Identificador |
AU004AW1911652 |
Fecha |
2025-08-22 11:25:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Oficina Regional SEC Bio Bio. O'Higgins Poniente N° 77, Concepción |
Duración |
0 horas, 55 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Ronald Sanhueza | Gestor de intereses | Consorcio Cosemar y William Ives | |
Manuel Cartagena Segura |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Se consultará acerca de la efectiva reconexión a la red de distribución eléctrica existente en zona concesionada por Frontel, del Centro de Manejo de Residuos Malleco Norte, interrumpida desde mayo de 2022. El punto de conexión corresponde a la planta ubicada en Km. 7,5 Ruta 182 Collipulli - Angol.<br /> <br /> NOTA:<br /> Por error de coordinación, no llegó link de reunión a las partes. Pero interesado concurrió personalmente a oficina SEC Bio Bio, donde se realizó la reunión.<br /> El Sr. Sanhueza expone el caso del Vertedero de Collipulli, que actualmente está funcionando con generadores, por la falta de suministro de parte de la empresa eléctrica FRONTEL. <br /> Manifiesta que en el caso de su reclamo 2500626-000405, la SEC emitió respuesta positiva, reconociendo el derecho de su cliente, a que se le restituya el servicio eléctrico por parte de FRONTEL, pero no establece instrucciones a la empresa para que efectue las obras necesarias para hacer efectivo este derecho.<br /> <br /> Como parte de los antecedentes del caso, se cuenta la emisión de instrucciones por parte de la SEC, un recurso de protección, fallado en favor de su representada, reconociendo que terceros producen el derribo de instalaciones de distribución de la empresa eléctrica.<br /> <br /> Señala que actualmente hay cambios en la seguridad del sector, al existir estado de emergencia y dotación militar en el acceso al vertedero y en la proximidad de la subestación Collipulli, por lo que la condición de seguridad del trazado, actualmente permite la reposición y continuidad del suministro. Siendo hechos notorios que ocurren con posterioridad al fallo del recurso de protección interpuesto en favor del vertedero, cuyas instalaciones siguen funcionando en base a generación Diesel, cuyo funcionamiento, de respaldo eléctrico, se está utilizando a régimen permanente con las complicaciones logísticas, costos y cambio de funciones declaradas en el proceso ambiental respectivo.<br /> <br /> Por parte de la SEC, se indica el conocimiento del caso, que en principio tiene la componente de quiebre del estado de derecho. Reconociendo como un hecho de importancia la existencia de protección derivada del Estado de Excepción Constitucional en la zona. Por lo que se propone que, ante la respuesta SEC, que le reconoce derechos al cliente, procede que la SEC regional emita una nueva instrucción a FRONTEL, para la restitución del servicio, ya sea mediante las redes existentes o adoptando otras soluciones de trazado o ubicación que la propia empresa ha implementado en otras zonas de la región.<br /> Se concuerda en que la presentación deba ser ingresada por Oficina de Partes, solicitando la adopción de medidas para hacer efectivo el derecho que le reconoce la respuesta SEC a su reclamo.<br /> <br /> Adicionalmente se informa sobre otras materias normativas de tipo general, asociadas a la NTCS 2024 y la obligación de servicio en zonas de concesión. |