En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
| Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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| 2026-06-24 10:00:00-04 | AW002AW2213100 | Sujeto Pasivo | Juan Pablo Feliu | Audiencia, se realizó en la plataforma Microsoft Teams. El tema de la reunión fue la emisión de olores en la industria Sanitaria, señalando que para esta industria la no existencia de una norma de olores específica para el sector representa un problema, ya que hasta ahora las fiscalizaciones de las plantas de tratamiento a este respecto se realizan con la incorporación de criterios regionales y que lo anterior también representa una problemática ante la evaluación ambiental de estos proyectos, al no existir un criterio común. Dado lo anterior, solicitan que se avance en una normativa de olores para este sector, y adicionalmente entregan algunas sugerencias para su elaboración que dicen relación con que sea la Superintendencia de Servicios Sanitarios quienes se hagan cargo de dictar dicha normativa para aprovechar sus facultades sectoriales y tal vez con menores tiempos en su dictación. Indican que el año 2025 fueron entregados al MMA dos informes que podrían servir de insumo para la dictación de esta regulación un informe en derecho y un informe técnico. Desde el MMA se le informó que se cuenta con una estrategia de olores, respecto de la cual hasta ahora se ha avanzado en una norma de olores del sector porcino y para el sector pesquero, y que la dictación de una norma para las PTAS aún está en evaluación. Se unió a la audiencia, Cristian Brito de ANDESS. Participan del MMA Juan Pablo Roddríguez Rocío Toro. Solicitud La Asociación Gremial de Empresas de Servicios Sanitarios ANDESS, quiere reunirse con Juan Rodriguez, con el objeto de darle la vision del gremio sobre los proyectos de ley en tramitación asociados a calidad de Aire |
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| 2026-06-23 10:00:00-04 | AW002AW2210072 | Sujeto Pasivo | Diland CASTRO | Audiencia, se realizó en la plataforma Microsoft Teams. La empresa hace una presentación de producto denominado BLUMMO, que es un filtro utilizado para reducir emisiones de humo en los artefactos a leña. Indican que han obtenido reducciones de un 90, pero que no han podido certificar su producto en un calefactor, debido a que la SEC no posee un protocolo al respecto. Solicitan que se analice la posibilidad de incorporar estos productos en los planes de descontaminación yo normas, a lo cual se les menciona que no podemos incorporar tecnologías específicas en los instrumentos de regulación. Se les indica que, pueden llevar directamente su tecnología a fabricantes de estufas para que ellos certifiquen el calefactor con dicho filtro ya incorporado, lo cual sería un acuerdo entre privados. Por otra parte, mencionan la prohibición de humos visibles en los planes durante la gestión de episodios críticos y que su tecnología ayudaría a evitar estos humos, por lo que se les aclara que el plan no establece algún tipo de tecnología específica para evitar los humos visibles, pero que su tecnología podría ser bien recibida por los usuarios, pero esto deberá ser un trato directo de su empresa con la comunidad. Participaron del MMA Juan Pablo Rodríguez Rocío Toro Roberto Martínez Solicitud Presentar antecedentes técnicos sobre la incorporación de tecnologías de abatimiento de emisiones en la fuente como medida complementaria al Programa de Recambio de Calefactores, en el marco de los Planes de Descontaminación Atmosférica |
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| 2026-06-18 15:00:00-04 | AW002AW2204320 | Sujeto Pasivo | José Domingo Ilharreborde | Audiencia, se realiza en la aplicación Microsoft Teams. La empresa VIDRALA hace una exposición en la cual se enfocan en un PCE voluntario, que realizaron para contar con emisiones de material particulado como resguardo y el cual fue aprobado por la SEREMI MA de la RM. Señalan que tienen problemas para cumplir con la meta de emisión contenida en el PCE. Por lo mismo se les explica que es labor de la SMA fiscalizar el cumplimiento de los PCE aprobados. Participan del MMA Juan Pablo Rodríguez Roberto Martínez. Solicitud Metas de emisión de Material Particulado para grandes establecimientos en la Región Metropolitana |
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| Sujeto Pasivo | Marco Miranda | |||||
| 2026-06-18 11:00:00-04 | AW002AW2208361 | Sujeto Pasivo | Martin Mendoza | Audiencia, se realiza en la aplicación Microsoft Teams. ENAP indica en contexto general que la reunión tiene por objetivo explicar el cumplimiento de metas de emisiones establecido por el PPDA de CQP y el porcentaje de captura de azufre. Realizan una presentación por los incumplimientos ya conocidos, explicando los problemas con que se encontraron con los reportes emitidos y por el cual hay un proceso abierto en curso. Su mayor preocupación es respecto al artículo 16 del PPDA, en el cual se exige un 98 de captura de azufre y se indica que actualmente están en el rango de 9091 de captura. Al respecto, levantan la preocupación de la fórmula establecida en el PPDA y que cualquier propuesta de modificación deberá verse directamente con la SMA, ya que esto está vigente. Por otra parte, indican cómo en otras partes del mundo se realiza esta exigencia, la cual exponen que los porcentajes de captura, son respecto a la unidad recuperadora y no a toda la planta. Para ello, solicitan esto sea analizado en la nueva revisión del PPDA actualmente en curso. Participan del MMA Juan Pablo Rodríguez Roberto Martínez. Solicitud Alcances PPDA en operación de Aconcagua. |
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| Sujeto Pasivo | Julio Friedmann Encina | |||||
| 2026-06-16 10:00:00-04 | AW002AW2200195 | Sujeto Pasivo | Diana Moraga | Audiencia, se realizó en la plataforma Microsoft Teams. Representantes de la empresa Proterm realizan una consulta técnica relacionada con los criterios para la definición del escenario más desfavorable en la modelación de olores y material particulado fino MP2,5, conforme a lo establecido en la Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA del Servicio de Evaluación Ambiental SEA. En particular, plantean la consulta respecto de la posible diferencia en la definición de dicho escenario para ambos componentes, considerando que variables como la concentración y las condiciones meteorológicas por ejemplo, velocidad del viento y temperatura podrían influir de manera distinta en la determinación del escenario más desfavorable para MP2,5 y olores. Por parte del Ministerio se señala que la selección del año meteorológico utilizado para la evaluación del escenario más desfavorable debe ser debidamente justificada mediante antecedentes técnicos que sustenten la decisión adoptada. Asimismo, se aclara que no existe un criterio único o regla general aplicable a todos los proyectos sometidos al SEIA, dado que la definición dependerá de las características particulares de cada caso. Finalmente, se deja constancia de que las opiniones y antecedentes técnicos abordados durante la audiencia corresponden a consideraciones de carácter técnico y no constituyen pronunciamiento respecto de procesos específicos de evaluación ambiental, cuya determinación dependerá del análisis y criterio del organismo evaluador competente en cada proyecto. Participan del MMA Juan Pablo Rodríguez Daniela Caimanque Tamara Araya. Solicitud. Se desea abordar algunas consultas respecto a los criterios que se deberían considerar para establecer lo que la autoridad solicita como escenario más desfavorable para modelaciones de Material Particulado y Olores, en especial tomando como referencia la Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEA. Tomando en cuenta que el MP y el olor se comportan de manera distinta a las mismas condiciones meteorológicas, debido a que son distintos contaminantes, se desea establecer si se unifican criterios para todos los contaminantes o se deben evaluar de manera particular. |
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| Sujeto Pasivo | Felipe Sanchez Mella | |||||
| 2026-06-04 11:00:00-04 | AW002AW2192061 | Sujeto Pasivo | Felipe Gutiérrez | Audiencia Se realizó en la plataforma Microsoft Teams. Don Felipe Gutiérrez se presentó como dueño de la comercializadora Hammerman de maquinaria agrícola, forestal y de construcción, y planteó una inquietud respecto del D.S. 392021 del MMA, norma de emisión de maquinaria fuera de ruta, referida a que la modificación de dicho decreto, que aplaza la entrada en vigencia de la norma para tractores únicamente, no consideró la premisa de igualdad ante la Ley al no considerar dicho aplazamiento también para otro tipo de maquinarias, como forestales por ejemplo. También señaló que la norma tiene algunas falencias, ya que debería haber incluido la obligación que el combustible de uso para maquinaria fuera de ruta tuviese una exigencia de contenido de azufre inferior a 10 ppm, ya que ahora tiene 50 ppm, lo que hace inviable el uso de maquinaria de mejor tecnología, y que además los principales proveedores de maquinaria como lo son México y Brasil no cuentan con tecnología TIER IV, que es la que pide la norma. Al respecto consultó si se prevé una modificación de dicha norma en el corto plazo, ante lo cual se le respondió que las normas de emisiones deben ser revisadas al menos cada 5 años contados desde la plena implementación de las medidas que se contemplan en particular, es decir no está considerado iniciar su revisión en el corto plazo. Participaron del MMA Juan Pablo Rodríguez Rocío Toro. Solicitud Proporcionalidad razonabilidad e igualdad ante la ley del DS39 2020 ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN PARA MAQUINARIAS MÓVILES. |
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| 2026-05-25 15:00:00-04 | AW002AW2153353 | Sujeto Pasivo | Valentina Vera | Audiencia, se realizó en la plataforma Microsoft Teams. Durante la instancia, la empresa informó que mantiene 1.110 equipos de aire acondicionado pendientes de instalación en la Región de Ñuble, señalando que sus contratos habrían finalizado en noviembre de 2025. Asimismo, indicó que los equipos se encuentran almacenados en Bodegas San Francisco, existiendo una deuda asociada al servicio de almacenamiento por un período aproximado de seis meses. En dicho contexto, la empresa consultó por los pagos pendientes y por la posibilidad de retirar los equipos, solicitando además una respuesta formal respecto de los montos y procedimientos administrativos aplicables. Por parte de la División de Calidad del Aire se les indicó que, al tratarse de contratos finalizados, cualquier gestión posterior debe ser evaluada administrativamente. Asimismo, se señaló que no corresponde efectuar pagos sin el retiro de los equipos y sin contar previamente con el instrumento administrativo que habilite dicha gestión. Se precisó que el eventual pago correspondería únicamente al concepto de almacenamiento, excluyendo servicios adicionales, y que la modalidad de pago debe ajustarse a los procedimientos administrativos del Estado. Finalmente, se indicó que la materia será consultada con la División Jurídica, especialmente respecto de la procedencia, figura administrativa aplicable y eventuales costos asociados, no siendo posible comprometer formalmente montos en dicha instancia. El segundo tema abordado correspondió a la instalación de aproximadamente 500 equipos de aire acondicionado en la Región de Los Lagos. Al respecto, Christian de Pellet Energy SpA., señaló que solo se entregaron cerca de 40 carpetas de terreno, cuyas instalaciones se habrían ejecutado en enero del presente año. Asimismo, consultó por el estado de revisión de los IOM asociados, indicando que existiría un monto pendiente de pago cercano a 8.000.000 pesos. Agregó que la garantía vigente asciende aproximadamente a 5.000.000 pesos, por lo que el margen sería reducido, señalando además que la empresa habría registrado pérdidas en el marco de dicha contratación. Sobre este punto, Eunice indicó que, lamentablemente, no existen postulantes suficientes para avanzar con la instalación de la totalidad de los equipos. En la misma línea, Juan Pablo Rodríguez, señaló que al tratarse de una modalidad de suministro y no existiendo postulantes disponibles, el margen de acción del Ministerio es limitado. Asimismo, Eunice informó que durante la primera quincena de junio se encontraría aprobada la revisión pendiente y se avanzaría en la coordinación del proceso de chatarrización, correspondiente a cerca de 40 equipos. Reiteró que se realizaron todos los esfuerzos para contar con postulantes disponibles, sin resultados suficientes. Finalmente, señaló que se proyecta el retiro de los equipos restantes dentro de un plazo aproximado de dos a tres meses, para lo cual se está evaluando la disponibilidad de una bodega en Temuco o Puerto Montt. El tercer tema abordado se relacionó con el trato directo para la instalación de los equipos de aire acondicionado de la Región del Maule. Al respecto, Christian consultó por la gestión del pago asociado a los meses de almacenamiento. Sobre este punto, Eunice indicó que se está trabajando en paralelo en dicha materia, mediante la elaboración de un informe técnico que permita fundamentar administrativamente el pago correspondiente. Señaló que dicho informe debe justificar las razones por las cuales no fue posible ejecutar oportunamente la instalación de los equipos, y que el acto administrativo respectivo debe ser suscrito por el Subsecretario del Medio Ambiente. Asimismo, se indicó que, una vez entregada la boleta de garantía, se podrá gestionar la firma del contrato asociado al trato directo. Respecto del pago por almacenamiento, se precisó que este correspondería a un acto administrativo distinto, bajo la figura de dispone pago, y no a un contrato. Dicho acto tendría efectos retroactivos, por lo que permitiría reconocer el período de almacenamiento anterior, una vez confirmado el monto correspondiente y tramitado el acto administrativo respectivo. Finalmente, Valentina consultó por la situación de los equipos de aire acondicionado de la Región de Ñuble. Sobre este punto, Eunice indicó que, por el momento, no existen plazos definidos. Participaron del MMA Juan Pablo Rodríguez Eunice Roa Claudio Aguilera. Solicitud 1. Almacenamiento de 1.825 equipos de aire acondicionado que quedaron sin instalar de los programas de Recambio de Calefactores de la Licitación Pública ID 608897 71 LR23 Linea 4 Maule y Linea 6 Ñuble por los cuales se nos dejó de pagar lo establecido según contratos por el término de los contratos y que desde el 14 de noviembre de 2025 fecha en la cual solicitamos se nos indicara el lugar donde debíamos entregarlos al MMA. Pero que se nos indicó y solicitó mediante correo electrónico CONTINUAR ALMACENAMIENTO DE LOS EQUIPOS Y QUE PAGAREMOS EL ALMACENAMIENTO DESDE EL TERMINO DEL CONTRATO HASTA EL RETIRO DE LOS EQUIPOS lo que no ha sucedido. 2. Contrato del servicio de instalación de 500 equipos de Aire Acondicionado para la ciudad de Osorno que fue aprobado por Resolución Exenta 6415 de 2025 que está pronto a vencer y la ejecución del mismo lleva un avance inferior al 10 por ciento lo que en la practica a nuestra empresa le ha significado perdidas de millones mensualmente por costos fijos asociados al mismo como es el almacenamiento de los equipos y el personal administrativo que está contratado específicamente para este contrato y que no se pueden cubrir por falta de ejecución. 3. Licitaciones publicas y privadas para el servicio de instalación de equipos de aires acondicionados que quedaron pendientes del Recambio de Calefactores del año 2023 las cuales se han analizado y hacen imposible postular a ellas porque la ejecución de las mismas no está garantizada y por lo mismo de ser adjudicadas provocarían perdidas similares o mayores a las que se advierten en el contrato mencionado precedentemente en el punto anterior por ser de similar naturaleza. |
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| Sujeto Pasivo | Christian Humberto Palma Vera | |||||
| 2026-05-20 10:30:00-04 | AW002AW2176559 | Sujeto Pasivo | Robert Fraser | Audiencia Se realizo de manera presencial en las dependencias del Ministerio. El representante de la empresa indicó tres puntos principales 1. Consultó respecto del proceso de revisión de la norma de número, informándosele que ésta se encuentra próxima a ser publicada. 2. Señaló su interés en apoyar al MMA a través de la asociación VERT, se le indicó que dicho apoyo podría materializarse mediante el proceso de consulta pública de la norma. 3. Finalmente, informó que ya no pertenece a la empresa Purexhaust, debido a que ésta fue vendida. Solicitud Como Asociación VERT que cuenta con varios proyectos destinados a reducir las emisiones de los vehículos especialmente las partículas ultrafinas procedentes de los motores diésel con el fin de mejorar la calidad del aire y la salud pública deseamos ofrecer nuestra colaboración a Chile. |
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| 2026-05-19 10:00:00-04 | AW002AW2173336 | Sujeto Pasivo | Humberto Rivas | Audiencia Los representantes de CODELCO realizaron una presentación sobre los alcances que el D.S. N322025, que establece la norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico, tendría sobre sus operaciones, particularmente respecto del artículo 11, referido al plan de control de emisiones de material particulado orientado al control de emisiones generadas en actividades de manejo, transporte y almacenamiento de materiales. Señalaron que dicha medida genera complejidades para la compañía, especialmente considerando que el desarrollo e implementación del plan debe realizarse en un plazo de nueve meses contado desde la entrada en vigencia de la norma, plazo que estiman insuficiente, proponiendo ampliarlo al menos a 18 meses. Asimismo, manifestaron dificultades asociadas a demostrar una eficiencia de abatimiento mínima global de 85 en la reducción de emisiones de material particulado para el conjunto de actividades identificadas en el Plan de Control de Emisiones. Por otra parte, respecto de la revisión de la norma primaria de calidad del aire para dióxido de azufre, señalaron que los límites de concentración propuestos se encontrarían en sobrecumplimiento en las estaciones pertenecientes a la compañía. Sin perjuicio de ello, manifestaron preocupación respecto de los niveles que originan episodios críticos, indicando que estos serían de los más estrictos a nivel internacional, por lo que solicitaron su revisión. Al respecto, se informó que el D.S. N322025 se encuentra actualmente en revisión y que se espera su próximo reingreso a la Contraloría General de la República, sin proyectarse modificaciones sustantivas respecto del texto previamente tramitado, aunque se revisará la preocupación planteada. también, respecto de la revisión de la norma de dióxido de azufre, se indicó que se analizarán los niveles que generan episodios críticos, con el objeto de mantener una adecuada armonización entre dicha norma y la norma de emisión para fundiciones. Participan del MMA Juan Pablo Rodríguez Emmanuel Mesías Rojas Solicitud Procesos normativos DS 32 norma de emisiones que modifica DS28 de 2013 vigente y proceso revisión de Norma Primaria de Calidad del Aire por SO2. |
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| Sujeto Pasivo | Damián Oyarzún | |||||
| 2026-05-14 15:00:00-04 | AW002AW2174509 | Sujeto Pasivo | Carlos Prat | Audiencia, se realiza en la plataforma Microsoft Teams. Los representantes del Complejo Metalúrgico Altonorte realizaron una presentación de la compañía y de los alcances que el D.S. N322025, que establece la norma de emisión para fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico, tendría sobre sus operaciones, así como de las medidas y acciones que se encuentran desarrollando para su futuro cumplimiento. Asimismo, consultaron respecto del estado de revisión de la normativa que fue retirada de la Contraloría General de la República CGR y sobre la eventual proyección de modificaciones al texto normativo, considerando que dicha regulación fue ampliamente discutida con la industria y se encuentra alineada con la Estrategia de Fundiciones y Refinerías FURE impulsada por el Ministerio de Minería. Al respecto, se informó que la normativa se encuentra actualmente en revisión y que se espera su próximo reingreso a la CGR, sin proyectarse modificaciones sustantivas respecto del texto previamente tramitado. Ante la consulta de plazos, se les indicó que no es factible establecer los tiempos de revisión en la CGR, ya que estos no son manejados por el Ministerio Participan del MMA Juan Pablo Rodríguez Rocío Toro Emmanuel Mesías. Solicitud Impacto de la primera Norma específica para arsénico de octubre 2025 en instalaciones existentes y planes futuros en evaluación. Explicar tecnologías de clase mundial implementadas por la compañía para captura y fijación de emisiones |
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| Sujeto Pasivo | Juan Carrasco | |||||
| 2026-05-13 12:00:00-04 | AW002AW2173905 | Sujeto Pasivo | Francisco Javier Karmy Guzmán | Audiencia. Se realizó en la plataforma Microsoft Teams. La empresa realizó la presentación del diseño de un bot para uso en plataforma WhatsApp, orientado al acceso de leña certificada yo seca para ser utilizada tanto por productores y comercializadores de leña como por usuario de leña. Mencionaron los beneficios de una plataforma de este tipo, que permite conectar microproductores con demanda en tiempo real facilitando la comercialización de leña seca y apoyando a comerciantes certificados. El objetivo del lobby fue explorar algún tipo de apoyo, frente a lo cual se manifestó que aun cuando podría ser una herramienta útil para potenciar el uso de leña seca, se sugirió gestionar dicho apoyo a través del Ministerio de Energía en el contexto de la Ley de Biocombustibles. Participaron del MMA Juan Pablo Rodríguez Rocío Toro. Solicitud Presentación de solución digital bot desarrollada por la empresa chilena Luuk SpA orientada a apoyar la implementación de la Ley 21.499 mediante la digitalización del mercado de la leña. La herramienta utiliza inteligencia artificial y geolocalización para conectar microproductores con demanda en tiempo real facilitando la comercialización de leña seca promoviendo la trazabilidad y apoyando procesos de certificación. La solución aborda desafíos estructurales del sector particularmente en materia de informalidad calidad del combustible y acceso a mercado para pequeños productores. Se solicita explorar instancias de colaboración con el Ministerio de Energía de Chile para evaluar la implementación piloto de la herramienta en programas vinculados a biomasa formalización de productores y reducción de emisiones facilitando la adopción territorial de la normativa. |
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| 2026-05-12 10:00:00-04 | AW002AW2170248 | Sujeto Pasivo | EUGENIO AVENDAÑO ARIZTÍA | Audiencia La empresa BBRS SpA., presentó su catálogo de calefactores con especial énfasis en la línea de equipos a kerosene, manifestando su interés en participar en futuras licitaciones de adquisición del Programa de Recambio de Calefactores. Durante la instancia, la empresa expuso las principales características y ventajas de dicha tecnología, señalando que el combustible presenta actualmente un menor costo en comparación con otras alternativas de calefacción y que cuenta con subsidio vigente. Asimismo, a modo de referencia comparativa, la empresa indicó que las emisiones de estos equipos serían menores que las asociadas a equipos a pellet y similares a las de calefactores a gas. Hicieron referencia a su experiencia previa en el Programa, desde la Región de OHiggins hasta la Región de Aysén, señalando que los equipos habrían presentado una buena recepción por parte de las personas beneficiarias, principalmente en relación con su funcionamiento, el bienestar térmico generado en las viviendas y la baja ocurrencia de requerimientos de post instalación. En particular, la empresa señaló que el calefactor a kerosene de tiro forzado correspondería al equipo más adecuado dentro de su oferta para el marco del Programa. Al respecto, desde la División de Calidad del Aire se indicó que se evaluará la posibilidad de reincorporar esta línea en futuras licitaciones. Finalmente, se abordó la situación de 101 equipos a kerosene de propiedad del Ministerio del Medio Ambiente, actualmente almacenados por la empresa, los cuales se encuentran destinados a ser instalados en las comunas de Chillán y Chillán Viejo, Región de Ñuble. Sobre este punto, se indicó que se retomará el contacto con la empresa para evaluar las gestiones necesarias para su eventual instalación, considerando además que se encuentra en análisis jurídico la posibilidad de instalar dos equipos por vivienda, atendidas las características técnicas de los equipos y con el objeto de facilitar su instalación. Participaron del MMA Juan Pablo Rodríguez Fernández Enuncie Roa Roa Claudio Aguilera Marabolí Solicitud Retomar el contacto con el Ministerio presentar la línea de productos disponibles y la experiencia desarrollada en los planes de recambio de calefactores a leña por nuevas tecnologías más eficientes desde el año 2014 |
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| Sujeto Pasivo | JUAN PABLO DEL CAMPO BESA | |||||
| 2026-04-24 10:00:00-04 | AW002AW2123763 | Sujeto Pasivo | Juan Pablo Schaeffer | Audiencia: Se realizó en la plataforma Microsoft Teams, el 29 de abril a las 10:00 horas. Los representantes de Anglo American realizaron una presentación sobre la interacción entre distintos instrumentos regulatorios ambientales aplicables a la Fundición Chagres, particularmente respecto de las emisiones de SO₂ y MP2,5, incluyendo la Norma de Emisión para Fundiciones (DS N°28/DS32), el PPDA (DS18), la Norma Primaria de Calidad del Aire para SO₂ (DS104) y la Norma Primaria de Calidad del Aire para MP2,5 (DS12), varios de ellos actualmente en revisión. La empresa manifestó preocupación respecto de posibles superposiciones regulatorias y eventuales dobles exigencias derivadas de la aplicación conjunta de normas de emisión, normas de calidad y planes de descontaminación, especialmente considerando el tratamiento del SO₂ como precursor de MP2,5. En ese contexto, solicitaron que los procesos regulatorios consideren criterios de coherencia y coordinación entre instrumentos, evitando escenarios de sobre regulación. Al respecto, se indicó que el PPDA actualmente vigente presenta escaso margen de modificación. Sin perjuicio de ello, se señaló que los instrumentos actualmente en revisión están siendo desarrollados de manera coordinada, con el objeto de resguardar coherencia regulatoria entre ellos. En particular, se informó que en la revisión de la norma primaria de calidad del aire para SO₂ se incorporaría una disposición orientada a evitar la imposición de exigencias más estrictas para fundiciones que aquellas propuestas en la revisión de la norma. Participaron del MMA: Juan Pablo Rodríguez Rocío Toro Emmanuel Mesías Solicitud: Coherencia regulatoria de normas para fundición. |
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| Sujeto Pasivo | Juan Somavia | |||||
| Sujeto Pasivo | Hugo Frías | |||||
| Sujeto Pasivo | Luis Quezada Perez | |||||
| Sujeto Pasivo | Claudia Garrido S. | |||||