Audiencias - Año 2026 - Francisca Morandé

1. Información General

Identificador

AM013AW2139443

Fecha

2026-04-23 10:30:00-04

Forma

Videoconferencia

Lugar

Microsoft Teams

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Luis Ramiro Moya Gutiérrez Gestor de intereses TIANDA CHILE SPA
Raul San Martin Gestor de intereses TIANDA CHILE SPA
Kurt Eduard Scheel Soto Gestor de intereses TIANDA CHILE SPA
Belén Opazo

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Estimada Sra. Fiscal Nacional por intrucciones de doña Paula Arabia asistente del Subsecretario de obras quien nos señalo . le escribo para comentarle que su solicitud de audiencia a través de la plataforma Ley Lobby Folio 2119524 fue encomendada a la fiscal nacional Sra. Francisca Morandé. Agradeceré reingrese su solicitud directamente a dicha repartición cuyos encargadosas de plataforma han sido informados de su caso para una debida gestión.<br /> <br /> Por tal razón solicitamos audiencia respecto de presentación de acción de invalidación suspensión y sumarios ingresado por TIANDA CHILE SPA con fecha 21 de noviembre de 2025 en contra del ORD. FISCALIA Num. 2960 de fecha 08.08.2025 acto administrativo que a nuestro entender contiene graves irregularidades. Presentación que se tramita en proceso 19680156 en manos de la abogada Belen Opaso.<br /> <br /> Acta Cierre de la Reunión:<br /> La empresa se refiere a reuniones previas sostenidas con la anterior administración y expone sus argumentos respecto a la solicitud de invalidación del Ord. 2960 de Fiscalía MOP, que informó al tribunal sobre la inembargabilidad de las boletas de garantía objeto de la medida precautoria. Los solicitantes informan que se han reunido con la contraparte de la causa Rol N° 8914-1-2023 del 1° Juzgado de Policía Local de Pudahuel para buscar soluciones de sustitución de la medida precautoria, pero que no han tenido éxito. Se solicita al MOP dejar sin efecto el citado ordinario por las consideraciones jurídicas que se exponen. Por su parte, la Fiscal MOP expone sus argumentos en relación a la inembargabilidad de las boletas bancarias de garantías por terceros ajenos al contrato, establecida en la Ley General de Bancos, norma reconocida por jurisprudencia, y se compromete a realizar un análisis del asunto para que este se resuelva conforme a lo que en derecho corresponda.