En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2025-08-22 11:25:00-04 | AU004AW1911652 | Sujeto Pasivo | Ronald Sanhueza | Se consultará acerca de la efectiva reconexión a la red de distribución eléctrica existente en zona concesionada por Frontel, del Centro de Manejo de Residuos Malleco Norte, interrumpida desde mayo de 2022. El punto de conexión corresponde a la planta ubicada en Km. 7,5 Ruta 182 Collipulli - Angol. NOTA: Por error de coordinación, no llegó link de reunión a las partes. Pero interesado concurrió personalmente a oficina SEC Bio Bio, donde se realizó la reunión. El Sr. Sanhueza expone el caso del Vertedero de Collipulli, que actualmente está funcionando con generadores, por la falta de suministro de parte de la empresa eléctrica FRONTEL. Manifiesta que en el caso de su reclamo 2500626-000405, la SEC emitió respuesta positiva, reconociendo el derecho de su cliente, a que se le restituya el servicio eléctrico por parte de FRONTEL, pero no establece instrucciones a la empresa para que efectue las obras necesarias para hacer efectivo este derecho. Como parte de los antecedentes del caso, se cuenta la emisión de instrucciones por parte de la SEC, un recurso de protección, fallado en favor de su representada, reconociendo que terceros producen el derribo de instalaciones de distribución de la empresa eléctrica. Señala que actualmente hay cambios en la seguridad del sector, al existir estado de emergencia y dotación militar en el acceso al vertedero y en la proximidad de la subestación Collipulli, por lo que la condición de seguridad del trazado, actualmente permite la reposición y continuidad del suministro. Siendo hechos notorios que ocurren con posterioridad al fallo del recurso de protección interpuesto en favor del vertedero, cuyas instalaciones siguen funcionando en base a generación Diesel, cuyo funcionamiento, de respaldo eléctrico, se está utilizando a régimen permanente con las complicaciones logísticas, costos y cambio de funciones declaradas en el proceso ambiental respectivo. Por parte de la SEC, se indica el conocimiento del caso, que en principio tiene la componente de quiebre del estado de derecho. Reconociendo como un hecho de importancia la existencia de protección derivada del Estado de Excepción Constitucional en la zona. Por lo que se propone que, ante la respuesta SEC, que le reconoce derechos al cliente, procede que la SEC regional emita una nueva instrucción a FRONTEL, para la restitución del servicio, ya sea mediante las redes existentes o adoptando otras soluciones de trazado o ubicación que la propia empresa ha implementado en otras zonas de la región. Se concuerda en que la presentación deba ser ingresada por Oficina de Partes, solicitando la adopción de medidas para hacer efectivo el derecho que le reconoce la respuesta SEC a su reclamo. Adicionalmente se informa sobre otras materias normativas de tipo general, asociadas a la NTCS 2024 y la obligación de servicio en zonas de concesión. |
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Sujeto Pasivo | Manuel Cartagena Segura | |||||
2025-08-13 10:30:00-04 | AU004AW1905591 | Sujeto Pasivo | Daniel Gomez | Hurto de Energía en Frontel. NOTAS: FRONTEL expone la situación de viviendas conectadas a sus redes de distribución, sin equipo de medida. Los que corresponden a casos de hurto de energía atomizado y que en estudios realizados mantienen la pérdida de no técnica de la empresa en niveles históricos. De acuerdo a estudios geoespaciales realizados, la cifra total de no clientes conectados a sus redes, supera los 46.600 servicios, con un consumo de 271 GWh asociados a hurto de energía. De acuerdo a esta situación, y ante la imposibilidad de judicializar todos los casos, proponen a la SEC la normalización de los servicios en base a un estándar de empalme de faena, dedicado a estas viviendas. Con un piloto en la comuna de Puerto Saavedra. Donde la cifra de no clientes supera las 300 familias. Agregando que en ese sector hay un alto nivel de interrupciones derivadas de sobrecarga, producida por el alto nivel de conexiones ilegales a las redes de Frontel. En este piloto la empresa instala el empalme y tablero adosado, con limite de potencia a 3 kW. Y el cliente adquiere el compromiso de normalizar en los 18 meses de duración del empalme eventual. Con la fórmula de rutificación de las deudas, en lugar de la fórmula reglamentaria de radicación de la deuda en el inmueble. Lo anterior en un acuerdo de tipo civil. La problemática de no clientes, fue planteada en SEC Santiago y se derivó la gestión del caso a Bio Bio y Araucanía, siendo esta reunión la segunda realizada respecto de este tema. De parte de la SEC, se indica que la fórmula de rutificación de las deudas fue utilizada en campamentos en la región de los Lagos, permitiendo normalizar unas 1400 viviendas, y se realizó con inversión de la empresa, incluyendo instalaciones interiores, TE1 y Empalme. Se solicitó que en el propio contrato de rutificación de la deuda se deje establecida la responsabilidad del propietario, de normalizar sus instalaciones interiores, y se hace presente la necesidad de evaluar que los plazos de conexión regular de clientes, está siendo muy extenso y complejo para los usuarios. Tema que puede redundar en incentivos a conectarse irregularmente. Se acuerda que la empresa formalizará la propuesta de normalización y la SEC Araucanía y Bio Bio apoyarán el proceso de conexión en los casos de resistencia de parte de los clientes. Aquellos casos de tipo “emblemáticos” se concuerda en la necesidad de judicializar. Y en los casos de resistencia a la normalización, la SEC puede apoyar la gestión con los propietarios, en base a la intervención regular ya descrita en oficio de podas y de mantenimientos. Finalmente se concuerda en la necesidad de abordar los casos de campamentos en conjunto con SERVIU, citando los casos de campamentos de Lota y Coronel, entre los que tienen un mayor volumen y de gestión previa de parte de FRONTEL. |
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Sujeto Pasivo | Patricio Saéz Lara | |||||
Sujeto Pasivo | Claudio Arias | |||||
Sujeto Pasivo | Miguel Palacios | |||||
Sujeto Pasivo | Carolina Mella Ortiz | |||||
Sujeto Pasivo | Manuel Cartagena Segura | |||||
Sujeto Pasivo | Álex Fuentes Ramírez | |||||
Sujeto Pasivo | Victor Fuentealba | |||||
2025-08-12 09:30:00-04 | AU004AW1903144 | Sujeto Pasivo | José Alejandro Nahuelpi Alvarez | Objetivo -Tema a tratar: Pérdidas y Hurto de energía en la Región. - Se requiere en lo posible que sea una reunión presencial. -Temas relevantes en material de calidad de servicio en la región de La Araucanía NOTAS: CGE expone la situación de pérdidas no técnicas que afectan a la empresa, destacando que desde 2019, se han incrementado a nivel de la empresa. Alcanzando niveles históricos que bordean el 14 % Por lo que mantiene foco en la gestión de este tipo de casos. Consulta en lo general cuelss on los caminos que pueden aborar como empresa para la gestión de estos casos. De parte de la SEC, se les comenta que se han realizado normalizaciones de campamentos (los que tienen comités con SERVIU), para la normalización e instalación de medidores, resolviéndose la radicación de las deudas en el inmueble, por un contrato de rutificación de las deudas. Lo que permite que el vecinos comprenda que se le adelanta el empalme de su nueva vivienda, y se lleva su historial y gestión de pagos a su nueva vivienda, cuando ésta se concrete. Esto permite a la vez: a) Limitar el consumo por vivienda, al quedar instalado un limitador individual. b) Reducir el impacto de la pérdida general del campamento. En cuanto a la situación de campamentos que tienen la vivienda en proceso de psotulación sERVIU, esta gestión ermite agregar seguridad eléctrica a los campamentos y por otra parte reducir el nivel de pérddas, al limitarse los consumos bajo la fórmula de rutificación, que permite que la SEC pueda apoyar la gestión de las comunidades. Se señala la disposición de la SEC a apyar este tipo de gestiones. |
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Sujeto Pasivo | Andrés Leonardo Cofré echeverría | |||||
Sujeto Pasivo | Manuel Cartagena Segura | |||||
Sujeto Pasivo | Álex Fuentes Ramírez | |||||
2025-07-28 12:00:00-04 | AU004AW1877620 | Sujeto Pasivo | Patricio Concha | Por los continuos cortes de luz de las empresas que prestan servicios en el sector de Los Coihues y Vegas de Lessio (comuna de Villarrica), la demora de días en la reposición del servicio y bajas de voltaje que no permiten utilizar electrodomésticos y maquinarias. Este problema se arrastra de meses ya años hacia atrás. Hemos recurrido a esta instancia para ver soluciones a través de ustedes, para poder buscar soluciones definitivas a estos problemas. Reunión de Lobby realizada acorde a lo programado. 12:00 a 12:29 hrs. Presidente de la JJVV Los Copihues, con las empresas SAESA y CGE, por continuos cortes de suministro y demora en la reposición del servicio. Asiste representante del sector Vegas de Lesio. Indica que producto de una reunión con el ex director se planteó el problema, y se solucionó por un tiempo. El problema de los reclamos es de conectividad en la zona y por brecha digital. Faltan herramientas para ejercer sus derechos. Si la JJVV puede utilizar radio, porque internet se corta. Los cortes volvieron y el voltajes es insuficiente. Se corta la energía y la conectividad telefónica se acaba. Lo que dificulta el presentar reclamos y siquiera informar sobre la ausencia del servicio. Por lo que esperan contar con mayor información sobre como reclamar. Por parte de SEC, se informa a los vecinos que el canal para presentar este tipo de situaciones es a través de reclamos, en que la empresa debe dar las primeras respuestas. Por lo que se les pide si pueden gestionar con el municipio la suscripción de convenio de colaboración, para poder llegar con información a la comuna y en especial a la JJVV que solicitó la reunión de lobby. Por lo anterior se compromete al envío del formato de Convenio y se indica la posibilidad de activarlo a la brevedad posible. En cuanto a la fiscalización del sector, se coincide en que los sectores rurales tienen mayor afectación y que es una materia que las empresas deben resolver para prestar servicios de mayor calidad. Se cierra la reunión a la espera de la formalización de reclamos y de la acogida de parte del municipio en la gestión de un convenio municipal que de solución a la falta de canales de recepción de reclamos en la comuna. Por parte del municipio participa la Sra. Gloria Novoa, gabinete@munivillarrica.cl |
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Sujeto Pasivo | Cecilia Romero Coliman | |||||
Sujeto Pasivo | Maria Lanquiman | |||||
Sujeto Pasivo | Hernan Alvarado | |||||
Sujeto Pasivo | Patricio Concha | |||||
Sujeto Pasivo | Manuel Cartagena Segura | |||||
Sujeto Pasivo | Victor Fuentealba | |||||
2025-07-28 10:00:00-04 | AU004AW1882726 | Sujeto Pasivo | RODRIGO HERMOSILLA CARDENAS | Quiero que se me otorguen respuestas a mis reclamos ante la Super Intendencia de Electricidad y Combustible.... Reunión de Lobby realizada acorde a lo programado. 10:01 a 10:30 hrs. Se verifica único asistente, Sr. Rodrigo Hermosilla. Señala que realizó tres reclamos a SEC y a CGE por tres departamentos ubicados en Temuco. Por deuda no radicada en el inmueble. La empresa le responde en primera instancia, indicándole no ha lugar, Le piden antecedentes que ya había aportado en sus reclamos, Entre ellos certificados de dominio vigentes, y contratos de arriendo, en circunstancias en que ya habían sido entregados. Dada la exigencia de antecedentes que no compartía, recurrió a la SEC, en la ciudad de Temuco. Intentó ingresar en Temuco y la Secretaria le habría hecho presente los antecedentes no entregados a la empresa, y que por lo tanto no correspondía ingresar el reclamo. Pese a lo que se indicaba en la respuesta de la SEC que le daba la oportunidad de recurrir a SEC en caso de disconformidad con lo resuelto por la empresa distribuidora. Por lo anterior volvió a Valdivia, donde reside, y se le recepcionaron los antecedentes, y que se derivarían a Temuco. Pero revisando la página, sus reclamos no se habrían ingresado, indicándosele nuevamente que no correspondía el ingreso. Según lo anterior el recamo ingresó a la plataforma desde la oficina de Valdivia. De los tres reclamos, se presentaron con los mismos antecedentes, por lo indicado en el Decreto 327 art 145, 146 y 147, los reclamos fueron ingresados y se abrieron en plataforma. Pero se cerró un reclamo por duplicidad de reclamos, lo que no es efectivo. Confundiendo los departamentos 12D y 12G, que se ubican en edificios distintos. Posteriormente realizó el ingreso por vía telefónica. Aclarando con la analista la situación. El departamento 33 se le acogió el reclamo y se instruyó a la empresa eliminar la deuda con intereses. El otro reclamo, por el departamento 12-D, fue rechazado lo que le parece absurdo. Al repetirse los mismos antecedentes. Con respuesta opuesta, deduciendo un reclamo presentándose recurso de reconsideración por el dpto 12-D sin respuesta a la fecha. El que entiende se habría cerrado en el sistema. Luego aparece una serie de confusiones, al respondérsele otros reclamos presentados a SAESA, por otras personas, lo que confundió aún mas la situación. Actualmente solo tiene la respuesta del departamento 33 y la empresa desobedece lo resuelto, solo reduciendo la deuda cobrada, rebajándola desde los mas de 4 millones iniciales, a $800.000 y luego se desdice del monto cobrado originalmente. Por parte de la SEC se le indica que se reforzó con el personal la situación de recepción de los reclamos, explicando el requerimiento de antecedentes para un mejor destino del reclamo. Por lo que se solicitaron als disculpas correspondientes. En el caso de la atención de Valdivia, se debió haber ingresado el reclamo desde la plataforma, al existir la facultad de hacerlo desde cualquier parte de Chile. En cuanto a la confusión de departamentos, considerando erróneamente una duplicidad de reclamos, se solicitan las disculpas del cs, lo que se atribuye a un error involuntario del analista. Finalmente se hace presente que la situación está abordada desde la unidad jurídica, debido a la presentación ante Contraloría, haciendo presente que las situaciones descritas no tienen por intención el desconocer los derechos del cliente, sino que se deben a errores involuntarios, atribuidos al numero de incidentes asociados al mismo usuario. También se explica que la no radicación de las deudas, generadas por terceros siempre mantiene una fracción de la deuda como radicada, que corresponde a los primeros 45 días de consumo, desde la cual la empresa pudo realizar el corte del servicio. Sobre las deudas generadas en pandemia, efectivamente hay un plazo en la la Ley impidió los cortes de suministro, materia que debe analizar la división jurídica en este caso. Solicitante pide resolver cuanto antes los reclamos, ya que carece de suministro y en esa condición se ha producido un perjuicio, al no poder arrendar los inmuebles que se encuentran sin luz, comentando que en 2018 pidió el corte del servicio y la empresa no accedió, sin embargo, ahora mantiene cortado el suministro. 10:30 hrs finaliza la reunión. |
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2025-06-23 11:00:00-04 | AU004AW1486726 | Sujeto Pasivo | Cecilia Beltrán | Objetivo Informar situaciones de no acceso para la gestión de poda y resguardo de la infraestructura eléctrica. NOTAS: Reunión de Lobby no realizada. Previo a la reunión se recibe correo electrónico de parte de la empresa, solicitando cambio de fecha. |
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Sujeto Pasivo | José Alejandro Nahuelpi Alvarez | |||||
2025-06-23 09:30:00-04 | AU004AW1863664 | Sujeto Pasivo | Héctor Vera Arias | La Inmobiliaria Brisa Marina Spa, rut 76448965-9 esta en etapa de terminación de un proyecto inmobiliario 68 viviendas en calle los castaños 153 Hualqui. Se ingresa proyecto a la distribuidora para visado y valorización de la red interior... pero hasta la fecha no se ha tenido respuesta de la carpeta ingresada. Las viviendas están prácticamente terminadas y todavía no hay solución al tema de la red interior. lo que se esta transformando en un problema social. Se presentó un reclamo 250505-000787 que está en curso y se desea conversar al respecto. NOTAS: Reunión de Lobby realizada acorde a lo programado. 09:30 a 10:12 hrs. Reunión realizada vía TEAMS, con registro en plataforma. Se confirma los asistentes registrados a la reunión. Por parte de la SEC asiste Manuel Cartagena, Director Regional SEC Bio Bio. Inmobiliaria Villa Marina, desarrolló primera etapa con redes subterráneas, teniendo dificultades para su conexión y trámite ante CGE. En etapa 2 se decidió urbanización aérea, y en proceso de factibilidad la empresa le respondió con un requerimiento de solicitud de valorización de la red, por existir copropiedad. Desde SEC central se resolvió ha lugar el reclamo de la inmobiliaria y se fijó un plazo de 30 días para presentar un plan de trabajo. El requirente verifica (en SEC Bio Bio) que CGE no ha presentado recurso de reposición en contra de lo resuelto. La inmobiliaria pide la valorización de una red interior, con medidores adosados en cada lote, esperando el cobro de aportes reembolsables de parte de CGE. Atendido lo informado por la empresa. Por parte de la SEC, se les informa que la empresa tiene obligación de servicio en su zona de concesión, debiendo ingresar con las solicitudes de conexión, la autorización del condominio o comunidad. En este punto se explica que la NTCS ya se puso en el caso de que existiera copropiedad, sin limitar la obligación de la empresa en el caso de condominios. Situación que cambia con la NTCS de 2024, en que se expresó el impedimento de ingresar a loteos por parte de las distribuidoras. Por lo anterior, se recomendó formalizar la solicitud de conexión de las viviendas para detonar los plazos de conexión de parte de la empresa, de acuerdo a la NTCS vigente al momento de solicitar la factibilidad de suministro. |
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Sujeto Pasivo | CARLOS EDUARDO SOLIS CARO | |||||
Sujeto Pasivo | Manuel Cartagena Segura |