En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2026-02-18 11:00:00-03 | AC007AW2055911 | Sujeto Pasivo | Alejandro Araya | Los representantes de Fundación Dolencias Mastocitarias Chile y de Federación Chilena de Enfermedades Raras, realizaron consultas respecto a posibles restricciones en los Acuerdo de Libre Comercio (ALC) para la fabricación o internación de fármacos utilizados en el tratamiento de dolencias mastocitarias. SUBREI informó que desde el punto de vista regulatorio los ALC no imponen restricciones específicas en la autorización de importación o fabricación de productos farmacéuticos y que, en el caso de Chile, esto depende de la regulación interna y de las autoridades competentes en la materia. Desde el punto de vista de propiedad intelectual, se explicó que la fabricación de medicamentos puede estar sujeta a la existencia de patentes vigentes que otorguen derechos exclusivos, cuya eventual presencia o inexistencia debe verificarse caso a caso ante la autoridad competente. Se indicó que esta materia se analiza conforme a la legislación nacional y a los estándares internacionales aplicables. Por parte de SUBREI participó Begoña Montenegro Asesora del Departamento de Aspectos Regulatorios del Comercio |
Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | Myriam Andrea Peña Rojas | |||||