Audiencias - Año 2025 - Carmen Herrera

1. Información General

Identificador

AM006AW1718277

Fecha

2025-01-09 08:30:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

meet.google.com/xzg-unde-fow

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
María Rojas Gestor de intereses MARIA VICTORIA ROJAS

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

El 11 junio 2024, BCC S.A. ( RUT 96.919.850-9) solicitó la devolución de pagos de patentes entre el 2013 y 2023 en la TGR Poniente, de 11 numerales (5192,5193, 5238, 5239, 5240, 5293, 5294, 5295, 4517, 5190 y 5191) eliminados de los listados de derechos afectos a pago patente, procesos 2010-2023 por las resoluciones DGA 3680/2023 y 1397/2024. Se generó SIP 167615.- La TGR ara resolver envió consulta a la D. Fiscalización - DGA el Oficio Ordinario N° 27791-División Juridica de la TGR del 14-08-2024<br /> <br /> En reunión (plataforma Lobby) sostenida con la Sra. Carmen Herrera (Jefe Depto. Fiscalización DGA), el día 15 de octubre 2024., se me informó que habían estado trabajando ambos Servicios incluido el Director General de Aguas. Me explicó que el problema se había originado debido a que la DGA “no hizo una actualización del sistema cuando la TGR cambio el sistema en el 2021, de formulario 108 a formulario 10” por lo que la DGA no puede “descargar” desde la CUT esos años. <br /> <br /> Para subsanar la situación informó que habían acordado con la TGR la emisión de una resolución y que la emitiría a fines de octubre. <br /> <br /> El 4 de noviembre de 2024, la DGA emitió la Resolución (Ex.) N°3344. <br /> Es esa la Resolución de la cual hablaba la Sra. Herrera? Dicha resolución solo menciona 3 numerales de los 11 de interes. <br /> <br /> Fuia la TGR poniente y ellos no saben nada y la resolución 3344 /2024 les parece poco clara y además insisten en que la DGA debe "descargar" esos pagos. <br /> <br /> También consulté a la Div. Juridica de la TGR, pero ellos aun no tiene una respuesta. <br /> <br /> Agradeceré me oriente como seguir y me diga si lo que quiso decir la DGA es que procede la devolución de los pagos y que la TGR debe hacerlo y que si la RES DGA 3344/2024 es la Res. que mencionó la Sra. Carmen Herrera ( y que habría sido conversada con la TGR) o si es otra. Y para el resto de los numerales ( faltan 8) que se hará o acordaron con la DIV. Jrudica de la TGR una resolución que sería tipo y en la que se apoyaría las demás solciitudes de devolución (otros numerales).<br /> <br /> <br /> Muchas gracias