Identificador |
AW002AW2044166 |
Fecha |
2026-01-13 17:15:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Estimados. La reunión de lobby se realizará el martes 13 de enero de 2026 a las 17:15 hrs., por la plataforma Teams. Ingreso de solicitud de audiencia AW002AW2044166. Saludos. |
Duración |
0 horas, 15 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| José Gabriel Feres Nazarala | Gestor de intereses | Fundación Tunquén Sustentable | |
| JOSÉ ARON FLIMAN GRINBERG | Gestor de intereses | Fundación Tunquén Sustentable | |
| José Miguel Gazitúa Costabal | Gestor de intereses | Fundación Tunquén Sustentable | |
| María Pía Figueroa Edwards | Gestor de intereses | Fundación Tunquen Sustentable |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Consultar y pronunciarse respecto de la tramitación del procedimiento administrativo de invalidación del Decreto Supremo Nº 35, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara el Santuario de la Naturaleza Playa Sur de Tunquén, iniciado mediante Resolución Exenta Nº5.992/2025, de 01 de septiembre de 2025, del Ministerio del Medio Ambiente.<br /> <br /> Asistentes MMA: <br /> Ariel Espinoza Galdames, jefe de la División Jurídica. <br /> Claudia Alfaro Cornejo, jefa del Departamento de Legislación y Regulación Ambiental.<br /> Gabriel Bustos Bustillos, profesional del Departamento de Legislación y Regulación Ambiental.<br /> <br /> Asistentes Fundación Tunquén Sustentable:<br /> José Gabriel Feres Nazarala.<br /> José Aron Fliman Grinberg.<br /> José Miguel Gazitúa Costabal.<br /> María Pía Figueroa Edwards. <br /> <br /> En la reunión se expresó la preocupación de la Fundación Tunquén Sustentable por la resolución del procedimiento de invalidación administrativa respecto de la declaración del Santuario de la Naturaleza “Playa Sur de Tunquén”, mediante Decreto Supremo N° 35/2024 del Ministerio del Medio Ambiente, la cual fue presentada por propietarios particulares del sector en que se emplaza el área protegida. Al respecto, se informó desde el Ministerio del Medio Ambiente que la solicitud de invalidación se encontraba en revisión, y que se resolvería dentro del plazo establecido por el artículo 53 de la Ley N° 19.880, es decir, antes del 16 de febrero de 2026. |