Identificador |
AJ022AW2210624 |
Fecha |
2026-06-03 15:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Estimado: Luego de saludarlo, informo a usted que su reunión Lobby se realizará el día miércoles 03 de junio a las 15:30 hrs. El link es: meet.google.com/ziq-eyks-fo |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Jorge Arriagada | Gestor de intereses | Cotar Obras Públicas SpA | |
| Maria Pía Pacheco Olguín | Gestor de intereses | Cotar Obras Públicas SpA | |
| Rodrigo Lobos | Gestor de intereses | Cotar Obras Publicas SpA |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Solicitud de audiencia jurídico administrativa Propuesta de acuerdo y cierre definitivo de controversia Contrato BIP N 400671540 frente a nuevos hallazgos por Ley de Transparencia.<br /> Solicitud de audiencia de carácter urgente con la Dirección Ejecutiva y su equipo de Asesoría Jurídica, con el objeto de proponer bases de conciliación administrativa y dar cierre definitivo a la controversia del contrato Conservación Techumbre Escuela Próceres de Chile, La Granja Código BIP N 400671540.<br /> El propósito de la reunión es exponer de forma directa a la máxima autoridad los graves hallazgos detectados mediante información interna obtenida por Ley de Transparencia Ordinarios N 0000000492 y N 0000000502 de mayo de 2026, y cadenas de correos institucionales de febrero de 2025. Dichos documentos oficiales revelan anomalías procedimentales severas, incluyendo la confesión escrita por parte del Servicio de que no existió visita a terreno y la circulación de múltiples versiones contradictorias de planimetrías generadas por unidades subalternas.<br /> Estos elementos, que se encontraban ocultos en la etapa inicial de reclamación, indujeron a un error manifiesto a la Dirección Ejecutiva al momento de dictar las resoluciones sancionatorias, viciándolas de nulidad por falta de motivación.<br /> La intención de esta empresa es actuar de absoluta buena fe queremos poner esta evidencia irrefutable a disposición exclusiva de la Dirección Ejecutiva y su equipo legal para resolver el pago de las partidas ejecutadas mediante el ejercicio de la autotutela administrativa invalidación. Nuestro objetivo principal es evitar que este conflicto, originado por desórdenes técnicos internos, escale a instancias de fiscalización externa Contraloría General de la República o persecución de responsabilidades en el Ministerio Público, escenarios que inevitablemente generarían un grave daño institucional y un perjuicio fiscal mayor. |