Audiencias - Año 2026 - Manuel Cartagena Segura

1. Información General

Identificador

AU004AW2074901

Fecha

2026-02-04 10:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

SE ENVIÓ CORREO CON INVITACIÓN REUNIÓN EL DÍA MIERCOLES 04/02/26 A LAS 10 HRS.

Duración

0 horas, 29 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
jessica bascur ortiz Gestor de intereses Jessica bestriz bascur ortiz
Anatolio Silva Gestor de intereses Anatolio Silva

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones.

4. Especificación materia tratada

Se hizo un reclamo a la sec en contra de coopelan la cual emitió un dictamen para que la compañía eléctrica diera factibilidad a un medidor eléctrico y pudiéramos contar con electricidad el cual no se a cumplido por parte de coopelan y necesito que se haga efectivo.<br /> <br /> NOTAS:<br /> Propietaria consulta por reclamo presentado ante la SEC, por la negativa de COOPELAN de conectar el empalme de su vivienda, argumentando que se ubica bajo una red eléctrica de esa empresa. Presentándoles un presupuesto aproximado de $900.000 por realizar el traslado de la postación.<br /> El reclamo fue acogido y COOPELAN aún no conecta el servicio, por lo que consulta si la SEC va a hacer valer su derecho a conexión.<br /> <br /> Por parte de la SEC, se le informa que la empresa presentó un Recurso de Reposición ante la SEC, derecho que le asiste a cualquier persona natural o jurídica, ante una actuación de organismos públicos. Recurso que se encuentra en trámite.<br /> En cuanto al fondo de lo alegado, se informa que efectivamente la construcción bajo la red es una situación de riesgo que se encuentra prohibida en la reglamentación eléctrica. Por lo que en este tipo de casos el costo de traslado de la red, debe compararse con el de traslado o remodelación de la vivienda. Siendo justo reconocer que el monto cobrado se encuentra bajo los valores que las empresas cobran por daño a postaciones en accidentes vehiculares. <br /> Ante la afirmación de que la vivienda estaba antes que la línea eléctrica, se informa que la empresa en su recurso fija el año 1987 como año de construcción de la red. Por lo tanto, de tener probatorios de una fecha de construcción anterior a esa fecha, se recomienda presentar los antecedentes.<br /> Adicionalmente se pone a disposición de la interesada el teléfono institucional para que pueda enviar la ubicación del predio y de esta forma visualizar la fecha de instalación de la vivienda con las imágenes satelitales.<br /> <br /> Finalmente se agrega un participante con los datos correspondientes.