Identificador |
MU257AW1967093 |
Fecha |
2025-10-17 12:30:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Oficina de Administrador Municipal |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| María Sandoval | Gestor de intereses | ABRAHAM SAUMA |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Ley N° 21.755, que extendió la vigencia de las patentes provisorias, otorgando una duración de tres años a las emitidas entre septiembre de 2022 y julio de 2025.<br /> Que el artículo 9 de dicha ley prorrogó la vigencia de las patentes provisorias comprendidas en el Decreto Ley N° 3.063 sobre<br /> Rentas Municipales, señalando que aquellas se entienden vigentes hasta los nuevos plazos allí establecidos, y que incluso las clausuras decretadas por caducidad “se entenderán revocadas por el solo ministerio de la ley”.<br /> ● Que el artículo 9, letra c), fija expresamente que las patentes que originalmente vencían durante el año 2022 se prorrogan hasta el 30 de junio de 2026.<br /> ● Que el artículo 10 establece que, para una eventual extensión adicional, el único requisito exigido al contribuyente es la presentación de un plan de trabajo que detalle las gestiones realizadas y pendientes para obtener la patente definitiva, debiendo la municipalidad aprobar dicha extensión “sin más trámite”. |