En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2024-12-27 10:00:00-03 | AJ016AW1716077 | Sujeto Pasivo | Rafael Carranza | Existe una normativa obliga a los Jefes de Servicios a administrar, registrar y controlar los inventarios de activo fijo (bienes de uso) mediante plataformas informáticas auditables en línea, seguras, no mediante planillas Excel, para la identificación específica de los bienes, unidad operativa donde están actualmente, su asignación a un funcionario, valorización, contabilización y trazabilidad en el tiempo. 1. El Oficio de la CGR N° 072473 de 1977, y en el Artículos 9° y 11° de la ley 10.336, establece sanciones y se asigna la responsabilidad de administrar los inventarios a los jefes superiores de servicios, llegando hasta la suspensión sin goce de remuneraciones en caso de que esto no ocurra. ¿Su problema es éste? • Contraloría nos ha objetado la administración de los activos y su relación con la Contabilidad. • ¿Le ha sucedido que el inventario físico no está reflejado en la Contabilidad o viceversa? • ¿Si le preguntan por un bien, puede señalar rápidamente dónde está? • Si llega un nuevo funcionario ¿es amigable y fácil enseñarle a ingresar la información? |
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