Identificador |
AU004AW1985442 |
Fecha |
2025-11-10 15:30:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
UGxhdGFmb3JtYSBURUFNUw== |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Mario Oportus | Gestor de intereses | Mario Rodrigo Oportus Morales |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Situación del protocolo propuesto API 653<br /> RESPUESTA:<br /> 1. Respecto de la materia en consulta, se debe hacer presente que el solicitante presentó un requerimiento a según consta en carta ingreso OP N° 329535, de fecha 11.07.2025, que se encuentra en evaluación en SEC para emisión de posterior respuesta formal. Dicho documento propone una modificación del Protocolo de inspección de tanques de superficie, específicamente de tanques construidos in situ (API 650), mediante el uso de un robot capaz de determinar los espesores remanentes del fondo del tanque.<br /> 2. Se indica que lo anterior requiere una modificación del Protocolo PC 111/2, previa verificación de dicha tecnología en la norma de inspección de referencia API 653.<br /> 3. El solicitante aclara que no busca reemplazar la inspección cada 10 años del fondo del tanque, sino que, obtenidos los resultados de medición mediante el uso del robot, poder extender el periodo para inspeccionar el fondo, lo anterior considerando lo dispuesto en el artículo 105 del DS 160/2008, que indica que “La frecuencia para inspección interior de fondo de tanques de superficie indicada en la Tabla XV A podrá ser excepcionalmente modificada mediante un estudio basado en la corrosión que considere los resultados de inspecciones previas al tanque o a tanques similares, de acuerdo a la metodología indicada en la norma API 653 "Tank inspection, repair, alteration and reconstruction", 3th. Edition addendum 2, november 2005.”<br /> 4. Se indica que los antecedentes están siendo analizados, junto con la norma API 653 y que, una vez concluido lo anterior, se emitirá la respuesta correspondiente. |