Audiencias - Año 2024 - Margarita López

1. Información General

Identificador

AL003AW1715275

Fecha

2024-12-02 16:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

TEAMS

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Sandra Guzmán Gestor de intereses FUNDACIÓN VUELVO A NACER FUNDACION VUELVO A NACER

3. Materias Tratadas

Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

FINIQUITO DE TRABAJADORA MIKAELA NAVARRO , DICE causal del artículo Art. 160 N° 3: no concurrencia a<br /> las labores, del Código del Trabajo. fue rechazado el finiquito porque la trabajadora estaba con licencia medica por stress laboral, y la ultima licencia no fue presentada por el empleador, Con fecha 30/05/2024, el ex Empleador PJ CHILE SPA, RUT 76.152.699-5, representado legalmente por don(ña) RAFAEL MONTES VIÑALS, RUT<br /> 13.252.501-3, ambos con domicilio en APOQUINDO 4615 OF 401 PS 4 S/N, comuna de LAS CONDES, REGION METROPOLITANA, correo<br /> electrónico francisco.lopezb@pjchile.com, en lo sucesivo "el ex Empleador(a)", otorgó una propuesta de finiquito de contrato de trabajo respecto de<br /> don(ña) MIKAELA RENATA ANASTASIA NAVARRO GUZMÁN, cédula de identidad N° 21.844.245-5, domiciliado en HUAMACHUCO, 10191,<br /> comuna de ANTOFAGASTA, REGION ANTOFAGASTA, correo electrónico mikaelarenataanastasia@gmail.com, en adelante "el ex Trabajador(a)".<br /> Conforme consta en la propuesta, el ex Trabajador(a) prestó servicios de forma dependiente al ex Empleador(a) desde el 12/04/2024 hasta el<br /> 24/05/2024, fecha esta última en que el contrato de trabajo habría terminado por aplicación de la causal del artículo Art. 160 N° 3: no concurrencia a<br /> las labores, del Código del Trabajo.<br /> Producto de la terminación del referido contrato de trabajo, el ex Empleador(a) propuso pagar al ex Trabajador(a) la suma neta final de $ 47.046<br /> <br /> DESARROLLO DE LA REUNIÓN. <br /> <br /> Asiste represente , quien no acredita representación de la trabajadora por medio de instrumento que dé cuenta de estar autorizada para conocer antecedentes de gestiones relacionadas a denuncias y actuaciones de carácter personal que eventualmente mantenga este Servicio principalmente sobre base de protección d datos de personas , lo cual se explica y adicionalmente se otorgan directrices de carácter general en relación a las facultades y procesos asociados a la Dirección del Trabajo.