Audiencias - Año 2025 - Verónica Guajardo

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2025-12-30 09:30:00-03 AP001AW2035175 Sujeto Pasivo PATRICIA ANGELICA VILO VILO Habilitación Normativa de Terrenos Proyecto Canadela II
ASISTEN:
* ANGEL CANALES ESPINOSA, COMITÉ SAN MARTIN
* KAREN VASQUEZ, COMITÉ
* MAURICIO SAAVEDRA, PROFESIONAL JEFE DEPARTAMENTO DESARROLLO URBANO SUBROGANTE
* ALEJANDRA SEPÚLVEDA, PROFESIONAL DEPARTAMENTO DESARROLLO URBANO
TEMAS A TRATAR:
• SE ACUERDA ENVIAR SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN EXMIMIR DEL AHORRO PARA LAS FAMILIAS INVITADAS. LA E.P. INGRESARÁ INFORMES SOCIALES PARA JUSTIFICAR CON CASOS DE ALDULTOS MAYORES, CASOS DE DISCAPACIDAD.
• H.N.T. CANADELA II RESPECTO A LOS RIESTOS DE FALLA GEOGRAFICA, EL INGENIERO DE CÁLCULO Y EL GEOLOGO ESTÁN ELABORANDO UN INFORME PARA INGRESAR EN EL MINVU Y SERNAGEOMIN.
• MINVU GESTIONARÁ CON SERNAGEOMIN A REVISIÓN DEL ESTUDIO DE RIESOS.
• LA E.P. INGRESARÁ LA INFORMACIÓN DEL TEXTO PARA RIESGOS PARA EL INFORME Y PLANO ESQUEMATICO.
• SE AGENDARÁ UNA REUNIÓN DE SEGUIMIENTO PARA REVISAR EL FINANCIAMIENTO LA PLAZA DE PROYECTO CANADELA II.
Ver Detalle
Sujeto Pasivo Shasira Donoso
Sujeto Pasivo Mariangela Consiglieri
Sujeto Pasivo CARLA FAVIANA RODRIGUEZ VELASQUEZ
2025-12-17 11:30:00-03 AP001AW2022436 Sujeto Pasivo Francisco Pinochet Se reciben consultas sobre aspectos técnicos y administrativos del expediente de Autorización Previa por ampliación de un Inmueble de Conservación Histórica actualmente en tramitación, incluyendo antecedentes requeridos y el avance del proceso evaluativo. Se explica que dado que la aplicación de este artículo comenzó durante el año en curso en la ciudad de Iquique con la promulgación del Plan Regulador Comunal, se han generado diversas dificultades en la plataforma 0 filas y se trabajará en una redistribución de la carga laboral.
Ingresarán como antecedentes complementarios el informe del revisor independiente que da cuenta de como el nuevo proyecto cumple con la normativa vigente y regulaciones para el sector.
Ver Detalle
2025-12-17 10:30:00-03 AP001AW2029909 Sujeto Pasivo Ezequiel Durán Se solicita orientación y aclaraciones sobre las observaciones relacionadas con la solicitud presentada por Agencias Universales SA. para la aprobación del Informe Favorable de Construcción (IFC) para un proyecto en la comuna de Pozo Almonte.
Se explica que no existe una paralización del proyecto por parte de esta SEREMI, aunque se debe subsanar el acto infraccional al encontrarse una construcción sin permiso de edificación en el lote en que se desarrollará el proyecto. Al respecto, una vez solicitada la demolición puede ingresar nuevamente el proyecto incluyendo la documentación correspondiente. Se aconseja consultar en la Dirección de Vialidad del MOP, si el camino que consta en el Plano de Loteo está reconocido como público.
Se informa que se tratará como un nuevo ingreso y no como subsanación de observaciones.
Ver Detalle
2025-11-14 10:00:00-03 AP001AW1998627 Sujeto Pasivo Doris Espinosa Señor Seremi don Diego Rebolledo mi nombre es Doris Espinosa soy una persona con discapacidad física y fibromialgia pido ante usted una Audiencia, ya que la pagina condominios.minvu.cl la capacidad para subir archivos es baja. Pido su gran apoyo y como se resuelven estos conflictos que llevó hace 15 años en el condominio horizonte. No puedo solventar mis gastos altos en gastos comunes; no existe las arcas de reserva para solventar imprevistos como ascensores; pedir documentación a la administradora Gabriela Muñoz y que se transparente si es administradora elegida actualmente por un quórum de copropietarios; se realice la adaptaciones técnicas con una rampa y así poder hacer justicia de lo ordenado por la señora jueza doña Antonella Sciaraffia y el ex director Senadis don Cristian Cortes año 2019
Adjunto una carta word en donde específico todo lo dicho; A la vez documentación que ha sido subida por la misma administradora a la página comunidad feliz con fecha 21-10-2025 donde señala subidas de gastos comunes etc que serán aplicadas en el mes de noviembre yo no puedo solventar mas gastos porque solo vivo de mi pensión PBS; correos etc.
Esperando su pronta respuesta me despido.
D.E.T

Sra Doris plantea problemática de más de 15 años que se genera con la administración del Condominio Horizonte, de la cual no ha tenido mayores resultados, atendida su condición de discapacidad y de salud, debiendo incluso denunciar al Juzgado de Policía Local, y Fiscalía por eventuales irregularidades en los acuerdos que se van a adoptando en asambleas, lo que le perjudica seriamente, y no poder cumplir atendida el alza de gastos comunes. Acompaña carta en donde denuncia todos los problemas, en los que refiere no se ha podido dar solución, por lo que solicita la intervención del SEREMI Minvu.

1.- Respecto de la reducción a escritura pública del acta de asamblea del 11 de octubre de 2025, por parte de la Administradora, señala que esta asamblea no se habría realizado en forma telemática, no obstante haberla solicitado: Se le informa respecto de este punto, que para que se puedan realizar asambleas telemáticas, deben estar señalado en el Reglamento, y de no estar en el reglamento, debe ser mediante un acuerdo por una asamblea e incorporarlo en el Reglamento.

2.- Respecto de los gastos que informa en el acta reducida a escritura pública, las inversiones, la administradora no acompaña la documentación de respaldo de esos gastos y de esas inversiones: La Seremi puede recibir una denuncia formal por incumplimiento de las funciones que debe realizar la administradora en el ejercicio de sus funciones, y solo en ese caso, se podría solicitar documentación a la administradora que respalde los gastos efectuados.

3.- Que no vive la actual administradora en el condominio, no informa su domicilio, como tampoco vive el Presidente del Comité de Administración: La ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442, no señala como obligación que la administradora, o los miembros del Comité de Administración deban vivir en el Condominio.

4.- Que el Tesorero y la Administradora sean cónyuges, y vivan junto: La ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442, no lo señala como impedimento o inhabilidad.

5.- Secretaria elegida no se informa domicilio, y delegada tampoco señala departamento: Representa al Comité de Administración el Presidente, por lo que es importante tener los datos de contacto del Presidente

6.- En cuanto a incluir sus datos del Numero el Departamento en la escritura pública, gastos en Abogado por las demandas y denuncias, que no son transparentados, eventuales represalias de vecinos: Puede ser motivo de denuncia al Juzgado de Policía Local o ante la Fiscalía, en caso de generarse problemas, conflictos, represalias, daños a su vehículo o propiedad.

7.- En cuanto a los malos olores provenientes de la cámara: corresponde que la administración genere la mantención, limpieza, arreglos, y en general, todo aquello que evite exponer a los copropietarios a daños producto de una mala conservación de los bienes comunes.

8.- En cuanto a impugnar la Escritura Pública: Esta Seremi, no tiene facultades, salvo que se genere una denuncia formal por infracción de la administración a lo que ordena la Ley, su Reglamento o al Reglamento de Copropiedad.

9.- En cuanto a entregar los flujos de dinero del 2024, 2025, dinero que se tiene en la cuenta corriente, fondos mutuos en que se ha invertido: Según lo establece la Ley N° 21.442, corresponde a una rendición de cuentas detallada y documentada que debe realizar el administrador al Comité de Administración, en forma mensual, y a la asamblea en cada sesión ordinaria y al término de la gestión. Si no se da cumplimiento, es motivo de denuncia por no dar cumplimiento a lo que ordena la ley.

10.- En cuanto al mejoramiento de espacios comunes (rampa acceso), como mejoramiento de la vivienda: se le orienta que se pueda postular al Programa de Mejoramiento de Viviendas, para lo cual se hará llegar documentación orientadora.

11.- Que respecto del aumento de gastos comunes: Si el aumento fue acordado en una asamblea válidamente convocada, con los quórums legales, será un acuerdo válido que debe ser cumplido por todos y todos los copropietarios (as)

ACUERDOS:

Se enviará a correo indicado requisitos para el ingreso de denuncias por infracción a la Ley 21.442, su reglamento y al Reglamento de Copropiedad de los administradores y administradoras en el ejercicio de las funciones, que sea de competencia de la Seremi Minvu.

Se enviará al correo información general sobre el programa de Mejoramiento de Viviendas.
Ver Detalle
2025-07-21 15:00:00-04 AP001AW1886347 Sujeto Pasivo Ivan Robles Solicito Reunión, por solicitud de Inscripción al RENAC Rubro B1, ingresada el día 23 de Abril a las oficinas del MINVU Tarapacá.

Entendemos que se debe aplicar lo indicado por CGR Dictamen 028887N05 del 20 de Junio del 2005

"Cabe anotar, en segundo término, que Ley N° 12.851, que crea el Colegio de Ingenieros y el Colegio de Técnicos, detalla en su artículo 32 cuáles son los actos o servicios propios de la profesión de ingeniero, entre ellos, estudiar, proyectar, planear, calcular, dirigir, supervigilar y realizar la construcción de las obras materiales que se rigen por la ciencia o la técnica que aplica la ingeniería, aprobarlas y recibirlas.

En relación con lo anterior, es preciso manifestar que la expresión "ingeniero" antes señalada, está utilizada en sentido amplio, sin distinguir especialidades, por lo que cada vez que una ley o reglamento requiera de un ingeniero civil para ejecutar alguna obra o prestar algún servicio de los mencionados precedentemente, estarán habilitados para ejecutarlo o prestarlo todos aquellos profesionales que posean el título de ingeniero civil, con mención en cualquiera de sus especialidades, como es el caso del ingeniero civil químico, ingeniero civil mecánico, ingeniero civil de minas, etc. Así lo ha señalado la jurisprudencia de este Órgano Contralor, mediante Dictámenes N°s. 25.196, de 1985 y 9.483, de 1986, entre otros."

Se solicito información en Renac, a lo cual se cuestiona su especialidad como Ingeniero Civil Químico, se solicita a Unidad malla pero se responde que no es materia de su competencia. Requiere una respuesta formal del registro, respecto de su solicitud considerando el dictamen de CGR respecto de Ingeniero Civiles N° 28.887.

Se acuerda analizar los antecedentes y dar respuesta a la brevedad a su requerimiento para que pueda tomar las acciones que estime pertinente.
Ver Detalle
2025-07-17 15:00:00-04 AP001AW1888371 Sujeto Pasivo Guillermo Raul Cuevas Rebolledo Asesoría e información sobre administradora provisoria, condominio Cerro Caracol "La Reserva"
ASISTE EL PROFESIONAL DE LA SECCIÓN JURIDICA RODRIGO BELTRAN .
TEMAS A TRATAR:
*ASESORIA E INFORMACIÓN SOBRE ADMINISTRADORA PROVISORIA, CONDOMINIO CERRO CARACOL "LA RESERVA". - INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA DE CONVOCATORIA A ASAMBLEAS Y REUNIONES DE PARTE DE LA ADMINISTRADORA PROVISORIA JEIMY VICENCIA, PARA REVISAR ESTADO DE LAS CUENTAS DEL CONDOMINIO, LOS INGRESOS Y EGRESOS DE LOS GASTOS COMUNIES QUE CANCELAN LOS ASIGNATARIOS.
- SE ESTABLECE QUE EN ESTA REUNIÓN AUDIENCIA LOBBY NO ES POSIBLE EMITIR PRONUNCIAMIENTO, ANTE UNA EVENTUAL DENUNCIA CORRESPONDE ANALIZAR Y EMITIR PRONUNCIAMIENTO EN ESA LINEA CORRESPONDERIA UNA EVENTUAL INHABILITACIÓN DE LOS MISMOS FUNCIONARIOS/AS QUE REVISAN ESTOS TEMAS.
- EL EQUIPO JURÍDICO EDE SEREMI ANALIZARÁ LA SITUACIÓN RESPECTO AL ALCANCE DE LA NORMATIVA VIGENTE EN CUANTO NO EXISTE COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN, NI AVANZADO EN UN 70 % EL PROCESO DE ESCRITURACIÓN DE LOS COPROPIETARIOS DE LAS U.H.
- AL NO ESTAR CONSTITUÍDO EL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN, NO POSEEN REGLAMENTO INTERNO DE COPROPIEDAD, POR LO QUE DEBEN APEGARSE A LA LEY DE COPROPIEDAD.
Ver Detalle
Sujeto Pasivo Alan Saenz
2025-01-15 12:00:00-03 AP001AW1740919 Sujeto Pasivo Rafael Mauricio Rojas Gálvez Declaración profesional especialista, de acuerdo al art 2.1.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
TEMAS PARA TRATAR:
• ART. 2.1.17: PROFESIONAL ESPECIALISTA PROCESO FUNDADO DE RIESGO (ESTUDIO)
• SE REVISAN ANTECEDENTES Y CERTIFICADOS EXPUESTOS POR EL SOLICITANTE: DICTAMENES CGR, DDU Y CERTIFICADO DE ESTUDIOS
• MENCIONADO ART. SOLICITA ESTUDIO FUNDADO POR PROFE4SIONAL PARA DEFINIR ALCANCE DE LOS RIESOS Y LAS MEDIDAS DE MITIGACIÓN NOHAY CLASIFICACIÓN DE PROFESIONAL SEGÚN TIPO DE RIESTOS. LA ORDENANZA INDICA QUE ES LA DOM QUE DEFINE AL ESPECIALISTA CON UN MÍNIMO DE 2 AÑOS DE EXPERIENCIA ANTE LOS MAREMOTOS SEÑALA QUE NO HAY ESPECIALISTA PARA ESTE TEMA.
Ver Detalle
Sujeto Pasivo Alan Saenz
Sujeto Pasivo Godeliver Arriagada