Audiencias - Año 2016 - Víctor Torres

1. Información General

Identificador

AP010AW0172862

Fecha

2016-08-12 12:00:00-04

Forma

Presencial

Lugar

PRAT N° 411 TERCER PISO

Duración

12 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
PAULA ELIZABETH SANHUEZA MALDONADO Gestor de intereses Paula Elizabeth Sanhueza Maldonado
Carolina Andrea Alburquenque Otero Gestor de intereses Carolina Andrea Alburquenque Otero

3. Materias Tratadas

Ninguna de las anteriores

4. Especificación materia tratada

Se presentó la Sra. Paula Sanhueza en compañía de la abogada Carolina Alburquerque quienes manifestaron su inquietud por haber efectuado el pago del subsidio de la beneficiaria Carolina Suazo Pinto a don Ricardo Maldonado Moraga, toda vez que el mandato que en principio le otorgaba la posibilidad de cobrar, habría sido modificado quitándole uno de los mandantes, la Sra. Irma Maldonado, la facultad de cobrar y percibir su parte del valor de la venta de la vivienda.<br /> <br /> En presencia de la abogada del SERVIU Región del Biobío, y Sergio Rojas Ruiz, jefe subrogante de la Plataforma de Pago de Subsidios, el Jefe de la Unidad le indicó que entre los antecedentes presentados, no se adjuntó mandato alguno, y al ser requerido por el ejecutivo de pago que revisó la operación , don Ricardo Maldonado en compañía de la beneficiaria adjuntó el mandato sin la modificación antes mencionada, por consiguiente el Ejecutivo no tenía cómo enterarse de la modificación mencionada por la Sra. Paula Sanhueza y Carolina Alburquerque.<br /> <br /> La Sra. Alburquerque señaló que fue falta de diligencia por parte del Servicio no solicitar la actualización de la vigencia del mandato y el resultado de esta supuesta falta de diligencia derivó a que el Sr. Maldonado le ofreciera una cifra menor a la Sra Irma, cantidad que fue rechazada por esta última argumentando que el monto debía ser repartido en tres partes y no en cinco como lo hizo el Sr. Maldonado, quien al parecer consideró a dos herederos ignorados en la sucesión de la vivienda transferida. <br /> <br /> La abogada de Serviu, Srta. María José Martínez indicó que lo anterior es un juicio que no estaba facultada para definirlo y que no existen instancias administrativas para cambiar la forma de pago ya ejecutada por lo que la Sra. Alburquerque señaló que presentaría los antecedentes a los tribunales de justicia.