Identificador |
AO045AW0218046 |
Fecha |
2016-12-23 15:30:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
calle Padre Miguel de Olivares N1 1229, piso 2 |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Alejandro Navech | Gestor de intereses | Neuvol | ASOCIACIÓN NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL RECICLAJE AG |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Según lo acordado en reunión con el Ministro de Medio Ambiente y su Secretaría de Salud el jueves 3 de noviembre de 2016 quisiéramos juntarnos con usted para apoyar el desarrollo de la agenda conversada en esa reunión y ver si se ha podido avanzar en los temas expuestos.<br /> <br /> Los dos principales asuntos que necesitamos revisar por favor son:<br /> <br /> a) Cuando se exige en SINADER la declaración de la patente de los transportistas que trasladan sub productos no peligrosos del mundo domiciliario e industrial a las fábricas DESTINATARIAS ocurren algunas situaciones que venimos a recordar:<br /> <br /> 1.- Las declaraciones mensuales que se nos piden no permiten incluir patentes no inscritas en el sistema, lo que provoca un bloqueo total en la declaración en SINADER.<br /> 2.- Lo anterior produce una restricción en el abastecimiento al no aceptar a transportistas no inscritos.<br /> 3.- Se genera una fuga de materiales no peligrosos a destinatarios que no cumplen normas en la recepción o tributarias. <br /> 4.- En consecuencia, si solo se informara el ingreso de los camiones autorizados, inevitablemente se perjudican las estadísticas con que podrá contar la autoridad en los distintos productos.<br /> <br /> b) Los DESTINATARIOS formales de residuos no peligrosos normalmente reciben cientos de ingresos al día proveniente de generadores industriales y domiciliarios. En el SINADER existe un procedimiento de carga masiva (que se ajusta a la automatización necesaria para este nivel de ingresos diarios), pero cuando un generador de residuos no está previamente inscrito (sin número de establecimiento asignado) se obliga a la planta que recibe estos residuos no peligrosos a cargarlo manualmente lo que hace impracticable el registro de manera manual por el tiempo y recursos que debiéramos destinar.<br /> <br /> Respecto a ambos puntos (a y b), no podemos cerrar las puertas al reciclaje prohibiendo la entrega de materiales reciclables a las empresas que aún no se hayan inscrito como generadores en RETC o han enviado sus residuos domiciliarios o industriales mediante patentes no registradas, pero si se podría crear un código único para estos casos que aceptara la carga masiva con toda la información del generador y camión no registrado, entregando así una potente herramienta de fiscalización al Ministerio del Medio Ambiente y de Salud<br /> <br /> Creemos que lo importante es que el RETC incluya a todos los generadores de residuos y no limitar solo el acceso a las empresas que hayan realizado el trámite de inscripción, de lo contrario estaremos fomentando que cientos de generadores no registrados terminen entregando sus residuos en lugares clandestinos a los cuales difícilmente podrán identificar y fiscalizar. |