Audiencias - Año 2026 - Glenda Giménez

1. Información General

Identificador

AU004AW2156188

Fecha

2026-04-17 10:00:00-04

Forma

Videoconferencia

Lugar

Id. de reunión: 277 963 936 310 191 Código de acceso: hU2M8fk6

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Marcos Vaccarezza Gestor de intereses Fraunhofer Chile Research foundation Fundacion Fraunhofer Chile Research
Cristobal Venegas Gestor de intereses Fundacion Fraunhofer Chile Research
Glenda Giménez
Fernanda Novoa

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Esta solicitud se enmarca en un estudio de mercado que estamos desarrollando para la empresa Wilo SE de Alemania en colaboración con GIZ. En este contexto uno de los principales objetivos es analizar la normativa vigente y los estándares de seguridad aplicables a plantas de producción de hidrógeno de hasta 5 MW de capacidad de electrólisis con el fin de proporcionar mayor claridad respecto a los procedimientos y requerimientos necesarios para la implementación de este tipo de proyectos en distintos sectores industriales del país. Adicionalmente la reunión busca complementar y validar la información normativa que ya hemos recopilado permitiéndonos identificar de manera más precisa los aspectos críticos y desafíos regulatorios asociados a esta línea de desarrollo.<br /> La reunión tuvo por objetivo que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) diera a conocer los procedimientos asociados al registro de instalaciones de hidrógeno, así como su experiencia en la tramitación de proyectos en esta materia.<br /> Por parte de Fraunhofer, se señaló que, a modo de contexto, se encuentran desarrollando un estudio de mercado para la empresa Wilo SE de Alemania, la cual cuenta con algunas instalaciones de hidrógeno en dicho país y tiene interés en expandir este tipo de proyectos hacia Brasil y Chile. En este marco, se está evaluando el desarrollo de un proyecto en Chile, para lo cual Fraunhofer está realizando un estudio de mercado y de la normativa aplicable. En ese contexto, han sostenido reuniones con diversas instituciones y con instaladores de hidrógeno, con el objetivo de conocer el proceso de desarrollo de proyectos, su tramitación y recoger experiencias. Debido a lo anterior, consideraron relevante contactar a la SEC para profundizar en los aspectos normativos aplicables.<br /> Por parte de la SEC, se señaló que desde el año 2021 existe la obligatoriedad de registrar las instalaciones de hidrógeno en la institución. En cuanto a la metodología de inscripción, se explicó que estas pueden registrarse conforme al Decreto Supremo N°13/2022 o, en su defecto, mediante la figura de proyecto especial, aplicable a aquellas instalaciones que se encuentran fuera del alcance del reglamento. Asimismo, se indicó que, previo a la entrada en vigencia del DS13/2022, ocurrida a mediados de 2024, las instalaciones solo podían tramitarse como proyectos especiales. En este contexto, se elaboraron dos versiones de una guía para la autorización de proyectos especiales. Actualmente, dicho proceso se realiza mediante un procedimiento a través de una plataforma digital para la autorización de proyectos especiales.<br /> Durante la reunión, se comentó que la mayoría de las instalaciones han sido ingresadas como proyectos especiales, lo cual se explica porque gran parte corresponde a estaciones surtidoras de hidrógeno, las cuales actualmente se encuentran excluidas del alcance del reglamento. Posteriormente, Fraunhofer realizó diversas consultas a la SEC, entre ellas, respecto de qué se requiere para que estas instalaciones no deban ingresar como proyectos especiales. Al respecto, se indicó que aún no existe reglamentación específica para este tipo de instalaciones, y que su desarrollo normativo es competencia del Ministerio de Energía, señalándose además que, si bien en su momento hubo avances en el desarrollo de este reglamento, actualmente se encuentra pendientes de continuidad.<br /> Asimismo, se abordaron las principales dificultades en la tramitación de proyectos, señalándose que estas dependen en gran medida de la calidad de los antecedentes presentados; es decir, si el proyecto ingresa con la documentación completa y si cumple técnicamente con los requisitos, los plazos de tramitación debiesen ser acotados.<br /> También se consultó sobre el uso de normativa internacional, ante lo cual se respondió que esta se utiliza de manera habitual, tanto antes de la entrada en vigencia del DS13/2022 (el cual se basa en normativa internacional), como actualmente en la presentación de proyectos especiales.<br /> Finalmente, se consultó si existe coordinación entre la documentación presentada en el marco de la evaluación ambiental y aquella requerida para la tramitación ante la SEC, a lo que se respondió que se trata de procesos independientes. La reunión concluyó dejando abiertos los canales de comunicación para futuras consultas o requerimientos.