Identificador |
BA002AW1970086 |
Fecha |
2025-10-15 10:00:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Coyancura 2241 Piso 2 Providencia |
Duración |
0 horas, 50 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Rafael Carvallo | Gestor de intereses | Federación Chilena de Parapente |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Presentar los problemas prácticos que el Reglamento de la Ley del Deporte genera en la administración de las organizaciones deportivas, particularmente en el funcionamiento y renovación de sus directorios. Adicionalmente, presentar el caso puntual de la Federación de Parapente, la cual a pesar de varias gestiones con el IND, no ha logrado respuesta (incluso se le citó a una reunión presencial donde ninguno de los funcionarios del IND se presentó).<br /> --------------------------------------<br /> Acta Reunión<br /> <br /> Objetivo de la Reunión: Presentar algunos puntos del Reglamento de OODD que no se ajustan a la Realidad de las Organizaciones Deportivas<br /> <br /> Tamas tratados<br /> La Federación de Parapente presenta una minuta con algunos puntos del reglamento de OODD que a su juicio no se ajustan a la realidad de las Organizaciones Deportivas y que a ellos en particular les ha afectado para cumplir con lo exigido para que se actualice su Directorio en el Registro de Organizaciones Deportivas.<br /> Entre los puntos señalados está la citación de los socios por carta certificado para la conformación de la comisión electoral y la posterior Asamblea para la elección del Directorio. Señalan además que estando presente el 100% de los socios se subentiende que se hizo una citación que fue recibida por todos los socios y que en dicho caso se debiese obviar esta exigencia.<br /> Se explica que el Reglamento se aplica a todas las organizaciones deportivas por igual y que dado que el reglamento interpreta la ley que es la que mandata, como institución debemos aplicarlo.<br /> Se explica además que de igual forma se ha suscitado situaciones en que se ha realizado la citación por correo electrónico y en más de una ocasión algún socio ha señalado que no recibió la citación lo que ha generado que vaya a la contraloría por incumplimiento a lo mandatado por el reglamento, lo que ha generado sumarios.<br /> Se señala que el 22 de mayo se notificó a todas las organizaciones un comunicado donde se informó el procedimiento a seguir, según lo señalado en el Reglamento, incluyendo a su organización.<br /> Se explica que existe un orden jerárquico y que como área técnica se ha oficiado al director nacional, sin embargo, la modificación del reglamento depende del Ministerio del Deporte.<br /> Se informa a la Federación que la autoridad está llamando a formar el COSOC (Consejo de la Sociedad Civil) por si les interesa formar parte de este en representación de la ciudadanía.<br /> <br /> Acuerdos<br /> • La DRM de IND oficiará nuevamente al Nivel Central respecto a una modificación del Reglamento, adjuntando la minuta presentada por la Federación.<br /> • La Federación autoriza que se utilice la minuta para oficiar al Nivel Central de IND.<br /> • La Federación citará a sus socios por correo certificado a una nueva Asamblea, con el objeto de cumplir con la normativa vigente y a su vez le informará el motivo de ésta. |