interno de investigación del banco. Por parte de la Dirección del Trabajo se solicitó a BancoEstado presentar formalmente los antecedentes, individualizando cada caso y acompañando la resolución anterior dictada sobre una solicitud similar. Asimismo, se indicó que no se anticipa un criterio definitivo en la audiencia, pues corresponde evaluar si la situación debe resolverse caso a caso o mediante instrucciones de carácter general. Se dejó constancia de que en la reunión no se emitió pronunciamiento jurídico definitivo. |
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| Sujeto Pasivo | rodrigo ulloa toro | |||||
| Sujeto Pasivo | Andrea Rodríguez | |||||
| 2026-07-22 10:00:00-04 | AL003AW2241612 | Sujeto Pasivo | Waldo SÁNCHEZ | Los representantes de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile expusieron su preocupación respecto de la doctrina administrativa contenida en los Ordinarios N88 y N660, ambos de 2025, relativa a la jornada laboral de los cuarteleros no residentes de los cuerpos de bomberos. Señalaron que, a su juicio, el artículo 152 bis del Código del Trabajo debe ser interpretado como una regulación especial de jornada, atendida la naturaleza permanente del servicio de emergencias, la necesidad de disponibilidad operativa de los cuarteles y la función específica que cumplen los cuarteleros en la conducción y mantención básica de los carros bomba. Indicaron que la aplicación del límite general de jornada semanal a los cuarteleros no residentes genera dificultades operativas y económicas para los cuerpos de bomberos, en especial por la necesidad de contar con personal adicional especializado para cubrir turnos y por el riesgo de nuevas fiscalizaciones y multas. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que la materia puede ser objeto de una nueva revisión jurídica, siempre que los interesados presenten una solicitud formal dirigida al Director del Trabajo, acompañando antecedentes completos sobre la historia de la regulación, las jornadas aplicadas, la realidad operativa de los cuerpos de bomberos y los efectos prácticos del criterio vigente. Se dejó constancia de que en la audiencia no se emitió pronunciamiento jurídico definitivo, no se modificó la doctrina administrativa vigente y no se otorgó autorización respecto de sistemas de jornada. |
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| Sujeto Pasivo | Fernando Recio | |||||
| 2026-07-21 15:00:00-04 | AL003AW2201238 | Sujeto Pasivo | Fabián Caballero | Los representantes de Federación Nacional de Trabajadores Municipales de Chile expusieron materias relativas a negociación colectiva, tutela de la libertad sindical, prácticas antisindicales y competencias de órganos administrativos y judiciales respecto de trabajadores del sector municipal, corporaciones municipales y asociaciones de funcionarios. Informaron que preparan una reclamación ante la OIT contra el Estado de Chile, fundada en la presunta ausencia de vías administrativas o judiciales eficaces para denunciar prácticas antisindicales que afectarían a asociaciones de funcionarios municipales, atendidos criterios divergentes entre el Tribunal Constitucional, tribunales laborales y la Contraloría General de la República. Asimismo, formularon observaciones sobre pronunciamientos de la Contraloría relativos al anticipo de remuneraciones durante licencias médicas en corporaciones municipales, aplicación de la reducción de jornada laboral, cómputo de la hora de colación y cese de representantes sindicales en servicios de bienestar, materias que, a su juicio, incidirían en derechos de trabajadores regidos por el Código del Trabajo. También se expusieron antecedentes relativos a la Corporación Municipal de Viña del Mar, vinculados a negociación colectiva, denuncias por prácticas desleales o antisindicales, extensión de beneficios y actuaciones fiscalizadoras de la Dirección del Trabajo. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que algunas materias se encuentran en estudio, especialmente la relativa al anticipo de remuneraciones durante licencias médicas. Además, se indicó que las preocupaciones expuestas serían transmitidas al Director del Trabajo. Se dejó constancia de que en la audiencia no se emitió pronunciamiento jurídico definitivo, no se resolvió reconsideración administrativa, no se adoptó nuevo criterio institucional y no se calificaron jurídicamente las situaciones expuestas. |
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| Sujeto Pasivo | DIEGO Calderon G. | |||||
| Sujeto Pasivo | Gonzalo Escobar Salamanca | |||||
| Sujeto Pasivo | Constanza Órdenes | |||||
| Sujeto Pasivo | Eduardo Trujillo | |||||
| Sujeto Pasivo | Sebastián Cisternas | |||||
| Sujeto Pasivo | Samanta Balbiano | |||||
| 2026-07-21 11:00:00-04 | AL003AW2241351 | Sujeto Pasivo | José Arraño Urrutia | Los solicitantes expusieron antecedentes relativos a la empresa Vigo, dedicada al transporte privado de pasajeros, particularmente para faenas mineras en la zona norte del país. Indicaron que prestan servicios denominados sube y baja, consistentes en el traslado de trabajadores hacia faenas mineras y el retorno con el contraturno, con períodos intermedios de descanso o inactividad. La materia planteada se refirió a la procedencia de aplicar, respecto de conductores, un sistema de turno 8x6 bajo el artículo 25 del Código del Trabajo, considerando los tiempos de conducción, descansos y características operacionales del servicio. Los solicitantes señalaron que habrían recibido orientaciones previas en el sentido de que dicho sistema no requeriría autorización de jornada excepcional, pero que uno de sus clientes les habría solicitado contar con mayor formalidad o respaldo institucional. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que la materia requiere un análisis jurídico específico, atendidas las características concretas del servicio, la naturaleza del transporte privado de pasajeros asociado a faenas mineras y la eventual compatibilidad entre el régimen del artículo 25 del Código del Trabajo y el sistema de distribución de jornada planteado. Se orientó a los solicitantes a presentar una solicitud formal de pronunciamiento jurídico dirigida al Director Nacional del Trabajo, acompañando todos los antecedentes disponibles y describiendo de manera concreta el sistema de jornada cuya procedencia desean consultar. |
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| Sujeto Pasivo | Romina Castillo | |||||
| Sujeto Pasivo | Carolina Núñez | |||||
| Sujeto Pasivo | Claudio Kinast Salinas | |||||
| 2026-07-15 15:00:00-04 | AL003AW2222481 | Sujeto Pasivo | Lilia Jerez | Los representantes de la empresa efectuaron una presentación institucional sobre Empresas Arauco, su estructura, presencia nacional e internacional, modelo de relaciones laborales y experiencia en negociación colectiva, destacando el alto nivel de sindicalización de la compañía y las prácticas de diálogo permanente con las organizaciones sindicales. Asimismo, expusieron una situación particular ocurrida en el ámbito de las relaciones laborales en la zona de Curanilahue, manifestando su preocupación por la demora en la resolución del proceso y los efectos que ello produjo sobre una negociación colectiva iniciada mientras aún existían dudas respecto del cumplimiento de los requisitos legales de la organización. Señalaron que dicha situación generó incertidumbre jurídica y dificultades operacionales en un contexto de reorganización productiva de la empresa. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó sobre los lineamientos institucionales orientados a fortalecer la certeza jurídica, la imparcialidad, la probidad y el diálogo social. Asimismo, se indicó que las materias planteadas serían consideradas en el ámbito de las competencias del Servicio y se destacó la importancia de mantener canales de comunicación permanentes con actores relevantes del mundo del trabajo. |
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| Sujeto Pasivo | Tomás Jiménez | |||||
| Sujeto Pasivo | Charles Frank Kimber Wylie | |||||
| Sujeto Pasivo | Ximena Gebauer | |||||
| Sujeto Pasivo | Miguel Angel Quiroz | |||||
| 2026-07-15 11:30:00-04 | AL003AW2237457 | Sujeto Pasivo | Luis Campos | Los representantes de la empresa expusieron la consulta jurídica formulada mediante presentación ingresada el 16 de junio de 2026, relativa a la aplicación del artículo 106 del Código del Trabajo respecto del personal embarcado. En particular, solicitaron un pronunciamiento sobre la posibilidad de imputar el pago de las denominadas horas extras garantizadas al recargo por exceso de jornada previsto en dicha disposición, exponiendo los antecedentes contractuales y convencionales que, a su juicio, respaldan dicha interpretación. Asimismo, manifestaron su preocupación por las eventuales consecuencias económicas que podría generar un pronunciamiento desfavorable y entregaron antecedentes sobre el contexto operacional de la empresa. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que la solicitud de pronunciamiento se encuentra en estudio por el Departamento Jurídico y que su resolución se efectuará conforme a la normativa y doctrina institucional vigente, pudiendo requerirse una fiscalización para verificar los antecedentes de hecho que sustentan la consulta. |
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| Sujeto Pasivo | Sebastian Andres Ortiz Alarcón | |||||
| Sujeto Pasivo | Víctor Eduardo Fuentealba Toro | |||||
| 2026-07-15 10:00:00-04 | AL003AW2234688 | Sujeto Pasivo | Luis Zurita | Se sostuvo audiencia de lobby con representantes de Servicios Marítimos y Transportes S.A. SMT. Participaron Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo Ignacio Olhaberry Luis Zurita y Marcela González. Los representantes de la empresa expusieron la consulta jurídica formulada mediante presentación ingresada el 16 de junio de 2026, relativa a la aplicación del artículo 106 del Código del Trabajo respecto del personal embarcado. En particular, solicitaron un pronunciamiento sobre la posibilidad de imputar el pago de las denominadas horas extras garantizadas al recargo por exceso de jornada previsto en dicha disposición, exponiendo los antecedentes contractuales y convencionales que, a su juicio, respaldan dicha interpretación. Asimismo, manifestaron su preocupación por las eventuales consecuencias económicas que podría generar un pronunciamiento desfavorable y entregaron antecedentes sobre el contexto operacional de la empresa. Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que la solicitud de pronunciamiento se encuentra en estudio por el Departamento Jurídico y que su resolución se efectuará conforme a la normativa y doctrina institucional vigente, pudiendo requerirse una fiscalización para verificar los antecedentes de hecho que sustentan la consulta. |
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| Sujeto Pasivo | Ignacio Augusto Olhaberry Gebhard | |||||
| Sujeto Pasivo | Marcela Gonzalez Allendes | |||||
| 2026-07-01 17:00:00-04 | AL003AW2193530 | Sujeto Pasivo | Ricardo Maldonado | Los representantes sindicales expusieron problemáticas laborales y regulatorias del transporte de pasajeros, referidas al transporte interurbano, al sistema Red Movilidad y al Grupo Pullman Bus. En particular, solicitaron revisar el criterio de aplicación del artículo 25 bis del Código del Trabajo respecto de los descansos de conductores plantearon inquietudes sobre condiciones laborales derivadas de procesos de licitación denunciaron eventuales prácticas antisindicales y situaciones de negociación colectiva irregular y expusieron incumplimientos en el pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, junto con otras materias relativas a condiciones de trabajo y seguridad. La Dirección del Trabajo recibió los antecedentes, distinguió las materias jurídicas, de fiscalización y de relaciones laborales, y orientó a los asistentes respecto de los canales institucionales competentes para su tramitación. La Dirección del Trabajo revisará los antecedentes recibidos, verificará el estado de tramitación de las presentaciones efectuadas |
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| Sujeto Pasivo | Gonzalo Mamani Blas | |||||
| Sujeto Pasivo | Juan Valenzuela Zúñiga | |||||
| Sujeto Pasivo | Oscar Barker | |||||
| Sujeto Pasivo | DANNY VILLARROEL | |||||
| Sujeto Pasivo | Rodrigo Fernando Vasquez Maturana | |||||
| Sujeto Pasivo | Juan Sandoval González | |||||
| Sujeto Pasivo | Daniel Vega Gallardo | |||||
| Sujeto Pasivo | Emilio Uteau La Fuente | |||||
| Sujeto Pasivo | Alejandra Riquelme | |||||
| Sujeto Pasivo | Juan Droguett Duarte | |||||
| 2026-06-18 10:00:00-04 | AL003AW2217573 | Sujeto Pasivo | Julio Alberto Toyos Llewellyn | Se sostuvo audiencia de lobby N 2217573 con representantes de Subus Chile S.A., don Julio Alberto Toyos Levelin, Gerente de Asuntos Públicos, y don Fabio Andrés Zorro Pinzón, Gerente de Operaciones y encargado de Relaciones Laborales. Por la Dirección del Trabajo participó Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico S. Los representantes de la empresa expusieron antecedentes sobre solicitudes de disolución de sindicatos de empresa e interempresa presentadas ante la Dirección del Trabajo, en el contexto de la reducción operacional de Subus tras el proceso de licitación del sistema RED. Manifestaron preocupación por la falta de pronunciamiento respecto de dichas solicitudes y por sus efectos laborales, operativos y económicos. Se indicó que las solicitudes de disolución sindical son procedimientos excepcionales cuya evaluación corresponde a las instancias competentes del Servicio. Se solicitó remitir los antecedentes de ingreso y seguimiento para verificar su estado de tramitación. Asimismo, se recomendó canalizar materias propias de relaciones laborales ante las unidades competentes. |
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| Sujeto Pasivo | Fabio Andrés Zorro Pinzon | |||||
| Sujeto Pasivo | Andres Ocampo | |||||
| 2026-06-15 12:00:00-04 | AL003AW2235753 | Sujeto Pasivo | Benjamín Astete | Por la Dirección del Trabajo asistieron Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico S Marta Donaire Matamoros, Jefa de la Unidad de Defensa Judicial Juan Fernández Mikacic, asesor del Director Nacional del Trabajo Maricel Ávalos Lobos, Jefa del Departamento de Estudios Carolina Carrasco Ureta, Jefa del Departamento de Tecnologías de la Información y Jesús Donari Cares, Jefe de Unidad del Departamento de Estudios. En la reunión, Resolbit presentó una propuesta orientada al uso de plataformas tecnológicas e inteligencia artificial para apoyar procesos de gestión, seguimiento y resolución de conflictos. Se revisaron funcionalidades relacionadas con automatización, gestión de casos, trazabilidad, análisis de información e interoperabilidad con sistemas institucionales. La reunión tuvo carácter informativo y no generó acuerdos de contratación ni decisiones institucionales respecto de las soluciones expuestas. |
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| Sujeto Pasivo | Luis Stange | |||||
| 2026-06-10 15:30:00-04 | AL003AW2235656 | Sujeto Pasivo | Benjamín Astete | Participaron, por Resolbit, Benjamín Astete y Felipe Stange. Por la Dirección del Trabajo asistieron Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico S Marta Donaire Matamoros, Jefa de la Unidad de Defensa Judicial y Alejandra Ansoleaga Vidal, encargada de Gestión del Departamento Jurídico. En la reunión, Resolbit profundizó la presentación de sus soluciones tecnológicas, exponiendo funcionalidades asociadas a automatización de procesos, inteligencia artificial, clasificación de casos, gestión de información y apoyo a la resolución de conflictos. Asimismo, presentó una propuesta preliminar orientada a abordar necesidades institucionales previamente planteadas por la Dirección del Trabajo en materias de gestión y atención de usuarios. |
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| Sujeto Pasivo | Luis Stange | |||||
| 2026-06-04 16:30:00-04 | AL003AW2235559 | Sujeto Pasivo | Benjamín Astete | Por la Dirección del Trabajo asistieron Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico S Marta Donaire Matamoros, Jefa de la Unidad de Defensa Judicial Marco Armesto Romero, abogado del Departamento Jurídico Luis Riesco Suárez, abogado del Departamento Jurídico Cristóbal Cerda Portal, profesional del Departamento de Gestión, Juan Fernández Mikacic, asesor del Director Nacional del Trabajo y Alejandra Ansoleaga Vidal, encargada de Gestión del Departamento Jurídico. En la reunión, Resolbit efectuó una presentación general de la empresa y de su experiencia en el desarrollo de plataformas tecnológicas para la gestión y resolución de conflictos, con especial referencia a mecanismos de resolución digital de disputas. Asimismo, expuso herramientas basadas en automatización e inteligencia artificial orientadas a la gestión de reclamos, denuncias y requerimientos de usuarios. La instancia tuvo carácter informativo y exploratorio. |
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| Sujeto Pasivo | Luis Stange | |||||
| 2026-06-04 11:00:00-04 | AL003AW2200427 | Sujeto Pasivo | JORGE ROJAS TOBAR | DERECHOS FUNDAMENTALES, PRACTICAS ANTICINDICALES. SEGURIDAD DE LOS CONDUCTORES Y USUARIOS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO. Publicación Se sostuvo audiencia de lobby N 2200427, solicitada por Jorge Rojas Tovar. Participaron por los solicitantes Jorge Rojas Tovar y York Rojas Castro, secretario del Sindicato STU. Por la Dirección del Trabajo participaron Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico, y Marta Donaire, Jefa de la Unidad de Defensa Judicial. Durante la audiencia, los representantes sindicales expusieron inquietudes relacionadas con denuncias y presentaciones efectuadas ante distintas oficinas de la Dirección del Trabajo respecto de situaciones que, a su juicio, afectarían derechos de trabajadores de la empresa STU Subus, incluyendo materias vinculadas a descuentos, reincorporaciones de trabajadores, representatividad sindical y estado de tramitación de denuncias ya ingresadas. Asimismo, solicitaron orientación respecto del seguimiento de dichas actuaciones y del estado de los procedimientos actualmente radicados en las Inspecciones del Trabajo competentes. Por parte de la Dirección del Trabajo se indicó que la audiencia de lobby no constituye una instancia para resolver casos particulares ni entregar asesoría jurídica específica, recomendándose efectuar seguimiento de las denuncias ante las Inspecciones del Trabajo correspondientes, actualizar los antecedentes disponibles y canalizar las materias a través de las unidades competentes. ACCIONES O SEGUIMIENTO Los solicitantes recopilarán y actualizarán los antecedentes relativos a las denuncias y procedimientos en tramitación para efectuar las gestiones correspondientes ante las Inspecciones del Trabajo competentes. Se indicó la posibilidad de solicitar nuevas audiencias con las unidades pertinentes de la Dirección del Trabajo una vez reunidos los antecedentes necesarios y determinada la naturaleza específica de las materias a tratar. Datos de contacto aportados durante la audiencia York Rojas |
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| 2026-06-03 11:00:00-04 | AL003AW2199208 | Sujeto Pasivo | Sebastián Sotelo | Colaboración público privada para la resolución de problemas, en particular para dar rápida respuesta a las solicitudes que atiende la DT y que hoy están a la espera de resolución. Presentación de la herramienta y detalle de funcionamiento. Resumen Reunión Se sostuvo audiencia de lobby N 2199208 con representantes de Resolbit, filial vinculada a la Cámara de Comercio de Santiago. Participaron, por la Dirección del Trabajo, Pablo Reyes Carreño, Jefe del Departamento Jurídico, junto a los abogados Marco Armesto y Luis Riesco. Por Resolbit asistieron Agustín Astete, Gerente General Félix Pineda, Gerente de Tecnología y Felipe Stange, responsable de implementación de soluciones de inteligencia artificial y proyectos especiales. Durante la audiencia, los representantes de Resolbit presentaron la experiencia de la empresa en el desarrollo e implementación de soluciones tecnológicas orientadas a la gestión, automatización y resolución de reclamos, controversias y conflictos. Asimismo, expusieron herramientas destinadas a optimizar la atención de usuarios, mejorar la clasificación y derivación de requerimientos, aumentar el autoservicio y apoyar la gestión de casos mediante procesos automatizados e inteligencia artificial. Los solicitantes pusieron a disposición del servicio su experiencia en materias de resolución digital de disputas y presentaron ejemplos de aplicación de estas tecnologías en organizaciones públicas y privadas. Asimismo, se revisaron, en términos generales, posibles aplicaciones de herramientas tecnológicas para apoyar procesos de atención, gestión de denuncias y tramitación de requerimientos institucionales. Por su parte, la Dirección del Trabajo informó el interés institucional existente en evaluar alternativas de modernización tecnológica para procesos sensibles vinculados a la atención de usuarios y gestión de denuncias, señalando que las materias expuestas se relacionan con necesidades que actualmente se encuentran en evaluación al interior del s |
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| Sujeto Pasivo | Benjamín Astete | |||||
| Sujeto Pasivo | Luis Stange | |||||
| Sujeto Pasivo | Freddy Pineda | |||||
| 2026-05-19 10:00:00-04 | AL003AW2190515 | Sujeto Pasivo | Raúl Fernández | Posible pronunciamiento sobre el correcto sentido y alcance del artículo 7 inciso 2 del Decreto 48 y 38 inciso 8 del Código del Trabajo respecto del descanso adicional anual en caso de suspensión de la relación laboral. TEMAS REVISADOS El solicitante, Sr. Raúl Fernández, expuso una consulta de carácter técnicojurídico sobre el sentido y alcance del artículo 7, inciso segundo del Decreto Supremo N 48 y del artículo 38, inciso octavo del Código del Trabajo, normas que entrarán en vigencia en 2028 en el marco de la ley de 40 horas. La consulta se centró específicamente en el mecanismo de devengo de los 9 o 4,5 días de descanso anual adicional que se establecen como compensación para los trabajadores sujetos a sistemas excepcionales de distribución de jornada y descanso, cuando estos excedan el nuevo límite de 40 horas semanales. El Sr. Fernández planteó la interrogante de si dicho descanso se devenga por la mera vigencia del contrato de trabajo asimilándose completamente al feriado anual del artículo 67 del Código del Trabajo o si, por el contrario, requiere la prestación efectiva de servicios durante el período, argumentando que la finalidad de la norma es compensar el trabajo efectivo sobre las 40 horas. Se hizo referencia al dictamen N 60108 de 2025, el cual asimila la naturaleza jurídica de este descanso al feriado anual, pero, según el solicitante, no resuelve explícitamente la forma de su devengo. Se destacó la importancia práctica de aclarar este punto, dado que las autorizaciones y renovaciones de jornadas excepcionales que se están gestionando actualmente tendrán vigencia cuando la nueva normativa entre en rigor. ACCIONES O SEGUIMIENTO 1. El Sujeto Pasivo orientó al solicitante a formalizar su consulta mediante una solicitud de pronunciamiento jurídico ante la Dirección del Trabajo. 2. Se indicó que en dicha solicitud se deben exponer los fundamentos técnicos, la historia de la ley y los eventuales efectos prácticos de la interpretación normativa, así como argumentar por qué el dictamen existente resultaría insuficiente o requeriría una complementación. 3. La Dirección del Trabajo, a través de sus unidades técnicas, revisará la solicitud de pronunciamiento para evaluar la necesidad de emitir un nuevo dictamen o reconsiderar la doctrina administrativa vigente sobre la materia. 4. Se informó que el análisis podría requerir la coordinación con otras unidades del servicio, como el Departamento de Inspección, y la ponderación de la opinión de otros actores relevantes, como organizaciones de trabajadores. |
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