Audiencias - Año 2025 - Juan COLLAO

1. Información General

Identificador

AO001AW2020832

Fecha

2025-12-05 10:30:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

U2VyYSBhdGVuZGlkbyBkZSBtYW5lcmEgdGVsZW3DoXRpY2EgcG9yIGVsIFNyLiBDb2xsYW8=

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
María Lantadilla Gestor de intereses Asociación Nacional de Aromaterapeutas de Chile
Claudia Codriansky Gestor de intereses Asociación Nacional de Aromaterapeutas de Chile
Georgina Velasco Gestor de intereses Asociación Nacional de Aromaterapeutas de Chile
Katherine Gómez Gestor de intereses Asociación Nacional de Aromaterapeutas de Chile

3. Materias Tratadas

Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Deseamos ponernos a disposición para trabajar en conjunto y colaborar en lo que sea necesario. Solicitar la incorporación de la aromaterapia dentro del REM A31. Solicitar la incorporación de la práctica de la aromaterapia dentro de la Política Nacional de Medicina Complementaria y Prácticas de Bienestar del Ministerio de Salud de Chile<br /> <br /> <br /> TEMAS ABORDADOS EN REUNIÓN:<br /> Claudia Codriansky, presidenta de la Asociación Nacional de Aromaterapeutas de Chile, y otras 4 socias de esta agrupación, quienes también conforman una mesa de trabajo denominada Comisión de Políticas Públicas de dicha asociación gremial, solicitan incorporar la aromaterapia en el REM A31 y en la Política de Medicina Complementaria y Prácticas de Bienestar de la Salud (Política de MC y PBS).<br /> <br /> Se informa a las interesadas que el año 2018 se instaura oficialmente el REM A31 con el objeto de obtener datos estadísticos de prestaciones con terapias complementarias que se estén realizando en los establecimientos de la red pública. En su inicio, este REM comenzó registrando las prestaciones de las 3 terapias reguladas (Acupuntura, Homeopatía y Naturopatía) más otras 5 terapias no reguladas y un ítem genérico de “Otras”. Como lo reportado en “Otras” fue un 29% del total de las prestaciones, a partir del año 2019 se incorporan en el REM A31 2 grandes grupos de terapias a reportar, distinguiendo entre aquellas que se entregan en atención individual (15 terapias más “Otras”) y en atención grupal o comunitaria (13 terapias más “Otras”), lo que da cuenta de la gran brecha regulatoria existente, pues de estas 28 terapias solamente 3 están reguladas. También, se precisa que este listado de 28 terapias se elaboró a partir de la información de referentes de Medicinas Complementarias de los Servicios de Salud, quienes indicaron los tipos de terapias que se estaban otorgando en establecimientos de sus respectivas jurisdicciones, entre las cuales no se contaba Aromaterapia.<br /> <br /> Respecto de la Política de MC y PBS, se precisa que:<br /> - Permite la gobernanza de la Medicina Complementaria y establece un curso de acción institucional que orienta su desarrollo y crecimiento en el modelo de salud.<br /> - Incluye su primer Plan de Acción a 2,5 años, para la implementación de esta política, el que está constituido por 4 planes específicos, siendo un de ellos el “Plan de cierre de brechas de regulación”. Dicha implementación se comenzó en marzo de 2025.<br /> - Una de las actividades del Plan de cierre de brechas de regulación consiste en proponer las modificaciones de las normas existentes y la elaboración de a lo menos 4 propuestas de reconocimiento y regulación, partiendo por aquellas 25 prácticas no reguladas que se registran actualmente en el REM A31.<br /> <br /> Muy probablemente, en el mediano plazo, se podría aumentar el número de terapias que se registran en el REM A31, ya que se siguen registrando en el ítem “Otras”, de las prácticas que se entregan en atención individual y de aquellas que se entregan en atención grupal y comunitaria, un grupo que desconocemos a cuáles corresponden. Cuando esta tarea se llevé a cabo, se procederá de la misma forma que se hizo anteriormente, es decir, consultando a referentes de Medicinas Complementarias de los Servicios de Salud.