En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2025-01-16 09:00:00-03 | CT001AW1738079 | Sujeto Pasivo | Carolina Guzmán | cuestiones relacionadas con el ejercicio del derecho de acceso a la información | Ver Detalle | |
2024-09-04 12:00:00-04 | CT001AW1651173 | Sujeto Pasivo | Luis Del Solar | Con el fin de explorar mecanismos de transparencia y protección del derecho de acceso de información en el proyecto de ley de Inteligencia Artificial. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Francisco Nieto | |||||
Sujeto Pasivo | Sebastián Valenzuela | |||||
2024-08-28 10:00:00-04 | CT001AW1648529 | Sujeto Pasivo | Luis Del Solar | Inquietudes sobre el registro adecuado de las audiencias sostenidas, en el marco de la ley de lobby. En particular, falta de registro de las audiencias en conformidad con la ley, e inconsistencias en las materias publicadas en la plataforma del lobby, en el contexto de las audiencias sostenidas (asistentes, materia, entre otras). Posibilidades y espacios de mejora. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Ximena Alexandra contreras serrano | |||||
2024-08-19 11:00:00-04 | CT001AW1634858 | Sujeto Pasivo | Carlos Vergara | 1.- Tratado de Escazú y necesidad de incluirlo en la aplicación práctica de la Ley de Acceso a la Información Pública. El 25 de Octubre 2022 entró en vigencia el Tratado de Escazú de "Acceso a la Información, La Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe". https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1183363 El Tratado de Escazú garantiza en acceso a la información de una manera mas amplia y previa a la decisión final en el asuntos ambientales, como el caso de Instrumentos de Planificación Territorial. Ello vino a ampliar el ambito mas limitado de acceso especificado por la Ley de 20.285 de Acceso a la Información Pública (diario oficial 20 de Agosto 2006), establece el privilegio deliberativo que impide la entrega de información antes de adoptar una decisión. 2.- Necesidad de que quede copia de las respuestas a solicitudes de acceso a la información que fueron enviadas como link para descarga (los que muchas veces vencen al cabo de unos pocos días) En su artículo 1 establece "El objetivo del presente Acuerdo es garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación". |
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Sujeto Pasivo | Gastón Lux | |||||
2024-06-21 12:00:00-04 | CT001AW1605307 | Sujeto Pasivo | Lorena Oriana Moreira Araya | Junto con saludarle cordialmente la siguiente solicitud de Audiencia remota o presencial (dependiendo de las posibilidades de viaje a Santiago) surge por la amplia constatación de la presencia de gravísimos vicios de procedimientos en la Decisión de Amparo C12798-23; cuyo tratamiento del caso de origen (SAI AI003T0001940) hasta aquí, además, ha estado caracterizada por un sin número de circunstancias que, han forzado, por ejemplo, la implementación de correcciones por parte del Consejo, para resarcir. Es el caso de la REVOCACIÓN DE DECISIÓN DE INADMISIBILIDAD que debió adoptar el CPLT en la sesión ordinaria N° 1412, celebrada el 21 de diciembre de 2023. Otras le preceden. En este caso puntual, probablemente el vicio de procedimiento más evidente en la Decisión de Amparo C12798-23 es que: en la solicitud para proveer información que el CPLT le hace al organismo reclamado [en la parte que acoge el amparo (pág. 9, numeral 6), desde la parte que dice: “…y otro del 06 de julio; junto a otras más] lo hace considerando un período distinto al contemplado en la SAI original. Esa extensión - absolutamente injustificada de los tiempos - NO FORMAN PARTE DE LA SAI AI003T0001940, hecho que viene a invalidar la Decisión de Amparo, por lo menos en todas las decisiones particulares que la afectaron. Además, no se justifica, por qué el Consejo realiza una evaluación de los antecedentes enviados por la parte reclamada (en lo fue la segunda instancia de contestación que le fue otorgada); y, no respecto a la Minuta de respuestas que la CAJVal enviada formalmente el 08 de noviembre. De hecho, ni siquiera se cita aquella Minuta de respuestas en la Decisión de Amparo C12798-23. Lo gravísimo es que no se incluyó como antecedente de respuestas formal, en circunstancias que lo fue. Destacar que, precisamente dichas respuestas a esa Minuta dieron origen a mi detalladísimo INFORME, RESULTADO DE REVISIONES Y COTEJOS A CONTESTACIÓN DE LA CAJVal. Le solicito a usted puedan estar en la audiencia todas las personas que participaron en el tratamiento de mi Caso. Le solicito, especialmente, considerar la destinación de un plazo razonable, en razón de la complejidad y máxima gravedad de los asuntos a tratar. Todavía más de los descritos en esta ocasión. Me despide de usted, a la espera de una favorable acogida. - SONIA ARAYA BACHO |
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2024-06-11 10:00:00-04 | CT001AW1598548 | Sujeto Pasivo | Mario Ruminot | Solicito a la sra ana muñoz que me de claridad por lo que no me dan trasparencias el minvu minusterio de justicia y municipalidad del tabo | Ver Detalle | |
2024-04-10 11:00:00-04 | CT001AW1552296 | Sujeto Pasivo | marcelo chavez velasquez | CONSULTAR RESPECTO A LA FORMA DE IMPLEMENTACION DE LAS MEDIDAS ORDENADAS POR EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA HACIA LA CORPORACION REGIONAL DE DESARROLLO DE LA REGION DEL BIOBIO. | Ver Detalle | |
2024-04-10 10:00:00-04 | CT001AW1539782 | Sujeto Pasivo | Miguel Fredes | Analizar los efectos del contencioso administrativo AS002T0000511 en que la Corte de Apelaciones de Santiago, ordenó a Cochilco cumplir la decisión del Consejo, junto a analizar la implementación del Acuerdo de Escazú en las decisiones del Consejo. | Ver Detalle | |
2023-08-17 15:00:00-04 | CT001AW1389233 | Sujeto Pasivo | Lorena Oriana Moreira Araya | Estrictamente no aplica ninguna de las opciones descritas en 4. La materia a tratar dice relación a eventuales (y potencialmente graves) vicios administrativos presentes en la decisión de Amparos: ROLES C3055-23 y C3860-23, informado a través del OFICIO N° E16351. |
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2023-07-26 15:00:00-04 | CT001AW1375927 | Sujeto Pasivo | Jacques Mora | Solicitamos esta reunión para exponer hechos relacionados al amparo ROL C1059-23, que de acuerdo a la página del CPLT se encuentra en estado de respuesta del órgano requerido. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Ignacio Ramírez | |||||
Sujeto Pasivo | Paola Cornejo Segovia | |||||
Sujeto Pasivo | Rodrigo Muñoz Echeverría | |||||
2023-03-21 11:30:00-03 | CT001AW1288690 | Sujeto Pasivo | Patricio Wolff | Diseñamos un sistema de Tarjado automático de información personal e información sensible de altos volúmenes de datos solicitados por transparencia. Este sistema ha sido utilizado por el MINSAL y por el Ministerio del Interior en solicitudes de Correos electrónicos a autoridades. El sistema permitió hacer factible estas entregas en tiempo y forma. Nos gustaría compartir las capacidades que hemos desarrollado y los hallazgos que hemos tenido en el proceso. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Constanza Contreras | |||||
2023-03-17 10:30:00-03 | CT001AW1280681 | Sujeto Pasivo | Rodrigo Soto | Presidente del Consejo Para la Transparencia Señor: Francisco Leturia Infante Presente Esperando se encuentre bien, su familia y suyos. Luego de la ritualidad. He revisado muy felizmente los avances del CPLT bajo su dirección. Sobre manera las resoluciones en orden de entrega de balances contable de las Corporaciones municipales en nuestro país. Lo cual es una incubadora de corrupción a mi gusto. Dicho lo anterior. La intención de solicitar la presente audiencia directamente con su persona es tener conocimiento directamente del presidente del: Consejo Para la Transparencia. De la lectura que hace este órgano tan trascendental del estado de la: Ley Modelo Interamericana 2.0 Sobre Acceso a la Información Pública y muy especialmente del: Control de Convencionalidad Difuso. El último lo acompaño expresamente: https://www.corteidh.or.cr/sitios/libros/todos/docs/cuadernillo7.pdf https://app.box.com/s/7e6r89fmc5kznykrqomas8ugh6jrr2hk El segundo es un archivo que prepare hace dos años. Que auna sentencias de la Corte IDH expresamente de dicho herramienta jurídica llamada: " Control de Convencionalidad Difuso". Puesto que hace poco termine un diplomado de DESCA. Me encantaría conversar y debatir los desafíos. Al implementar estos cuerpos normativos que citos. El control de convencionalidad difuso. Se sustenta en los artículos 8, 25, 29 en relación de los artículos 1.1 y 2 de la CADH. Aún cuando teniendo presente que la Corte IDH. Ingreso la igualdad ante la ley a las normas de: ius cogens. El artículo 24 sin lugar a dudas debe ser parte del latamente presentado señor: Control de Convencionalidad Difuso. Corolario a lo anterior revisada la jurisprudencia del: Cplt no he divisado que se aproximen a lo presentado. Lo cual sin lugar a dudas es y será tremendamente enriquecedor. Cómo sabrá nuestra Excelentísima Corte Suprema se ha referido incluso definió expresamente que se entiende, por: Control de Convencionalidad. Al igual que el Tribunal Constitucional en la sentencia rol 2493-2013 en sus considerandos 6 y 7 que cito, se dió una lectura notable del control jurídico nacido en los estados y sentado , por el juez García en la Corte IDH. Los juristas han entendido de mala forma dicho control. Cómo un control tremendamente limitado. Reiterando que la igualdad de armas es parte de las normas de ius cogens. Normas que todo lo destruyen o en su defecto producen la nulidad absoluta. Por tanto a dicho control se le adiciona un elemento central al analizar los analizar los artículos 8 y 25 de la CADH. Pues en todo proceso debe existir la igualdad de las partes. Veo al CPLT como un órgano vital en un estado democrático, por tanto la presente audiencia que presentó le doi una tremenda altura. Pues el órgano que dirige su persona tiene efectos replicadores en los demás órganos y poderes del estado. Me despido muy cordialmente., Muy Atentamente a Usted., Rodrigo Emilio Soto Lizana Diplomado DESCA |
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2023-03-14 15:30:00-03 | CT001AW1259551 | Sujeto Pasivo | Oscar Contreras | Por Oficio N°E16961 de 2 de septiembre de 2022, se me notificó la decisión recaida en Amparo Rol C-4398-2022, en virtud del cual se acogía totalmente mi amparo, ordenando a la Municipalidad de Lo Barnechea a entregar Copia de las actas completas de los Consejos Municipales N°187 de 1997, N°199 de 1997, N°215 de 1997 y N°218 de 1997, con sus respectivos acuerdos y cualquier otro documento complementario u anexo que se haya presentado en tales Consejos. Hasta la fecha la municipalidad no ha cumplido con la entrega de la información, estando pendiente que los antecedentes pasen a la unidad de sumarios para aplicar las sanciones correspondientes | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Oscar Contreras | |||||
Sujeto Pasivo | Catalina ANDRADE | |||||
2023-01-20 11:00:00-03 | CT001AW1211320 | Sujeto Pasivo | José Olguín | Estimada, buenas tardes. Favor su asistencia con breve reunion para discutir reiterados reclamos por no entrega de informacion que resultan en nada por que pasa demasiado tiempo y no es analizado en profundidad ni tampoco cumplidas sus propios plazos ni sanciones estipuladas en distintos documentos. |
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2023-01-20 11:00:00-03 | CT001AW1260885 | Sujeto Pasivo | José Olguín | Estimada buenas tardes. El motivo de audiencia es debido a multiples cierres de casos en amparo que son previamente acogidos parcial o totalmente. Con incumplimiento de plazos e insuficiencia de informacion solicitada, cumpliendo este amparo mas de 6 meses estos se cierran y sigo sin los fundamentos para actos administrativos en especifico mentiras y alteracion de la realidad en oficios emitidos por el municipio denunciado que nos afectan directamente. Mayor profundidad en el asunto se lo haré saber en la propia reunion |
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2022-11-11 09:30:00-03 | CT001AW1228323 | Sujeto Pasivo | Marcela Solís Mansilla | Pronunciamiento CPLT. Oficio N°E19319/05-10-2022 | Ver Detalle | |
2022-11-02 12:00:00-03 | CT001AW1222884 | Sujeto Pasivo | Claudia Andrea Contreras Urzúa | Conversar sobre la celebración de un convenio de colaboración entre el Consejo para la Transparencia y la Corporación del Gobierno Regional, y seguir así la iniciativa de otras corporaciones regionales de celebrar convenio con el Consejo | Ver Detalle | |
2022-10-28 09:30:00-03 | CT001AW1219902 | Sujeto Pasivo | Carolina Guzmán | INFRACCION DE RESERVA DE IDENTIDAD EN DENUNCIA PRESENTADA CON ESA CALIDAD EN SUPEREDUC Y SIN TARJAR DATOS SENSIBLES (Y DESACATO POR PARTE DE DICHA INSTITUCION DE LO ORDENADO POR AUTORIDAD) | Ver Detalle | |
2022-10-21 10:00:00-03 | CT001AW1218939 | Sujeto Pasivo | Claudio Santibáñez | Debido a la gran magnitud de solicitudes recibidas por portal de transparencia pasiva y en evidencia que dichas solicitudes son realizadas por una persona que usa seudónimos o nombres falsos, se requiere audiencia urgente para determinar las acciones a seguir en dicha materia. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Roberto Hidalgo | |||||
Sujeto Pasivo | David Matta | |||||
2022-08-23 15:00:00-04 | CT001AW1182552 | Sujeto Pasivo | Eduardo Rubilar | Se desea solicitar información sobre los mecanismo de elaboración, control, fiscalización y buen funcionamiento de una corporación municipal | Ver Detalle | |
2022-08-10 15:00:00-04 | CT001AW1172483 | Sujeto Pasivo | Sergio Tudesca | Hojas de vida del Ejército y su incorporaciòn a la ley de inteligencia a travès de cartilla de la instituciòn | Ver Detalle | |
2022-06-29 15:00:00-04 | CT001AW1148526 | Sujeto Pasivo | Claudia Morales | Saludar y presentarnos antes el nuevo presidente del Consejo y plantear nuestra preocupación al Consejo para la Transparencia sobre la falta de información entregada con respecto a los resultados de fondos concursables para el financiamiento de programas de reinserción educativa. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Liliana Elizabeth Cortés Rojas | |||||
Sujeto Pasivo | Daniela Barrera | |||||
Sujeto Pasivo | Vanessa Mac-Auliffe Milos | |||||
2022-05-24 15:00:00-04 | CT001AW1132571 | Sujeto Pasivo | Gabriela Kreft | Junto a Bci, estamos realizando un estudio sobre el desafío de abordar la protección de datos, un tema cada vez más relevante para la sociedad, en el contexto digital que estamos viviendo. Es por esto, que queremos explorar las percepciones de diversos grupos de interés sobre la protección de datos, e identificar cómo ven sus alcances y riesgos, y también las oportunidades que presenta. Con el levantamiento de esta información buscamos identificar los desafíos para el mundo financiero. |
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2022-05-11 15:00:00-04 | CT001AW1119104 | Sujeto Pasivo | Catalina Gaete | Poner en conocimiento al Consejo acerca de información que no se tuvo a la vista para la resolución de los amparos C588-21 y C949-21, con respecto a solicitudes realizadas al Hospital Regional de Coyhaique. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Pablo Ramírez | |||||
2022-04-27 16:00:00-04 | CT001AW0933048 | Sujeto Pasivo | Ninfa Iris Muñoz Cortés | Solicitamos orientación para proceder con un alto numero de peticiones de un solo usuario ,que en formas sostenida en el tiempo ha ido aumentando sus requerimientos. Actualmente ha ingresado 44 requerimiento, de los cuales 20 solicitudes se encuentran con prórrogas simultaneas, no obstante, se hace imposible responder, sin hacer abandono de las tareas propias de los funcionarios. A la fecha el Consejo para la Transparencia no ha aceptado los argumentos institucionales para denegar información y no tenemos capacidad humana para responder en los tiempos que la normativa exige. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Marcia Monsalves | |||||
Sujeto Pasivo | Jorge Barrionuevo Sierralta | |||||
Sujeto Pasivo | Diana Oviedo Angel | |||||
Sujeto Pasivo | Giannina Patricia Vega Guerra | |||||
2022-04-14 15:00:00-04 | CT001AW1102800 | Sujeto Pasivo | Gabriel Reyes | Solicitar información respecto del cumplimiento del requerimiento en reclamo c2059-21, seguido ante el Consejo. | Ver Detalle | |
2022-02-23 03:00:00-03 | CT001AW1075744 | Sujeto Pasivo | Verónica Cárdenas | Exceso de solicitudes de acceso a la información de parte de un solo usuario, que lamentablemente ha llevado a los funcionarios a abocarse a esta labor casi de manera exclusiva. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Luis Macías | |||||
2022-01-19 10:00:00-03 | CT001AW1056136 | Sujeto Pasivo | JORGE CONDEZA NEUBER | Acciones para lograr que la Fundación Imagen de Chile entregue información solicitada en los últimos 2 años e acuerdo a los amparos 5971+5938+5780+5623+4306+3859+1565 del 2021 y 4716-20. Este Consejo rechazó el 28 de Octubre un recurso de reposición presentado por la Fundación , pero a la fecha no han entregado absolutamente nada de lo solicitado y que el Consejo ha obligado a entregar. | Ver Detalle | |
2022-01-12 13:00:00-03 | CT001AW1060797 | Sujeto Pasivo | Rafael Collado | Ciertos contenidos de la Resolución Exenta N°304, de 2020, del CPLT (Aprueba el texto actualizado y refundido de las recomendaciones del Consejo para la Transparencia sobre protección de datos personales por parte de los órganos de la administración del estado y sustituye texto que indica), en particular en relación con la finalidad del tratamiento de datos personales | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Catalina Frigerio | |||||
Sujeto Pasivo | Nicolás Ossandón | |||||
2022-01-06 16:00:00-03 | CT001AW1054363 | Sujeto Pasivo | Rodrigo Soto | Presidente del Consejo Para la Transparencia Señora: Gloria de la Fuente Presente Esperando se encuentre bien, su familia y grupo de trabajo. Saludo desde ya lo trascendental en una de sus resoluciones arribadas, la altura que se le dió a la resolución 1 del año 2020. Por parte de la Comisión CIDH, en la que se le dió altura de igual forma a los: Principios de Tswane. Principios y resoluciones que hice presente en algunas oportunidades en amparos a este: Concejo. Son estos gestos los que enaltecen la democracia y generan confianza, para y con las instituciones parte del andamiaje estatal. Luego de lo presentado me adentro de plano, en lo que me convoca a emplazar está solicitud a su persona. No será una novedad en absoluto mi disconformidad con el mandato anterior en la Ilustre Municipalidad de Villa Alegre, pues a través de una serie de gestiones y presentaciones, a este Concejo, se buscaba tener la anhelada información pública. Desde ya manifiesto que el tiempo nos dió la razón, de trozo a trozo de información fuimos construyendo un plano general. Y puesto a la generación de ella ley a la no reelección, se pudo tener una nueva autoridad y conocer antecedentes extremadamente preocupantes y a la ve de sumarios ordenados, por la Super Intendencia de Educación. En la que anualmente hay montos no respondidos, por cifras muy superiores a los $300.000.000 millones de pesos, por año. La ley que presento propuesta, por su excelencia conversa armónicamente con la resolución de la CorteIDH. Opinión Consultiva 28 del 2021, referente a la figura de reelección presidencial indefinida. Véase; https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_28_esp.pdf Pues bien en el amparo rol: C2268-2020. En su punto III de la resolución se rechazaron los puntos expresamente: b), f) y i). Que en síntesis se solicitaba lo siguiente, por este peticionario: En el caso de que dicha autorización no este disponible en sus registros, aplicar el art-. 13, de la presente ley, derivando, explícitamente al: Ministerio de educación, Super Intendente de Educación, Contraloría, por ser un uso no contemplado, para los fondos Faep, se debe haber consultado la legalidad de dicho acto". Y esto es tan trascendental y a la ves grave, entendiendo que este órgano y su director jurídico, no tendría conocimiento de lo que se buscaba con la expresa solicitud que se buscaba. Pero su criterio expreso limito no solamente la información sino el justicia miento de derechos. Por lo cual adjunto la información buscada. Para dar a entender tamaña situación y gravedad. La cual con solo haber acogido este punto, se hubiera no solo dándole conformidad a este peticionario, sino entregándole a la Super Intendencia de Educación. Antecedentes de pago de demandas, con sumas millonarias que de acuerdo a denuncia de un concejal y sesiones del concejo Municipal. Todas aportadas en la presentación de amparo. Daban cuenta de pagos de demandas con fondos Faep. Nótese la gravedad de los hechos. Todo se hubiera Sido servido en mayor tiempo y forma con solo acoger la derivación solicitada expresamente la cual se encuentra incorporada en la ley 20.285. Acompaño le reiteramente presentado; https://mega.nz/file/CH4ggKTa#EXS6dc4em9S9NfvBKMPMWa7FRoSYsUcvTUeXT3_irxg https://mega.nz/file/7DgiRSTS#MBcK6fFp7AAWsi5M_8ysPXj6Zpcac_bnSTFhl6BYh3s https://mega.nz/file/3GwwkCDC#DenmIDE1qu7RhcRrO2eO3zyurazN8gcgIcRZsCT8-4I https://mega.nz/file/aegSgQya#Q_E-wySSLlww8YfYt4R63aC12tGPk5_ljxNYw1eMIY0 https://mega.nz/file/ff5yySrL#De6viVWQrHpEtuyqnfBakuIs_icZAJz_kM7uOPp24e0 Es ineludible preguntarnos, si solo este punto hubiera sido acogido, expresamente el punto i), reitero lo cual es derivar al órgano del estado con mejor posición jurídica. Pues es al órgano que se le deben rendir los gastos educacionales. Además de ser un acto que entregaba economía administrativa y procesal. Dicho esto solicito expresamente tener la presente reunión solicitada, para remediar lo traído a la vista. Pues hasta este momento el órgano del estado, expresamente, la: Súper Intendencia de Educación, desconoce totalmente los antecedentes aportados al amparo traído a la vista y sobremanera el propósito de la derivación solicitada. Debo recordar que la propia definición que le da este: Concejo a la ley 20.285. Es una ley llamada y creada, para el control social. De esta forma enaltecer la democracia en el estado. Ya que en dicho órgano del estado descansa la llave maestra, de la información pública. Trayendo las palabras del propio director jurídico. El Concejo Para la Transparencia, es el órgano con mejor opción jurídica, para dar respuesta a la problemática planteada. Pues la máxima de un amparo es la anhelada información pública. Que dicho de paso se reitero la solicitud de la información en otro amparo, pero nuevamente se negó la expresa derivación. Recordando que el derecho a la educación es un derecho humano. Por ende se exige un reforzamiento de entrega. De acuerdo a la consuetudinaria norma internacional. De igual forma quiero hacer presente la mala fe con que se actuó, en reiteradas ocasiones, tanto el señor: Mauricio Contreras Abarza, como otros peticionarios, solicitaron Expresamente información referente a cotizaciones impagas. La que el órgano recurrido. Reiteradamente desde luego señaló no existir deudas previsionales. La información que adjunto es extremadamente clarificatoria. Y sobre manera grave, estamos hablando de más de 149 meses impagos solo a una profesora. Acompaño lo propio; https://mega.nz/file/nW5WyI4T#EAEAiu-H_3WqbOM-UsjBhc8lRpYcUeh3bG0EcdG7MJ0 https://mega.nz/file/GaowjIIL#EPZvR9YrBqFgUKtAAMky7Ufr-EFXQ3_7IHUPKqTiCy0 Por mas de 36 años no se le pago ni un solo mes, acompaño el caso más extremo, pues no es el único claro. Con este solo caso podemos dar asidero en forma inequívoca que las respuesta que se recibieron en la anterior gestión fueron de mala fe. Por lo cual, desde luego las presento, pues se reitero dicha respuesta a través de este órgano. Expresamente Concejo Para la Transparencia. Puesto que el primer caso traído a la vista expresemante el pago con fondos Faep, se ha dado de acuerdo a documentos leídos en distintos órganos del estado, nos parece de la mayor relevancia tratar esta materia con su persona. Sobre todo reiterando la gravedad de lo presentado. Expresemante el rol: C2268. Me despido Atentamente., Cordialmente a usted., Rodrigo Emilio Soto Lizana |
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2022-01-03 16:00:00-03 | CT001AW1095830 | Sujeto Pasivo | Ronald Bown | Estadísticas Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Miguel CAnala-Echeverria Vergara | |||||
2020-11-25 11:00:00-03 | CT001AW0895469 | Sujeto Pasivo | Matías Jaramillo | En atención a las instrucciones que se nos dieron, para efectos de presentar nuestra plataforma a las autoridades del Consejo para la Transparencia, es que presentamos la siguiente solicitud de audiencia. vLex es una empresa tecnológica internacional que, junto con ser el proveedor líder de información jurídica y contenidos especializados a nivel mundial, es la compañía pionera en el uso de inteligencia artificial para el tratamiento, difusión y presentación de estos contenidos, ofreciendo una solución de optimización de consulta que aplica tecnologías de aprendizaje automático y pone a disposición de los usuarios, herramientas de personalización exclusivas que facilitan las tareas de los funcionarios de las instituciones públicas. De esta forma, el objetivo de esta audiencia sería poner en conocimiento y presentar a vuestra institución nuestra solución de optimización de consulta basada en inteligencia artificial, que aportará certeza y seguridad jurídica a la información que su institución requiera, Sin otro particular, Saluda atentamente. Matías Jaramillo, Director Área de Gobierno e Instituciones Públicas en vLex Chile. |
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2020-11-06 17:00:00-03 | CT001AW0885812 | Sujeto Pasivo | Catalina Gaete | Obtener mayor información sobre los recursos de reclamación interpuestos en contra del Consejo para la Transparencia, en causas donde nuestro derecho como solicitantes se ha visto directamente afectado. Particularmente, queremos abordar la causa contencioso administrativo 217-2020. Ya hemos tenido contacto con el abogado Patricio González Tapia, pero seguimos teniendo dudas que quisiéramos resolver de manera personal. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Paulette Desormeaux |