En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2026-04-23 10:00:00-04 | AY001AW2153539 | Sujeto Pasivo | Victor Betancourt Donoso | REPRESENTAMOS A LA CORPORACION COFOCHILEX CHILE CON PERSONALIDAD JURIDICA NUMERO numero 369334 de 27 DEL 09 DEL AÑO 2024 EN LA COMUNA DE SAN BERNARDO SOLICITAMOS EN REGISTROI DE LA MARCA BAJO EL NUMERO 1647073 CON NUESTRO REPRESENTANTE LEGAL VICTOR BETANCOURT DONOSO Y TENEMOS OPOSICION BAJO LA NUMERO 1641238 EVELYN CELESTE TRUJILLO VEGA Y ADRIANA ALVAREZ OSORIO AHORA CON CAMBIO DE REPRESENTANTE PARA COFOCHILEX ESPAÑA CON PEDRO ADOLFO GUERRERO.. DEBEMOS COMUNICAR QUE HAY UNA QUERELLA CRIMINAL DE PARTE DE NUESTRA CORPORACION ACOGIDA A TRAMITACION CON DESIGANCION DE FISCAL PORQUE LA SRA EVELYN TRUJILLO VEGA POR FALSIFICACION DE INSTRUMENTO PRIVADO Y USO MALICIOSO DE INSTRUMENTO PRIVADO FALSO PREVISTOS Y SANCIONADOS EN LOS ARTICULOS 193 Y 197 DEL CODIGO PENAL EN GRADO DE CONSUMADOS TODOS EN DIRECTA RELACION AL APODERAR DE LA MARCA COFOCHILEX Y LA INSTITUCION QUE NACE HACE 22 AÑOS Y TIENE DESDE EL 2024 SU SEDE EN CHILE COMO CORPORACIO COFOCHILEX CHILE. LA FISCAL YA INSTRUYO INVESTIGACION ATRAVES DE LA PDI QUIENES YA SE COMUNICARON CON NOSTROS PARA ENTREGAR TDO EL EXPEDIENTE DIGITAL Y FOTOGRAFICO COMO EVIDENCIA SIENDO COMO PARTE TODA LA DOCUEMNTACION FALSA QUE LES INGRESO TRATANDO DE REGISTAR LA MARCA BAJO EL NUMERO ANTES INDICADO POR ESO ES VITAL PODER CONSIDERAR ESTA REUNIR YA QUE NO ES UNA SIMPLE APROPIACION DE MARCA SINO QUE VA MAS ALLA CON UNA SERIE DE DELITO YA CONSUMADOS EN ESPAÑA Y LOS DEMA EN CHILE COSA QUE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO TAMBIEN ESTA EN CONOCIMIENTO Y SE DERIVO A LA FISCALIA Y TAMBIAN EL MINISTRO DE JUSTICIA TAMBIEN ESTA EN CONOMIENTO TAMBIEN DERIVANDO A LA FISCALIA SANTIAGO ORIENTE PORQUE SON VARIOS DELITOS LOS COMETIDO AL TRATAR DE USRPAR LA IDENTIDAD SINO COMO MODUS OPERANDI DE CONSEGUIR RECURSOS DEL GOBIERNO DE CHILE SON SOCIEDAD DE MALETIN./ Se recibió a doña María José ESpinoza y a don Víctor Betancourt Donoso, quien señaló actuar en representación de Corporación COFOCHILEX Chile y expuso antecedentes relacionados con la solicitud de marca COFOCHILEX y con controversias sobre la representación de dicha organización. El Sr. Betancourt indicó que el objetivo de la reunión era poner en alerta a INAPI, tal como señaló haberlo hecho ante otras instituciones, entre ellas la Municipalidad de San Bernardo y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Por parte de INAPI, se le escuchó y se explicó el marco general de competencias del Instituto, precisando que INAPI debe actuar conforme a sus facultades legales en materia marcaria y que no le corresponde pronunciarse sobre hechos penales ni conflictos internos de representación que deban ser conocidos por las autoridades competentes. Asimismo, se señaló que los antecedentes serían remitidos al área de Fiscalía de INAPI, para que analizara si correspondía realizar alguna acción institucional. Finalmente, el Sr. Betancourt indicó que remitiría documentos de respaldo, los que fueron enviados por correo electrónico con fecha 24 de abril de 2026. |
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| Sujeto Pasivo | María Espinoza | |||||
| 2026-04-17 15:30:00-04 | AY001AW2156444 | Sujeto Pasivo | Cristian Barros | Reunión de seguimiento de diversas materias de marcas comerciales en relación a trámites ante el Instituto Nacional De Propiedad Industrial./ Se trataron 5 puntos sobre marcas, levantados por ASCHIPI; incluyendo renovaciones y su reglamentación a través de la REs. EX 142, régimen recursivo; anotaciones practica de INAPI, régimen recursivo ; improcedencia de la contradicción en procesos de anotación y renovación ( no son procedimientos contradictorios ni dan lugar a controversia por lo que no corresponde la admisión de terceros); Error en la naturaleza del acto en la anotación no es subsanable; orden de presentación en anotaciones sucesivas no se modifica, salvo problemas técnicos en la presentación imputables a INAPI u otro órgano público interviniente; y la actualización de directrices y futuros trabajos de INAPI. | Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | María JEANNERET | |||||
| 2026-03-18 10:00:00-03 | AY001AW2106547 | Sujeto Pasivo | Grace Catalán | La requirente señaló como motivo de la audiencia lo siguiente:"Necesito urgente hablar sobre la marca strongman y la tramitación que ha tenido en Inapi. La cual ha sido vulnerada por procesos engorrosos tramitadora en inapi". Se dió inicio a la reunión vía meet a la hora señalada, la solicitante señaló ser ser abogado del titular de la marca STRONGMAN y estar preocupada porque su cliente sentiría que INAPI no lo está protegiendo, indica que es el único titular de la marca y que se habrían " metido entre medio otras personas con marcas como Strong Fergus, etc.". Se le explicó que el juicio por nulidad que enfrenta su cliente está regido por ley y que INAPI se apega estrictamente a ella. Se le informa, además que el juicio está en etapa de sentencia y que ésta debiera estar siendo notificada legalmente en un plazo de 15 días. | Ver Detalle | |
| 2025-08-29 10:00:00-04 | AY001AW1918365 | Sujeto Pasivo | Roxana Corball | Señor Director Nacional: Esteban Figueroa Nagel Muy buenos tardes. Agradezco la instancia, pero quiero expresar con claridad mi profunda disconformidad respecto del trato que ha tenido mi solicitud de marca. Ingresé la solicitud de la marca CAFE TEROS con fecha 16/09/2024 N de solicitud 1597982, y en mi caso no se han cumplido los plazos establecidos por INAPI para resover mi solicitud, hasta la fecha sigo esperando respuesta resolucion o explicacion de vicios o irregularidades que se han afectado este proseso, lo cual constituye una vulneracion a mi calidad de solicitante, y me deja en un estado de absoluta inseguridad jurídica. Entiendo que existió previamente un registro otorgado a un tercero (N° 1601275), el cual recientemente fue revocado por INAPI, despues de un reclamo formal efectuado por quien suscribe con fecha 06 junio 2025 dirigido a usted al correo inapi@inapi.cl. Este hecho confirma que existían vicios en la tramitación original y que mi solicitud debía continuar su curso de manera normal. Mi inquietud principal es que, pese a la revocación, mi solicitud sigue en revisión y no tengo claridad sobre: Las razones de la demora. El estado procesal exacto en que se encuentra. Los plazos concretos en que se resolverá. Lo que busco con esta reunión es obtener certeza jurídica y transparencia en torno a mi solicitud. Como solicitante y usuaria del sistema de propiedad industrial, requiero garantías de que mi caso será resuelto conforme a derecho y dentro de plazos razonables, evitando mayores perjuicios. Agradezco nuevamente esta instancia y como una solicitante que ha cumplido respetuosamente este proceso, quedo atenta a su respuesta. Roxana Corball Acuña Solicitante marca CAFE TEROS |
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| Sujeto Pasivo | Gabriela Alegría | |||||
| 2025-08-07 15:30:00-04 | AY001AW1900271 | Sujeto Pasivo | Venancio Coñuepán | Presentación protocolar de la Fundación Empresas Indígenas, y nuestro diagnóstico sobre las brechas y oportunidades para las empresas y emprendimientos indígenas con el propósito de explorar oportunidades de colaboración, en particular, recibir orientación para la creación de una marca de certificación de empresas indígenas. La fundación presentó su trabajo en el catastro de empresas indígenas y expuso la propuesta de crear un sistema de certificación inspirado en modelos de EE. UU., Australia y Canadá, con el fin de visibilizar y proteger la calidad de “empresa indígena” y fomentar su desarrollo económico. INAPI explicó los criterios actuales sobre marcas relacionadas con pueblos originarios y entregó orientación para que la iniciativa se materialice como una marca de certificación, destacando la necesidad de un reglamento claro y de consensuar requisitos con las propias empresas indígenas. Se relevó que el camino más realista es iniciar con una marca de certificación titularidad de la fundación (eventualmente en cotitularidad con organismos públicos), estableciendo parámetros claros y evitando exclusiones, para luego ampliar alianzas. También se discutieron aspectos técnicos como la clasificación de productos y servicios, plazos de registro (6 a 8 meses), costos y la conveniencia de apoyarse en experiencias comparadas y posibles alianzas estratégicas, como con la Cámara Nacional de Comercio, CONADI, MInisterio de Las Artes, Cultura y Patrimonio, Subdirección de Pueblos Originarios. |
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| Sujeto Pasivo | Gabriel Troncoso | |||||
| Sujeto Pasivo | Eileen Frodden | |||||
| Sujeto Pasivo | Gabriela Alegría | |||||
| 2025-06-19 10:30:00-04 | AY001AW1868144 | Sujeto Pasivo | Fabián Cortez | El solicitante requiere el informe de Tesorería General de la República, respecto de posibles fallas de sistema el día que intentó efectuar el pago de las tasas finales de registro en la solicitud N° 1582167 ( abandonada por falta de pago). Se le informó que se trata de comunicaciones vía correo electrónico, pues esa gestión interna requerida por INAPI no forma parte del proceso de registro de marca y se le envía vía correo electrónico a la siguiente dirección fabiancortezleiva@gmail.com. Ante su consulta de alternativas para solucionar esto, se le informa nuevamente que dentro del marco legal que nos rige, INAPI no está facultado para modificar el estado del proceso de registro que ya se encuentra terminado por abandono por falta de pago y que la única solución sería solicitar nuevamente el registro de la marca. Termina la audiencia señalando que no solicitará nuevamente la marca porque fue una pésima experiencia y que acudirá a TGR o Contraloría para que al menos le devuelvan el dinero que gastó en este procedimiento. | Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | Sabina PUENTE | |||||
| 2025-05-08 10:30:00-04 | AY001AW1828199 | Sujeto Pasivo | Erika Starost | Propiedad Intelectual y portafolio de marcas. La solicitante de la audiencia plantea que representa al grupo AJE, que explota mercados de bebidas, alimentos, detergentes, home care, etc; distribuye sus productos a través de tiendas de retail y en formato de tiendas propias que planean abrir en Chile a corto plazo y que por ahora funcionan con un centro de distribución. Tienen un extenso portafolio de marcas registradas en Chile y actualmente están en proceso de registro de la marca VOLT (para bebida energizante), la cual está registrada y en uso en toda latinoamérica. En Chile previamente existía registrada la marca BOLT24, por lo que el registro de su marca no tuvo éxito y han solicitado la nulidad del registro chileno, que, además, no está en uso en Chile. Adicionalmente la marca VOLt fue pedida por una persona natural y ellos se opusieron al registro. En definitiva, plantean la conveniencia de resolver ambos procesos conjuntamente y consultan los tiempos de respuesta de INAPI, particularmente en lo que refiere a la nulidad, pues pretenden comenzar a operar en Chile en 2025; se le informan tiempos de tramitación y en general el estándar de valoración de pruebas y criterios aplicados por INAPI. | Ver Detalle | |
| Sujeto Pasivo | Lorena Mansilla | |||||
| Sujeto Pasivo | Gabriela Alegría | |||||