Identificador |
AO045AW0644632 |
Fecha |
2019-04-23 16:00:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Padre Miguel de Olivares 1229, Piso 2. Profesionales asistentes: Sr. Omar Cáceres Jefe Depto. Acción Sanitaria, Sr. René Zalaquett, Jefe Depto. Jurídico, y Q.F. Luisa González Godoy Jefe Subdepto. de Profesiones Médicas. |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Javier Cifuentes | Gestor de intereses | Cortes y Aguilera SA , CLinica Juan Pablo II | Sociedad de Servicio de Transporte de Pacientes Movicare SpA |
Francisco Musalem | Gestor de intereses | Sociedad de Servicio de Transporte de Pacientes Movicare SpA |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Estimados<br /> <br /> Deseamos tratar el contenido del dictamen de Contraloría número 8539 de 2019, que según interpretación de la Dirección general de aeronáutica civil y en contraposición de lo indicado por el SEREMI de salud, señala que los prestadores de empresas de servicio de transporte de personas enfermas o accidentadas por vía aérea deben contar con certificado de operador aéreo AOC. <br /> A raíz de esto, la DGAC notificó a Movicare Rut: 76.847.600-4, de que debíamos suspender nuestras operaciones de forma inmediata y sin previo aviso. Nuestra empresa lleva más de 12 años, siendo una con las de mayor experiencia y mayor número de traslados realizados en el mercado del transporte aéreo de personas enfermas o accidentadas nacional, además hoy tenemos distintos contratos con Hospitales públicos a lo largo de Chile adjudicados mediante licitación pública, pero que, con esta determinación radical la que representa que súbitamente se eliminen aproximadamente el 20% de los aviones ambulancia del mercado, se dejará sin servicio oportuno de vuelos sanitarios a una parte importante del país. <br /> Por estos motivos, solicito una audiencia con usted para tratar esta determinación y las posibilidades de acción que tenemos para resolver el problema a la brevedad y se nos vuelva a otorgar la autorización para ejercer nuestros servicios o bien se den los plazos y facilidades necesarias para hacer las correcciones pertinentes derivadas de esta notificación. |