Audiencias - Año 2026 - Martín Becker

1. Información General

Identificador

AW002AW2125635

Fecha

2026-04-20 15:00:00-04

Forma

Videoconferencia

Lugar

Hará la conexión por plataforma teams Martín Becker Toro, Jefatura de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad. Ante cualquier consulta tomar contacto con Jacqueline Lara Jeria, correo electrónico jlara@mma.gob.cl

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Juan Francisco Sánchez Gestor de intereses VL Legal Limitada FCMI Chilean Holding
Lucas Orezzoli Gestor de intereses FCMI Chilean Holding

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

El Tercer Tribunal Ambiental en sentencia definitiva de causa Rol R 28 2022 ordenó anular parcialmente la Resolución Exenta N 1407 de 2021 en lo relativo a la declaración de Humedal Urbano Rupallán. El Ministerio del Medio Ambiente instruyó a su División de Recursos Naturales y a la Seremi de Los Lagos efectuar el análisis técnico asociado a la verificación de los criterios de delimitación del Humedal.<br /> El predio de nuestro cliente también fue afectado por el defectuoso demarcamiento del humedal. Pedimos que se nos extienda la anulación dado que tiene las mismas características fácticas al de los reclamantes.<br /> El solicitante a nuestra audiencia, informa sobre proceso de declaración del humedal urbano Rupallán, dentro de cuyos límites se emplaza un terreno de su propiedad que daría origen a un proyecto de viviendas sociales. El solicitante expone sobre un fallo judicial en un predio vecino, en el que se instruye a la Subsecretaría del Medio Ambiente a llevar a cabo una redelimitación del humedal. Para llevar a cabo una evaluación de los antecedentes, el Ministerio del Medio Ambiente solicita el envío de estudios que dan cuenta de una propuesta de delimitación distinta y de superficie más acotada que el polígono definido como humedal urbano.