En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2025-11-19 11:00:00-03 | NR008AW2012505 | Sujeto Pasivo | Danitza Pérez Cáceres | La solicitante fue recibida el día miércoles 19 de noviembre de 2025 a las 11 horas en dependencias de la Fiscalía Nacional, por la Directora (s) de la Unidad Especializada en Género, Carolina Cruzat y el abogado asesor de la misma Unidad, Sebastián Aguilera. En dicha instancia, la Sra. Danitza Pérez Cáceres presentó los principales objetivos de la investigación doctoral que se encuentra desarrollando por la Universidad Diego Portales, relativa a la autonomía de las mujeres víctimas de violencia, con especial foco en víctimas de femicidio frustrado; además de adelantar requerimientos que hará formalmente por escrito a la Fiscalía Nacional, para el acceso a información de causas y entrevistas con funcionarios/as y fiscales del Ministerio Público. | Ver Detalle | |
| 2025-06-19 09:00:00-04 | NR008AW1851877 | Sujeto Pasivo | EVELYN GRACE ACUÑA JERALDO | Sr. Fiscal Nacional, en representación de 3 familias de las mujeres desparecidas en Atacama entre octubre del año 2018 y noviembre de 2020, cuales investigaciones aun se encuentran pendientes, es que nace la necesidad de solicitar una nueva audiencia con usted, y quien usted quiera integrar como su equipo tecnico, para informar de falencias en las investigaciones asociadas a prejuicios de genero y pobreza. Las que creemos han incidido en que las investigaciones no se hayan desarrollado con estándares de Derechos Humanos de mujeres, (en algunos casos ni siquiera estándares legales, o protocolos de investigaciones en delitos que involucran niñas y adolescentes). En uno de los casos (la primera desaparición), la Fiscalía no logra cruzar información con sus restos óseos que habrían sido encontrados en menos de un mes de su desaparición y se encontraban investigados como hallazgo de cadáver desde el 19 de noviembre del año 2018, y solo se logra debido a la insistencia del SML. Sumando a lo anterior, habían mantenido a la familia sin acceso a los antecedentes, lo que recién se logra a propósito de una ampliación de querella por lo siguientes delitos: SUSTRACCIÓN DE MENORES CON HOMICIDIO; OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA descritos y penados en las hipótesis de los artículos 269bis y 269 ter, ambos del Código Penal; OMISIÓN A LA PERSECUCIÓN, descrito y penado en el artículo n°229 del Código Penal; TRAFICO DE INFLUENCIAS, descrito y penado en el artículo n°240 bis del Código Penal; NEGATIVA O RETARDO DE PROTECCIÓN O SERVICIO descrito y penado en el artículo n°256 del Código Penal; DENEGACIÓN DE SERVICIO, descrito y penado en el artículo n°257 del Código Penal. Estos malos ejemplos de sesgo de genero que afectan actuaciones dentro de las investigaciones, se repite en las tres (lo que es natural debido a que Copiapó es una comuna pequeña), con mayor o menor incidencia, sobre todo al momento de descartar diligencias informadas por las familias, o no realizándolas de manera oportuna. | Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | Camila Morales | |||||
| Sujeto Pasivo | Ximena Godoy Rojas | |||||