Identificador |
AC007AW2055911 |
Fecha |
2026-02-18 11:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
La reunión se realizara a través de a plataforma Microsoft Teams cuyo link de conexión se enviara al correo del solicitante |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Alejandro Araya | Gestor de intereses | FEDERACION DE ENFERMEDADES RARAS | |
| Myriam Andrea Peña Rojas | Gestor de intereses | Federación de enfermedades raras |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Los representantes de Fundación Dolencias Mastocitarias Chile y de Federación Chilena de Enfermedades Raras, realizaron consultas respecto a posibles restricciones en los Acuerdo de Libre Comercio (ALC) para la fabricación o internación de fármacos utilizados en el tratamiento de dolencias mastocitarias. SUBREI informó que desde el punto de vista regulatorio los ALC no imponen restricciones específicas en la autorización de importación o fabricación de productos farmacéuticos y que, en el caso de Chile, esto depende de la regulación interna y de las autoridades competentes en la materia. Desde el punto de vista de propiedad intelectual, se explicó que la fabricación de medicamentos puede estar sujeta a la existencia de patentes vigentes que otorguen derechos exclusivos, cuya eventual presencia o inexistencia debe verificarse caso a caso ante la autoridad competente. Se indicó que esta materia se analiza conforme a la legislación nacional y a los estándares internacionales aplicables.<br /> <br /> Por parte de SUBREI participó Begoña Montenegro Asesora del Departamento de Aspectos Regulatorios del Comercio |