Audiencias - Año 2026 - Claudia Salazar

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2026-06-10 11:00:00-04 AO005AW2189978 Sujeto Pasivo Ana Bustos autorización de plaguicida natural
ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY

FECHA 100626 1100 HRS
ASISTENTE
Ana Bustos
Temas planteados en la audiencia
Autorización de plaguicida natural

INFORMACION ENTREGADA POR EL INSTITUTO
La audiencia no fue realizada en la fecha y hora señaladas, ya que la persona que solicitó la audiencia, Ana Bustos, no se conectó a la audiencia establecida por sistema Teams, esperándola hasta las 11.30 horas.
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2026-04-17 11:00:00-04 AO005AW2149918 Sujeto Pasivo Claudia Cabezas Tema de Consulta
Ayuda con detalles sobre documentación requerida para Registro de Cloruro de benzalconio. Se trata de cosas puntuales.
Dentro de las consultas está el régimen que correspondería a un producto del cual se compra la materia prima en Chile y se diluye, fraccionando el producto en envases pequeños, que se venden directo.
De la misma manera informan que en el instructivo para el proceso de registro se mencionan cosas que no aparecían en el formulario solicitud del sistema SAFIS, entonces por eso que requieren corroborar y ratificar mediante esta audiencia.
Otro de los detalles de la solicitud por SAFIS, y que los complica, es que deben marcar que van a incluir un ensayo de toxicidad de producto terminado, dado que si no lo hacen el sistema no los deja continuar. Así como la manera de describir la clave de fabricación.
Indican que el producto que van presentar al proceso de registro es bastante simple y que querrían conocer en qué tiempo podría estar disponible su aprobación.

Información entregada por el Instituto
Se explica que en general el Subdepto. Registro de Plaguicidas y Desinfectantes no realiza soporte a los solicitantes. No se cuenta con acceso a la plataforma donde el interesado ingresa sus datos, antecedentes y archivos. Solo tenemos acceso a la solicitud cuando esta está completa y cancelado el arancel.
Se indica de la mejor forma posible qué es lo que debe realizar en cada caso que han tenido problemas para entender qué es lo que deben ingresar o subir a la plataforma, así como lo que no es necesario adjuntar.
También se les indica que pueden señalar en observaciones, los comentarios sobre exigencias que no son atingentes al tipo de producto, como es el adjuntar un estudio de toxicidad para un producto desinfectante, dado que eso le sirve a la autoridad para mejorar el formulario electrónico de solicitud.
Se informe sobre la existencia de las guías publicadas en la página web, que debieran mostrar cómo se presentan los estudios o la información que se exige en la solicitud.
Se informa del desfase en la evaluación de solicitudes pendientes del año 2025, debido a la contingencia informática de junio de 2025, en el que se ha ido avanzando, pero que no es posible dar una fecha de aprobación sin antes evaluar los antecedentes.
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Sujeto Pasivo Leslie Marambio
2026-04-08 11:00:00-04 AO005AW2141553 Sujeto Pasivo Hernan Higuera Los interesados, en una primera instancia, informan cual es el objetivo de eta asociación gremial, la que corresponde a un facilitador entre los distintos actores, del sector público y del sector privado, en concreto entre las autoridades y las empresas prestadoras de servicios de control de plagas, proveedores y clientes, con el objeto de que todos tengan claro cuál es el marco regulatorio de este sector, que tiene un impacto relevante en lo que es la salud pública de la población, mediante el control de vectores sanitarios.

También informan sobre un trabajo de consulta, el que arrojó que uno de los temas que más generan duda entre los actores que participan, es el procedimiento que se tiene que realizar para el registro de nuevos productos, que se puedan utilizar en el mercado nacional.

En ese sentido, informan que van a realizar la Expo Plaga Chile 2026, entre el 25 y 27 de noviembre de 2026, donde participan personas del mundo de la academia, empresas del sector. Y en cuanto al sector público, sería relevante para ellos el poder contar con una charla del ISP que explique en términos técnicos cómo se realiza el registro de nuevos productos pesticidas. Y así tener las visiones de los distintos actores que se involucran en esto.

Desean conocer la industria y el desarrollo de la industria, ya que en los pocos seminarios y congresos que han realizado y asistido, han detectado la necesidad de poder hacer alguna evolución dentro del registro, sobre todo de algunos productos de la industria de control de plagas. Se refieren a que probablemente en otras industrias la situación es mucho más dinámica, en otros países. No obstante, aquí se ven enfrentados con algunas políticas que restringen un poco el dinamismo dentro de la industria. Indican que, si bien existe una oferta más o menos interesante con respecto a categorías y productos específicos para poder hacer el registro, probablemente aún no son suficientes. Mientras más productos haya, probable se mejore un poquitito la competencia y a la vez también se generan más oportunidades para que la industria siga creciendo. Hoy día son muy pocos los laboratorios que están aquí con marcas registradas y con productos registrados para toda la industria, si se compara con los pares en Perú, Colombia, entre otros.

Informan que existen empresas del rubro de control de plaga, que podrían tener la necesidad de traer productos que existen en el extranjero, pero que desconocen cuáles

son los canales y los procedimientos, para hacer el registro efectivo en Chile. Entonces, por un tema de sociabilizar el trámite como tal, sería bueno contar con el ISP con una charla en esta actividad que es el segundo congreso que realizamos dentro del rubro.

En concreto ACHICPLA AG desea contar con la presencia del ISP en una de las mesas temáticas o de forma individual, para abordar el proceso de registro y uso de nuevos plaguicidas y productos similares provenientes del extranjero para ser comercializados y utilizados en el territorio nacional.

Información entregada por el Instituto

Respecto a la información sobre el proceso de registro sanitario de los productos, normativas involucradas, tiempos de respuesta, herramientas de apoyo, entre otros, así como existe la plataforma de audiencias por la Ley del Lobby, también existe la plataforma SIAC, que es donde se pueden realizar las consultas que mencionan OIRS, en forma resumida Oficina de información, reclamos y sugerencias.

Lo relacionado a facilitar o disminuir requisitos para el proceso de registro, estos están radicados en una sola normativa, que es el Decreto 157, y nosotros no podemos disminuirlos, estos han sido los mismos de siempre. Lo que pudo haber cambiado un poco, o más que cambiando, mejorando es la profundidad y las metodologías que se han utilizado a nivel técnico, en relación a la eficacia, estabilidad, toxicología, etc., que el país ha ofrecido a las empresas, sobre todo a las empresas nacionales, para poder entrar al proceso del registro.

Se ha ido a la par, exigiendo metodologías específicas para el tipo y uso del producto, siempre se debe demostrar eficacia y seguridad y eso es para los productos importados, así como para los de fabricación nacional, por lo tanto, si necesitan esa información en esta expoplagas, se les puede comunicar todo el proceso, temas de interés general más que el detalle técnico, para tranquilidad de todos los actores.

En relación a la participación de este Subdepartamento en esa exposición, sería necesario que la soliciten formalmente a la Dirección de este Instituto, mediante una carta dirigida a la Directora de este Instituto, explicando en calidad de qué desean que este Subdepartamento participe, e indicando claramente qué es lo que van a difundir de dicha exposición y la participación de otros países, ya sean autoridades o empresas privadas.
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2026-04-01 11:00:00-03 AO005AW2124224 Sujeto Pasivo Sandra Carola Carrasco Spencer Tema de Consulta
Dado que se está en proceso de cambio de razón social del fabricante y procedente de USA, Alemania, Brasil y Reino Unido, a su vez se deben modificar los rotulados para cambiar el nombre del fabricante especialmente en las etiquetas, pero de estas modificaciones de rótulos algunas todavía están pendientes de resolver por parte del ISP, y deseamos que sigan así ya que 1 Estarían dentro de los 10 meses que el ISP indica como plazo para resolver, pero además existe un conjunto de actividades que como empresa debemos realizar, de procesos diferentes, por lo que requerimos que los trámites pendientes se resuelvan en periodos que sean más adecuados a los procesos de cambio de la empresa en el mundo.
Para que lo anterior se de en forma ordenada, la interesada solicita aceptar un listado de tramitaciones priorizadas, que enviaría prontamente, para que el Subdepto. las resuelva de mejor manera. Evaluando la presencia del logo en las etiquetas, si es que corresponde, cuando este se presente.

Información entregada por el Instituto
Se informa que los plazos que se mencionan en las prestaciones, de 10 meses, en algunos casos se extendieron por 3 meses más, debido al ciberataque de junio de 2025, porque se mantenían todavía modificaciones manuales y modificaciones en el sistema GICONA, que no se alcanzaron a resolver, perdiéndose información y antecedentes que se tuvieron que solicitar a los interesados, demorando los procesos más allá de lo habitual.
Se acepta el envío de un listado de presentaciones y el orden que sería más conveniente para que la empresa que representa la interesada no tenga problemas con las importaciones, por no coincidir la razón social del fabricante, por ejemplo. Esto involucraría a las tramitaciones correspondientes a las transferencias, cambios de razón social y modificación de rótulos. O sea las presentaciones que aún no se han resuelto en orden de prioridad.
En relación al logo de BAF Agricultural Solution, si el profesional a cargo de las tramitaciones consulta por él , lo hará por el sistema en el campo de las aclaraciones, a lo que le explicarán que se trata del nuevo logo que representa o que identifica a la nueva razón social del fabricante que ha cambiado, para toda la línea de los productos.
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2026-03-31 11:00:00-03 AO005AW2112813 Sujeto Pasivo Juan Pablo Arancibia Krebs Tema de Consulta
1 Conocer la situación regulatoria actual y los criterios técnicos que la autoridad sanitaria aplica o podría aplicar respecto del ingrediente activo pirimifos metil utilizado en productos plaguicidas registrados en el país. Así como la situación de productos que se exportan y si es necesario su registro sanitario, y que no tienen mercado en Chile, con activos prohibidos que posiblemente en Chile no estén autorizados o permitidos.
2 Cual sería la opinión del ISP si se ajusta el perimifos metil a los 3 usos ampliamente conocidos almacenamiento de granos control de un escolítido en la madera aserrada y control de un coleóptero en los pabellones vacíos de crianza de aves.
Consultan si existe algún inconveniente en solicitar autorización para estos usos acotados o de uso exclusivo, que son más bien industriales qué información se debe presentar para este tipo de productos con activos que ya se están restringiendo en el mundo.

Información entregada por el Instituto según las consultas realizadas
1 En relación a los productos de exportación, el reglamento es claro, todo lo que se exporta, aunque no se venda en Chile, o se fabrique para su comercialización en el territorio nacional, debe contar con registro sanitario en Chile. Esto en el entendido que el titular puede cambiar de opinión y desear venderlo por lo que, sí se requiere el ISP podría realizar las exigencias necesarias para su control.
Respecto de usar, por ejemplo, ingredientes prohibidos no se podría permitir, y con ingredientes restringidos de debiera realizar una evaluación muy exhaustiva incluyendo evaluación de riesgo, tripax, entre otros. Además, se debe importar la materia prima y para ello se debe realizar la declaración de consentimiento informado al MINSAL, indicando qué activo se está trayendo como materia prima restringida lo que quedará criterio del MINSAL si permite su importación.
En relación a registrar productos de exportación donde su uso no esté permitido en Chile pero si en Costa Rica, por ejemplo, si se determina que el producto, como lo que pasó con Pirifometil, internacionalmente no está autorizado en otros países para el uso que se le quiere dar, aunque sea un uso autorizado en Costa Rica, no se concedería el registro. Se recomienda que lo registren en Costa Rica y lo fabriquen allá, porque acá va será difícil su registro.
2 Lo principal es que tienen que demostrar la seguridad toxicológica del producto, ya que actualmente los órganos fosforados van en retiro del mercado.
Una de las maneras de demostrar la seguridad del producto, es una evaluación de riesgo de este, que indique no tan solo la evaluación de riesgo del ambiente, sino cómo le afecta a la persona aplicadora, en relación por ejemplo a la persistencia del perimifos metil, que se conoce que es alta. Aparte del tripax de estudios toxicológicos que, aunque se conoce el riesgo crónico, ayuda a la evaluación total.
Se informa que se realizarán una revisión de todos los registros sanitarios de productos que contengan pirimifos metil, de distintos titulares, y se les informará si es necesario que envíen estudios que avalen el uso que ya está autorizado en sus etiquetas y que en su dossier no se encuentran. Estos registros deberán estar vigentes, por lo que en el proceso de renovación no se realizará esta revisión, esto se efectuará en forma posterior si el registro está en tramitación de renovación.


ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY
AO005AW2112813
BTS INTRADE LAB SA
FECHA 310326 1100 HRS
ASISTENTE
AMANDA SANTIBAÑEZ
JUAN PABLO ARANCIBIA
Tema de Consulta
1 Conocer la situación regulatoria actual y los criterios técnicos que la autoridad sanitaria aplica o podría aplicar respecto del ingrediente activo pirimifos metil utilizado en productos plaguicidas registrados en el país. Así como la situación de productos que se exportan y si es necesario su registro sanitario, y que no tienen mercado en Chile, con activos prohibidos que posiblemente en Chile no estén autorizados o permitidos.
2 Cual sería la opinión del ISP si se ajusta el perimifos metil a los 3 usos ampliamente conocidos almacenamiento de granos control de un escolítido en la madera aserrada y control de un coleóptero en los pabellones vacíos de crianza de aves.
Consultan si existe algún inconveniente en solicitar autorización para estos usos acotados o de uso exclusivo, que son más bien industriales qué información se debe presentar para este tipo de productos con activos que ya se están restringiendo en el mundo.

Información entregada por el Instituto según las consultas realizadas
1 En relación a los productos de exportación, el reglamento es claro, todo lo que se exporta, aunque no se venda en Chile, o se fabrique para su comercialización en el territorio nacional, debe contar con registro sanitario en Chile. Esto en el entendido que el titular puede cambiar de opinión y desear venderlo por lo que, sí se requiere el ISP podría realizar las exigencias necesarias para su control.
Respecto de usar, por ejemplo, ingredientes prohibidos no se podría permitir, y con ingredientes restringidos de debiera realizar una evaluación muy exhaustiva incluyendo evaluación de riesgo, tripax, entre otros. Además, se debe importar la materia prima y para ello se debe realizar la declaración de consentimiento informado al MINSAL, indicando qué activo se está trayendo como materia prima restringida lo que quedará criterio del MINSAL si permite su importación.
En relación a registrar productos de exportación donde su uso no esté permitido en Chile pero si en Costa Rica, por ejemplo, si se determina que el producto, como lo que pasó con Pirifometil, internacionalmente no está autorizado en otros países para el uso que se le quiere dar, aunque sea un uso autorizado en Costa Rica, no se concedería el registro. Se recomienda que lo registren en Costa Rica y lo fabriquen allá, porque acá va será difícil su registro.
2 Lo principal es que tienen que demostrar la seguridad toxicológica del producto, ya que actualmente los órganos fosforados van en retiro del mercado.
Una de las maneras de demostrar la seguridad del producto, es una evaluación de riesgo de este, que indique no tan solo la evaluación de riesgo del ambiente, sino cómo le afecta a la persona aplicadora, en relación por ejemplo a la persistencia del perimifos metil, que se conoce que es alta. Aparte del tripax de estudios toxicológicos que, aunque se conoce el riesgo crónico, ayuda a la evaluación total.
Se informa que se realizarán una revisión de todos los registros sanitarios de productos que contengan pirimifos metil, de distintos titulares, y se les informará si es necesario que envíen estudios que avalen el uso que ya está autorizado en sus etiquetas y que en su dossier no se encuentran. Estos registros deberán estar vigentes, por lo que en el proceso de renovación no se realizará esta revisión, esto se efectuará en forma posterior si el registro está en tramitación de renovación.
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Sujeto Pasivo Amanda Santibáñez
2026-03-18 11:00:00-03 AO005AW2095114 Sujeto Pasivo Alexandra Morales Quisieramos resolver dudas en relación a registros sanitarios autorizados y metodologías internacionales avaladas por el ISP.

ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY
Spartan de Chile Limitada
FECHA 180326 1100 HRS
ASISTENTES Alexandra Morales Pablo Cemeska
Tema de Consulta
Solicitud Quisiéramos resolver dudas en relación a registros sanitarios autorizados y metodologías internacionales avaladas por el ISP.
Temas planteados en la audiencia
Los interesados solicitaron la audiencia debido a que tienen dudas en relación a la información presentada para registros ingresados en el último tiempo, en especial sobre metodologías de análisis debido a que al parecer tienen una confusión respecto a cuáles son las que tienen que presentar para poder avalar lo mencionando dentro de una ficha técnica. Principalmente en análisis de eficacia, así como otras consultas de la misma índole.

1. Tenemos 2 productos que nos presentaron problemas con el estudio, uno de ellos es el producto Sparlax 60, que salió el registro hace poco, en donde para avalar el uso en frutas y verduras nos piden un estudio de eficacia.
Nos ha sido complejo encontrar el laboratorio que realice el ensayo con una metodología específica para frutas y verduras. Se nos ha planteado adaptar ciertas metodologías, por ejemplo, solución en suspensión con el activo, en donde se sumerge la fruta y la verdura y se revisa la carga microbiana que se disminuye. Entonces la consulta es qué metodologías son las que permite el ISP para poder presentar esas.
Información entregada por el Instituto
El ISP no cuenta con un listado de metodologías para que el usuario pueda elegir. Las metodologías o ensayos que se pueden utilizar son las que internacionalmente están aceptadas, ya sean por ISO, ANFOR, EPA, AOAC, entre otras.
Si hacen una búsqueda bibliográfica y la metodología la realiza un laboratorio chileno o de algún país extranjero, se aceptan, siempre y cuando sea una metodología que el ISP pueda verificar que está dentro de las certificadas o reconocidas por alguna organización internacional, lo que no significa que se da por correcta, dependerá de los resultados. Debe demostrar eficacia como bactericida básico, y en este caso, si es como bactericida básico, se señalan las metodologías en la guía disponible en la página web. El producto debe demostrar eficacia en una cepa Gram positiva y una Gram negativa.
Se aclara que para avalar la eficacia en alimentos tan importantes en su inocuidad alimentaria como son las frutas y verduras, no es suficiente avalar la eficacia de un desinfectante con información bibliográfica, se deben presentar lo estudios pertinentes realizados con el producto a registrar.
2. Para los productos alguicidas para piscinas.
En el caso de estos productos, los ensayos que la nueva guía menciona que se deben presentar, la dilución de uso en terreno es tan pequeña que para el laboratorio que hemos estado consultando se les dificulta poder replicarla.
Ha sido complejo encontrar el laboratorio que realice la metodología como tal, nos han planteado adaptar ciertas metodologías, por ejemplo, solución en suspensión con el activo, por lo que solicitamos lo mismo que en el caso anterior, conocer las metodologías que el ISP permite, para avalar esta acción.
Información entregada por el Instituto
Cualquiera metodología internacionalmente aceptada para demostrar actividad desinfectante sería aceptada por el ISP, siempre y cuando sea en este caso específica, por ejemplo, para determinar la eficacia como alguicida en piscina, fuente, pileta de recreación, piscina de Spa, entre otras. Ahora, si se desea utilizar una metodología modificada, esa modificación tiene que estar validada y el proceso de validación la hace el mismo laboratorio. El ISP no se opondría si la validación está correcta.
El proceso de validación, si se presenta una metodología modificada, se envía en consulta a los expertos del Instituto, con el objeto que den su visto bueno. Si está validada correctamente y se pueden aceptar los resultados de este estudio, se evalúa junto al resto de la información de la solicitud de registro, de lo contrario, tendría que mandar un nuevo estudio hecho por otro laboratorio yo con otra metodología. Eso es lo que se hace cuando las metodologías tienen un cambio o modificación, que se debe validar.


3. Otra consulta en relación a este desinfectante que nos aprobaron.
Para registrar este desinfectante, presentamos 3 ensayos que avalaban la desinfección y dos como sanitizante, pensando que uno de esos sanitizante era para frutas y verduras, que ahí nos explicaron que la metodología no iba a aplicar en este caso por la aplicación que tenía.
El producto se registró como sanitizante, pero dentro de la ficha técnica y el rótulo se puede mencionar desinfección con cierta dilución. Por lo que la consulta es si tendríamos problemas con la recomendación de desinfección que se dejó en la ficha

Información entregada por el Instituto
Se registra los productos desinfectantes cuando cumplen con las metodologías, literalmente y completamente, en sus criterios de aceptación. Si dice 6 logaritmos, por ejemplo, y bajó la carga bacteriana, viral o la que sea en esa cantidad de logaritmos, o sea, el resultado cumple con la norma, se registra como desinfectante. Pero si no cumple exactamente y cumple un logaritmo menos, para no rechazar el producto, ya que este cuenta con actividad biocida igualmente, y muchas veces cumplen como desinfectantes en ciertas diluciones y para el control de ciertos microorganismos, estos se registran como sanitizantes.
No tendrían ningún problema en mencionar la desinfección en la ficha para ciertos usos, dado que los resultados de los estudios de eficacia avalan que en las diluciones que estos se realizaron el producto demuestra actividad desinfectante, por lo tanto, esas diluciones se pueden mencionar en la ficha, pero las otras no, ya que no cumplieron con el criterio de aceptación de la metodología.

4. En el tema de jabón de manos, tenemos un higienizante ya aprobado, que es con ácido láctico porque va para la industria de alimentos principalmente. Pero también teníamos la duda en la metodología para avalar que es antibacterial. En general tenemos duda en relación a un jabón que tiene actividad antiséptica, pero que no tiene el estudio, por ejemplo, qué condición debiese cumplir el jabón para poder incorporar el término antibacterial.
Información entregada por el Instituto
Cualquier producto que indique que es antibacterial, desinfectante, biocida o cualquier término equivalente, debe contar con registro sanitario y para ello, dentro de toda la información que se debe presentar, están los estudios de eficacia realizados en el jabón, siempre y cuando se trata de un jabón para superficies inertes.
Si se trata de jabones para desinfectar manos, este Subdepartamento no está a cargo de la evaluación de productos de uso humano, ya sean cosméticos o fármacos. Tiene que consultar por los ensayos que se están exigiendo para demostrar eficacia por OIRS o por audiencia, con el departamento de ANAMED. Y si es para manos, como un jabón higienizante, lo debe informar la Sección Cosméticos, donde su jefatura es Inés Carreño.
5. Se requiere saber qué tipo de desinfectante se debe registrar para uso en áreas críticas y semicríticas de un hospital, clínica o centro de salud. Lo que pasa es que, en ningún lado, el lineamiento que entrega el MINISAL, hace una precisión en superficies críticas, semicríticas o no crítica. No hace precisión. Sí, recuerdo haber leído en relación a áreas.
Información entregada por el Instituto
Los productos registrados en el ISP que responden a la clasificación según el nivel de desinfección que el MINSAL señalan en su Guía para desinfección de recintos hospitalarios, no hemos hecho una relación directa de estos niveles según el área y no conocemos si el MINSAL ha emitido una nueva guía que relacione directamente el nivel de desinfección con la categorización de las áreas. Deberán consultar directamente al MINSAL para que la diferencias con este se esclarezcan.
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Sujeto Pasivo Pablo Cemeska
2026-02-26 11:00:00-03 AO005AW2047130 Sujeto Pasivo Maria Eugenia Reyes Ruiz Respetuosamente, solicito una reunión en el marco de la Ley N 20.730, con el propósito de exponer de manera técnica y formal el cumplimiento de los antecedentes requeridos por ese Instituto respecto del producto REPELINJ, asociado al expediente PL77984716 y a la Resolución Exenta RW N 695617. El objetivo de esta solicitud es informar y clarificar los antecedentes ingresados por nuestra empresa, así como explicar el contexto técnicoregulatorio que fundamenta nuestro interés en rescatar el registro fitosanitario del producto, en estricto apego a la normativa vigente y a los procedimientos establecidos por el Instituto de Salud Pública de Chile.La reunión solicitada tiene un carácter exclusivamente informativo y técnico, y busca contribuir a una adecuada comprensión de los antecedentes ya presentados formalmente ante la institución.
Agradezco desde ya la atención prestada y quedo atenta a la disponibilidad que se estime pertinente.
Atentamente,
María Eugenia Reyes.
Reyes e Inostrosa Control Biológico Ltda.
IONA Ltda.
56 9 82343365
ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY

FECHA 260226 1100 HRS
ASISTENTE
MARIA EUGENIA REYES RUIZ
MARIO IONA
Empresa IONA Ltda.
Tema de Consulta
Los interesados manifiestan que la solicitud de audiencia cuenta con 3 objetivos fundamentales relacionados con el producto Repelin, que son tener un contexto regulatorio del producto, reconocer los hitos administrativos y manifestar nuestra voluntad completa de dar cumplimiento a lo normativo.
Para poder entender lo que ha ocurrido con el registro del producto Repelin, realizan una presentación con una línea de tiempo del producto, desde la fecha de registro en el año 2009 P53209 hasta el año 2023 en que el ISP le informa que no es posible acceder a lo solicitado en relación a la renovación del registro. Detallan los pasos que siguieron en dicho periodo, mencionando que el ISP solicitó la renovación del registro lo que dio paso a uno nuevo P79317, lo que no es correcto
Con la explicación que se les da, mencionada más abajo, de lo ocurrido desde el año 2009 a la fecha, los interesados entienden que deben solicitar un nuevo registro para el producto mencionado, manifestando lo siguiente Cómo tenemos que hacer para un registro nuevo existe un reconocimiento real de todos los antecedentes técnicos válidamente generados que tenemos sin necesidad de volver a hacer nuevos estudios y cuales son los requisitos para hacer este nuevo ingreso.
Información entregada por el Instituto
Respecto a la línea de tiempo que los interesados mostraron, se hicieron algunas aclaración en relación a, por ejemplo, que la renovación de un registro sanitario no es solicitada por el ISP, la debe presentar voluntariamente el titular del registro por los canales habilitados esta se debe presentan como último plazo el día en que el periodo de vigencia termina, lo aconsejable es 2 meses antes que la última fecha para presentar la solicitud de renovación del producto Repelin registrado el 2009, era el 19032014, hecho que no ocurrió, por ninguna de las 2 vías que existían la vía manual presencial por medio del formulario específico disponible, o por el sistema electrónico GICONA y finalmente que en el proceso de renovación generalmente no se solicitan estudios o información técnica para renovar el registro.
En relación a toda la información científica con la que cuentan, entre estudios de eficacia, estabilidad, toxicidad, entre otros, se les informa que deben ordenarlos de manera que cuando ingresen nuevamente la solicitud de registro, pueden subir a la plataforma de SAFIS en los campos destinados, en forma clara y precisa. De todas maneras, es necesario realizar la preevaluación establecida en el proceso.
Se les indica cómo funciona el nuevo sistema SAFIS, pero se señala que se enviará un correo con los pasos a seguir, tal cual como se les ha enviado a otros usuarios.
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2026-02-05 12:00:00-03 AO005AW2044800 Sujeto Pasivo Ana Bustos Srta Claudia, queremos una orientación en el proceso de autorización para un plaguicida natural obtenido de una planta nativa con el fin de cumplir con todas las recomendaciones de los requisitos legales y reglamentarios que aplica el ISP. Ya hemos indagado en la página web del ISP y debido a dudas que nos surgieron, hemos conversado con el personal en la oficina de OIRS donde tampoco se resolvieron nuestras dudas por ser netamente técnica.
saludos cordiales
Isabel Bustos
Químico USM
ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY
FECHA 050226 12.00 HRS
ASISTENTE
ANA BUSTOS LICANQUEO
Tema de Consulta
Orientación en el proceso de autorización para un plaguicida natural obtenido de una planta nativa con el fin de cumplir con todas las recomendaciones de los requisitos legales y reglamentarios que aplica el ISP.
Información entregada por el Instituto
Se agendo hora para sujeto activo para el 050226, a las 12.00 hrs. El cual no se presentó a la audiencia de Lobby
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