Identificador |
AL003AW2237457 |
Fecha |
2026-07-15 11:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Los atiende el Jefe del Departamento Jurídico (S), por teams. |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Luis Campos | Gestor de intereses | CONFEDERACION NACIONAL DE TRANSPORTE PUBLICO CONFENARED | |
| Sebastian Andres Ortiz Alarcón | Gestor de intereses | Confederación Nac. de Transporte Público, CONFENARED | |
| Víctor Eduardo Fuentealba Toro | Gestor de intereses | Confederación Nac. de Transporte Público, CONFENARED |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Los representantes de la empresa expusieron la consulta jurídica formulada mediante presentación ingresada el 16 de junio de 2026, relativa a la aplicación del artículo 106 del Código del Trabajo respecto del personal embarcado. En particular, solicitaron un pronunciamiento sobre la posibilidad de imputar el pago de las denominadas horas extras garantizadas al recargo por exceso de jornada previsto en dicha disposición, exponiendo los antecedentes contractuales y convencionales que, a su juicio, respaldan dicha interpretación.<br /> Asimismo, manifestaron su preocupación por las eventuales consecuencias económicas que podría generar un pronunciamiento desfavorable y entregaron antecedentes sobre el contexto operacional de la empresa.<br /> Por parte de la Dirección del Trabajo se informó que la solicitud de pronunciamiento se encuentra en estudio por el Departamento Jurídico y que su resolución se efectuará conforme a la normativa y doctrina institucional vigente, pudiendo requerirse una fiscalización para verificar los antecedentes de hecho que sustentan la consulta. |