En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2025-08-07 15:30:00-04 | AY001AW1900271 | Sujeto Pasivo | Venancio Coñuepán | Presentación protocolar de la Fundación Empresas Indígenas, y nuestro diagnóstico sobre las brechas y oportunidades para las empresas y emprendimientos indígenas con el propósito de explorar oportunidades de colaboración, en particular, recibir orientación para la creación de una marca de certificación de empresas indígenas. La fundación presentó su trabajo en el catastro de empresas indígenas y expuso la propuesta de crear un sistema de certificación inspirado en modelos de EE. UU., Australia y Canadá, con el fin de visibilizar y proteger la calidad de “empresa indígena” y fomentar su desarrollo económico. INAPI explicó los criterios actuales sobre marcas relacionadas con pueblos originarios y entregó orientación para que la iniciativa se materialice como una marca de certificación, destacando la necesidad de un reglamento claro y de consensuar requisitos con las propias empresas indígenas. Se relevó que el camino más realista es iniciar con una marca de certificación titularidad de la fundación (eventualmente en cotitularidad con organismos públicos), estableciendo parámetros claros y evitando exclusiones, para luego ampliar alianzas. También se discutieron aspectos técnicos como la clasificación de productos y servicios, plazos de registro (6 a 8 meses), costos y la conveniencia de apoyarse en experiencias comparadas y posibles alianzas estratégicas, como con la Cámara Nacional de Comercio, CONADI, MInisterio de Las Artes, Cultura y Patrimonio, Subdirección de Pueblos Originarios. |
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Sujeto Pasivo | Gabriel Troncoso | |||||
Sujeto Pasivo | Eileen Frodden | |||||
Sujeto Pasivo | Gabriela Alegría | |||||
2025-06-19 10:30:00-04 | AY001AW1868144 | Sujeto Pasivo | Fabián Cortez | El solicitante requiere el informe de Tesorería General de la República, respecto de posibles fallas de sistema el día que intentó efectuar el pago de las tasas finales de registro en la solicitud N° 1582167 ( abandonada por falta de pago). Se le informó que se trata de comunicaciones vía correo electrónico, pues esa gestión interna requerida por INAPI no forma parte del proceso de registro de marca y se le envía vía correo electrónico a la siguiente dirección fabiancortezleiva@gmail.com. Ante su consulta de alternativas para solucionar esto, se le informa nuevamente que dentro del marco legal que nos rige, INAPI no está facultado para modificar el estado del proceso de registro que ya se encuentra terminado por abandono por falta de pago y que la única solución sería solicitar nuevamente el registro de la marca. Termina la audiencia señalando que no solicitará nuevamente la marca porque fue una pésima experiencia y que acudirá a TGR o Contraloría para que al menos le devuelvan el dinero que gastó en este procedimiento. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Sabina PUENTE | |||||
2025-05-08 10:30:00-04 | AY001AW1828199 | Sujeto Pasivo | Erika Starost | Propiedad Intelectual y portafolio de marcas. La solicitante de la audiencia plantea que representa al grupo AJE, que explota mercados de bebidas, alimentos, detergentes, home care, etc; distribuye sus productos a través de tiendas de retail y en formato de tiendas propias que planean abrir en Chile a corto plazo y que por ahora funcionan con un centro de distribución. Tienen un extenso portafolio de marcas registradas en Chile y actualmente están en proceso de registro de la marca VOLT (para bebida energizante), la cual está registrada y en uso en toda latinoamérica. En Chile previamente existía registrada la marca BOLT24, por lo que el registro de su marca no tuvo éxito y han solicitado la nulidad del registro chileno, que, además, no está en uso en Chile. Adicionalmente la marca VOLt fue pedida por una persona natural y ellos se opusieron al registro. En definitiva, plantean la conveniencia de resolver ambos procesos conjuntamente y consultan los tiempos de respuesta de INAPI, particularmente en lo que refiere a la nulidad, pues pretenden comenzar a operar en Chile en 2025; se le informan tiempos de tramitación y en general el estándar de valoración de pruebas y criterios aplicados por INAPI. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Lorena Mansilla | |||||
Sujeto Pasivo | Gabriela Alegría |