Identificador |
MU012AW2023822 |
Fecha |
2025-11-27 11:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
RElSRUNDSU9OIERFIE9CUkFTIE1VTklDSVBBTEVT |
Duración |
1 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Cristian Sayes | Gestor de intereses | Inversiones Neorentas Spa | Gastón Donoso |
| Gastón Donoso | Gestor de intereses | Neorentas SpA | Neorentas SpA |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Consultar las observaciones generadas por ingreso 444 Avda Libertador Bernardo OHiggins S/N (Ruta 5) respecto a proyecto comercial en la zona norte.<br /> <br /> ACTA REUNION DOM<br /> <br /> Objeto: Análisis del anteproyecto de fusión y subdivisión de los lotes E1A, E1B y E1C, y revisión de requerimientos normativos asociados.<br /> <br /> 1. Antecedentes del Proyecto<br /> <br /> Se revisó el anteproyecto que comprende la fusión y posterior subdivisión de los lotes E1A, E1B y E1C, emplazados contiguos a la franja de protección de la línea del Ferrocarril Arica–La Paz. Se identificó la existencia de una servidumbre de 20 metros, regulada por normativa ferroviaria y tratados internacionales.<br /> <br /> 2. Temas Tratados<br /> <br /> 2.1 Servidumbre Ferroviaria y Normativa Aplicable<br /> Se reafirmó la obligación de respetar la servidumbre de 20 metros adyacente a la vía férrea.<br /> Se acordó que las edificaciones no incluirán excavaciones masivas ni subterráneos, para no comprometer la estabilidad estructural de la vía ferroviaria<br /> <br /> Se recomendó solicitar formalmente una respuesta del Consulado/Departamento de Ingeniería de Ferrocarriles, a fin de validar la intervención propuesta en función del tratado internacional vigente y de la Ley de Ferrocarriles.<br /> <br /> 2.2 Accesos y Conexión a Ruta 5 Norte<br /> Se destacó que el proyecto requiere autorización expresa de Ferrocarriles del Perú, propietario y administrador del trazado en ese tramo.<br /> <br /> Se enfatizó que el acceso al lote resultante debe ser directo desde el Bien Nacional de Uso Público y no depender de servidumbres internas o privadas.<br /> <br /> Se indicó la necesidad de considerar infraestructura complementaria, tales como electrificación y accesibilidad vehicular.<br /> <br /> 2.3 Fusión/Subdivisión y Exigencias de Urbanización<br /> Se analizó la propuesta de configuración del nuevo lote resultante, concordando en que debe alinearse estrictamente a la normativa urbanística vigente.<br /> <br /> Se recordó que para acceder al permiso de construcción, el titular deberá ejecutar previamente las obras de urbanización exigibles, incluyendo accesos, agua potable, alcantarillado, electricidad y otros estándares mínimos.<br /> <br /> 3. Acuerdos y Compromisos<br /> <br /> Neorentas (NR) gestionará el envío de un documento solicitando reunión formal con Ferrocarriles para presentar el proyecto y obtener autorización explícita.<br /> <br /> NR revisará la condición y trazado de la servidumbre de 20 metros y su concordancia con normativa vigente.<br /> <br /> NR coordinará los ajustes de diseño necesarios para asegurar un acceso válido y directo desde la vía pública.<br /> <br /> Se acordó que DOM enviará un correo resumen con los puntos tratados y lineamientos para avanzar en la regularización del anteproyecto.<br /> <br /> 4. Preguntas Relevantes Pendientes<br /> <br /> Definición de la participación formal del Consulado/Departamento de Ingeniería de Ferrocarriles en la evaluación.<br /> <br /> Clarificación técnica de la subdivisión propuesta y su cumplimiento con OGUC y normativa ferroviaria.<br /> <br /> Requisitos definitivos para la aprobación del anteproyecto en relación a urbanización y accesos. |