Audiencias - Año 2025 - José Roberto Rojas Cornejo

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-12-26 10:30:00-03 AR006AW2044980 Sujeto Pasivo Pablo Caneo Caneo Se instalara un proyecto fotovoltaico en PILLANKO (FUERZA DEL AGUA EN MAPUCHE) en la comuna de cabrero en donde el uso de suelo es agrícola y la calidad de suelo es muy bueno y lo han bajado de categoría para instalar este proyecto. Solicitamos realizar un nuevo estudio de suelo, ya que, este tipo de situaciones pone en peligro la soberanía alimentaria de nuestra comuna, región y país.
Este caso se viene repitiendo en diferentes comunas del país, por lo que solicitamos, una revisión completa de estos estudios y los responsables de los funcionarios que estan clasificando estos suelos.

Acta:
Se informa al sr. Pablo Caneo, que las materias abordadas en la solicitud de audiencia del folio AR006W2044980, corresponden a aquellas actividades indicadas en el Art. 5, numeral 1 de la Ley 20730 que Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

Se informa al gestor de interés que el proyecto “Fotovoltaico Pillanko, se encuentra en proceso de evaluación ambiental en el sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA) que, en este marco, el SAG Región del Bio Bio ha emitido tres pronunciamientos a la fecha en que SAG ha observado la caracterización del componente suelo, como aspectos del componente fauna.

Se indica además que el Servicio no ha dado su conformidad porque presenta reparos a la caracterización del suelo, que tampoco ha otorgado el PAS 160.

En forma complementaria se informó al gestor que el expediente del proyecto es público y se encuentra publicado en la página del SEIA, que administra el SEA y que consta en dicho expediente que el proceso de evaluación se encuentra suspendido a solicitud del titular del Proyecto.

No asiste sra. Ximena Huiquil y don Javier Ruiz

Por el SAG, participa don Jose Roberto Rojas, Jefe División y la sra. Pilar Mesa, Jefa (S) Departamento Gestión Ambiental
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Sujeto Pasivo Ximena Huaiquil Puel
Sujeto Pasivo Javier Ruiz
2025-12-22 15:00:00-03 AR006AW2034621 Sujeto Pasivo Andres Melossi Me interesa tratar sobre la realización de un loteo agrícola simulado, que no responde a una subdivisión con criteros técnico agrícolas sino que a parcela de agrados, sobre una viña de más de 90 años en la propiedad rol 185-106 de la comuna de San Javier, Región del Maule y cuya subdivisión se encontraría para su aprobación por el Director Nacional. Todo lo anterior, para los efectos de las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcción que establece exigencias de urbanizar loteos de esas caracetrísticas estén en terrenos urbanos o rurales.

Acta:

Se efectuó consulta, por parte del Sr. Andrés Melossi, la evaluación de parte del SAG de una solicitud de subdivisión rural de un loteo irregular de parcela de agrado, sobre una viña muy antigua de propiedad correspondiente al rol 185-106, comuna de San Javier, Región del Maule y cuya subdivisión se encontraría para su aprobación por el Director Nacional, ya que le abrían informado que el SAG de la región del Maule habría rechazado. Al respecto se le informa al Sr. Melossi que el Servicio no tiene ningún recurso jerárquico de subdivisión predial asociado al rol: 185-106. En caso que requiera ratificar esta información se sugiere efectuar una solicitud de acceso a la información al SAG de la región del Maule, señalando otros antecedentes complementarios de una eventual solicitud de subdivisión predial mencionada, tal como nombre del o los propietarios u otros roles asociados a la propiedad, con la finalidad de facilitad la búsqueda, por parte del Servicio.
Adicionalmente, Sr. Melossi, consulta por la base legal que tiene el SAG para aprobar loteos de subdivisión. Se aclara que las subdivisiones pueden ser solicitadas a través del Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que se asocia principalmente a las subdivisiones para viviendas sociales, y la otra es en base al DL 3516 que establece normas división de predios rústicos, manteniendo la aptitud agrícola, ganadera o forestal. Para mayor especificación, dichas normas y sus procedimientos se encuentran publicados en la página web del Servicio.

Se finaliza la reunión sin generar acuerdos.

Obs. : Participan por el SAG: don Roberto Rojas Cornejo, Jefe de División y don Mario Gallardo, Jefe Depto. Protección y Conservción de Suelo y Aguas
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