Identificador |
AO001AW0683777 |
Fecha |
2019-07-25 09:30:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Monjitas # 565 Piso 10. |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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JOAN FRANCESC CASAS BONCOMPTE | Gestor de intereses | ASOCIACION DE INDUSTRIAS DE TECNOLOGIA ESTETICA Y MEDICA DE CHILE, A.G. AITEM | |
Pedro Guillermo Ramírez Olivares | Gestor de intereses | ASOCIACION DE INDUSTRIAS DE TECNOLOGIA ESTETICA Y MEDICA DE CHILE, A.G. AITEM | |
Nelson Salinas | Gestor de intereses | ASOCIACION DE INDUSTRIAS DE TECNOLOGIA ESTETICA Y MEDICA DE CHILE, A.G. AITEM |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Situación de la normativa que regula el mercado de la estética. <br /> Exponer problemáticas de trabajadores del rubro, en el ejercicio de su profesión, situación que afecta a toda la industria.<br /> <br /> <br /> TEMAS ABORDAR EN REUNION:<br /> 1. Se presentan los curriculum de cada representante de Asociación de Industrias de Tecnología estética y Medicina de Chile S.A. (AITEM), lo a destacar que participaron en la propuesta de modificación y actualización DS N°88/1980 Reglamento para Ejercer las actividades de cosmetología y Reglamento 70/200de Solárium y Camas Solares.<br /> 2. Plantean situación de 150.000 Cosmetólogos están ejerciendo la cosmetología solo 50.000 según su conocimiento.<br /> 3. Que la Seremi de Salud en sus fiscalizaciones han prohibido la utilización de equipos de cosmetología que utilizan corriente eléctrica, dado que esa disposición se encuentra en el actual reglamento.<br /> 4. Se hace un resumen de su participación en la historia de la cosmetología en Chile.<br /> 5. El Jefe de Dpto. Informa que se está trabajando en la modificación propuesta de actualización DS N°88/1980 Reglamento para Ejercer las actividades de cosmetología.<br /> 6. Se indica que el Reglamento en cuestión se encuentra en revisión en la División Jurídica.<br /> 7. Se explica el proceso del reglamento y tiempos variable de implican dentro del MINSAL.<br /> 8. Se aclara duda sobre la petición de reunión Ley Lobby en otras reparticiones del MINSAL.<br /> 9. Señala cuando este en consulta pública el reglamento podrán hacer todas las observaciones con fundamento técnico o evidencia nacional o internacional.<br /> 10. Se sugiere documentar denuncias realizadas por cosmetólogos a su asociación.<br /> 11. Se realiza una breve reseña de los dispositivos médicos.<br /> <br /> Objetivo: <br /> - Situación de la normativa que regula el mercado de la estética.<br /> - Estado de avance de la Propuesta de Actualización DS N°88/1980 Reglamento para Ejercer las actividades de cosmetología su actualización se denomina reglamento que regula el funcionamiento de establecimientos de estética, cosmetología, embellecimiento corporal, y otros de similar naturaleza.<br /> - Problemáticas de trabajadores del rubro en el ejercicio de su profesión, situación que afecta a toda la industria. |