Identificador |
AW004AW2166311 |
Fecha |
2026-05-04 12:00:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Oficinas SEA Biobío, Lincoyán 145 |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Francisco Javier Molina Burgos | Lobista | MUNICIPALIDAD DE SANTA JUANA | Municipalidad de Santa Juana |
| Leonel heraldo Candia Gutierrez |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
En la reunión, por parte del SEA, participó además la asesora jurídica Sra. Angélica Riffo. El tema de la reunión fue solicitar orientación técnica respecto de la pertinencia de ingreso de ingreso al SEIA del proyecto Diseño Paseo Laguna Rayenantu comuna de Santa Juana. Se indicó que se está postulando a fondos del programa Quiero Mi Barrio y desean despejar ciertas incertidumbres respecto dela pertinencia de su tramitación ambiental, en la reunión mostraron una ppt con el proyecto de mejoramiento del entorno de la laguna, comentando que es un espacio valorado por la comunidad y en el cual los vecinos realizan actividades recreativas y de paseo, se mostraron los detalles del proyecto el cual incluye señalética interpretativa, mobiliario urbano, iluminación y mejoramiento de pasarelas que ya existen en el sector, y destacan que no se realizará intervención del cuerpo de agua.<br /> <br /> Al respecto el SEA comenta que la pertinencia de ingreso al SEIA es de carácter voluntario y procede cuando el titular de un proyecto posee dudas respecto de la aplicabilidad de alguna tipología del artículo 3 de RSEIA, en este caso en particular el literal s) relacionado a impactos sobre humedales asociados al límite urbano. En este contexto, se indica que el SEA cuenta con guías e instructivos para el análisis de su aplicabilidad, se explican dichos alcances y donde se encuentran disponibles. A su vez los solicitantes indican que el proyecto está próximo a un fuerte el cual es monumento histórico, a ese respecto se hace el alcance de verificar bien la definición del polígono del fuerte, ya que para efectos del SEIA se considera área colocada bajo protección oficial, por lo cual podría ser pertinente el análisis del literal p) del artículo 3 del RSEIA. |