Identificador |
AO005AW2047130 |
Fecha |
2026-02-26 11:00:00-03 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Unirse a la reunión ahora Id. de reunión: 274 958 659 115 3 Código de acceso: 4rt245bL |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Maria Eugenia Reyes Ruiz | Gestor de intereses | Reyes e Inostrosa Control Biologico Ltda. | Maria Eugenia Reyes |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Respetuosamente, solicito una reunión en el marco de la Ley N 20.730, con el propósito de exponer de manera técnica y formal el cumplimiento de los antecedentes requeridos por ese Instituto respecto del producto REPELINJ, asociado al expediente PL77984716 y a la Resolución Exenta RW N 695617. El objetivo de esta solicitud es informar y clarificar los antecedentes ingresados por nuestra empresa, así como explicar el contexto técnicoregulatorio que fundamenta nuestro interés en rescatar el registro fitosanitario del producto, en estricto apego a la normativa vigente y a los procedimientos establecidos por el Instituto de Salud Pública de Chile.La reunión solicitada tiene un carácter exclusivamente informativo y técnico, y busca contribuir a una adecuada comprensión de los antecedentes ya presentados formalmente ante la institución.<br /> Agradezco desde ya la atención prestada y quedo atenta a la disponibilidad que se estime pertinente.<br /> Atentamente,<br /> María Eugenia Reyes.<br /> Reyes e Inostrosa Control Biológico Ltda.<br /> IONA Ltda.<br /> 56 9 82343365<br /> ACTA AUDIENCIA LEY DEL LOBBY<br /> <br /> FECHA 260226 1100 HRS<br /> ASISTENTE <br /> MARIA EUGENIA REYES RUIZ<br /> MARIO IONA<br /> Empresa IONA Ltda.<br /> Tema de Consulta<br /> Los interesados manifiestan que la solicitud de audiencia cuenta con 3 objetivos fundamentales relacionados con el producto Repelin, que son tener un contexto regulatorio del producto, reconocer los hitos administrativos y manifestar nuestra voluntad completa de dar cumplimiento a lo normativo.<br /> Para poder entender lo que ha ocurrido con el registro del producto Repelin, realizan una presentación con una línea de tiempo del producto, desde la fecha de registro en el año 2009 P53209 hasta el año 2023 en que el ISP le informa que no es posible acceder a lo solicitado en relación a la renovación del registro. Detallan los pasos que siguieron en dicho periodo, mencionando que el ISP solicitó la renovación del registro lo que dio paso a uno nuevo P79317, lo que no es correcto<br /> Con la explicación que se les da, mencionada más abajo, de lo ocurrido desde el año 2009 a la fecha, los interesados entienden que deben solicitar un nuevo registro para el producto mencionado, manifestando lo siguiente Cómo tenemos que hacer para un registro nuevo existe un reconocimiento real de todos los antecedentes técnicos válidamente generados que tenemos sin necesidad de volver a hacer nuevos estudios y cuales son los requisitos para hacer este nuevo ingreso.<br /> Información entregada por el Instituto<br /> Respecto a la línea de tiempo que los interesados mostraron, se hicieron algunas aclaración en relación a, por ejemplo, que la renovación de un registro sanitario no es solicitada por el ISP, la debe presentar voluntariamente el titular del registro por los canales habilitados esta se debe presentan como último plazo el día en que el periodo de vigencia termina, lo aconsejable es 2 meses antes que la última fecha para presentar la solicitud de renovación del producto Repelin registrado el 2009, era el 19032014, hecho que no ocurrió, por ninguna de las 2 vías que existían la vía manual presencial por medio del formulario específico disponible, o por el sistema electrónico GICONA y finalmente que en el proceso de renovación generalmente no se solicitan estudios o información técnica para renovar el registro. <br /> En relación a toda la información científica con la que cuentan, entre estudios de eficacia, estabilidad, toxicidad, entre otros, se les informa que deben ordenarlos de manera que cuando ingresen nuevamente la solicitud de registro, pueden subir a la plataforma de SAFIS en los campos destinados, en forma clara y precisa. De todas maneras, es necesario realizar la preevaluación establecida en el proceso. <br /> Se les indica cómo funciona el nuevo sistema SAFIS, pero se señala que se enviará un correo con los pasos a seguir, tal cual como se les ha enviado a otros usuarios. |