Identificador |
MU228AW2170187 |
Fecha |
2026-05-08 09:30:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Dirección de Fiscalización, Municipalidad de Providencia, ubicada en Avenida Pedro de Valdivia 706, Providencia |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| FRANCISCO FUENZALIDA | Gestor de intereses | Francisco Fuenzalida |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Solicito audiencia con la Directora de Fiscalización de la Municipalidad de Providencia conforme a la Ley N 20.730 con el objeto de exponer antecedentes relacionados con la aplicación de criterios de fiscalización en patentes comerciales particularmente en lo relativo a la interpretación y ejecución de normativas por parte de inspectores municipales.<br /> Lo anterior con el fin de obtener claridad respecto de los procedimientos aplicados plantear inconsistencias detectadas y contribuir a una correcta aplicación de la normativa vigente.<br /> La reunión tiene carácter informativo y se enmarca en materias propias de fiscalización sin referirse a asuntos de conocimiento judicial.<br /> Soy contribuyente de la comuna hace más de 15 años y vecino por más de dos décadas.<br /> Quedo atento a su disponibilidad.<br /> Francisco Fuenzalida<br /> <br /> La audiencia tuvo por objeto abordar los planteamientos formulados por el solicitante, Sr. Francisco Fuenzalida, en relación con diversos procedimientos de fiscalización municipal efectuados respecto del establecimiento comercial de nombre de fantasía Benvenutto, ubicado en Avda. Benjamín Vicuña Mackenna 276, Providencia. En ella también estuvo presente el abogado de la Dirección de Fiscalización don Víctor Maye Núñez<br /> Durante la reunión, el solicitante manifestó su disconformidad con determinadas actuaciones fiscalizadoras, señalando que, a su juicio, existiría un trato reiterado y perjudicial por parte de funcionarios municipales, en especial respecto de procedimientos asociados a horarios de funcionamiento, ruidos, fiscalización de alcoholes e infracciones cursadas ante el Juzgado de Policía Local.<br /> Asimismo, el Sr. Fuenzalida expuso antecedentes que, según indicó, darían cuenta de eventuales conductas impropias o faltas administrativas por parte de un funcionario municipal, mencionando la existencia de registros, videos y comunicaciones que respaldarían sus afirmaciones. Frente a ello, se le indicó que tales antecedentes deben ser ingresados formalmente por Oficina de Partes, a fin de permitir su revisión conforme a los procedimientos administrativos correspondientes.<br /> En la audiencia también se abordó la situación de tensión personal que el Sr. Fuenzalida señaló mantener con uno de los funcionarios indicando al inspector municipal Sr. Ignacio Carvajal, entre sus acusaciones destacan la emisión de partes que considera injustificados, la falta de capacitación técnica del inspector para fiscalizar la ley de alcoholes, supuestas faltas a la probidad. Del mismo modo, el Sr. Fuenzalida afirma que su nivel de rabia era tal que, si se hubiese encontrado con el inspector Carvajal, a quien menciona que no conoce ni se ha topado, cree que podrían haber terminado matándose. Al respecto, la Directora hizo presente la necesidad de canalizar cualquier reclamo, molestia o denuncia exclusivamente por las vías institucionales, administrativas y judiciales que correspondan, evitando cualquier actuación personal o directa que pudiera generar nuevos conflictos o responsabilidades.<br /> Respecto del proceso de renovación de patentes de alcoholes, se explicó que este no depende exclusivamente de la Dirección de Fiscalización, sino que forma parte de un procedimiento en el que intervienen distintos antecedentes, tales como informes de Carabineros de Chile, eventuales observaciones de juntas de vecinos, existencia de infracciones o causas ante el Juzgado de Policía Local, análisis del Concejo Municipal y la decisión administrativa que corresponda conforme a la normativa vigente.<br /> Finalmente, se informó al solicitante que, una vez ingresados formalmente los antecedentes que estime pertinentes, estos serán revisados por la Dirección de Fiscalización y, de corresponder, se podrán disponer las indagaciones administrativas necesarias para esclarecer los hechos denunciados. Asimismo, se indicó que podrán revisarse los registros disponibles, incluyendo grabaciones de cámaras corporales utilizadas por funcionarios municipales durante los procedimientos de fiscalización, con el objeto de contrastar los antecedentes aportados.<br /> La Directora reiteró que toda denuncia o cuestionamiento respecto del actuar funcionario debe tramitarse mediante los canales formales, garantizando el respeto al debido proceso, la objetividad en la revisión de los antecedentes y la adopción de las medidas que procedan conforme al mérito de los hechos acreditados. |