Identificador |
AJ014AW2211844 |
Fecha |
2026-07-09 10:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Reunión de Microsoft Teams Unirse: https://teams.microsoft.com/meet/249548444301899?p=nGfg9Qcp92LHZIoZJW Id. de reunión: 249 548 444 301 899 Código de acceso: VZ6pS3hQ |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Carolina Cardenas Saez | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| Alejandra Menares Molina | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| Chris Parra | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| Olaya Nuñez Montesinos | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| cecilia nathalie muñoz davila | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| Madeline Michelle Toledo Peña | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF | |
| Pilar Ocares Gonzales | Gestor de intereses | Confederación Nacional Movimiento VTF |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Bono desempeño laboral especial <br /> Bono rentas mínimas <br /> Decreto Fuerza ley art. 39 ley 21.806<br /> Encargado de bonos de la Subsecretaria de Educación Parvularia <br /> Encargado de gremios de la Subsecretaria de Educación Parvularia<br /> PARTICIPANTES <br /> <br /> NOMBRE INSTITUCIÓN<br /> Pilares Ocares Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Chris Parra Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Nathalie Muñoz Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Carolina Cardenas Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Olaya Núñez Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Madeleine Toledo Confederación Nacional Movimiento VTF<br /> Diego Ignacio Borras Infante Subsecretaría de Educación Parvularia<br /> María Cristina Urzúa Bravo Subsecretaría de Educación Parvularia<br /> Pablo Cristóbal Reyes Pérez Subsecretaría de Educación Parvularia<br /> Nicolas Miño Cornejo Subsecretaría de Educación Parvularia<br /> Lorena Becerra Toledo Subsecretaría de Educación Parvularia<br /> <br /> DESARROLLO AUDIENCIA<br /> I. Planteamiento general de la gestora<br /> Las gestoras señalaron que algunas de las materias planteadas habían sido previamente abordadas en otras instancias, entre ellas la Mesa Nacional VTF. En dicho contexto, expusieron diversas situaciones que afectarían a trabajadoras de establecimientos VTF, relacionadas con el pago y regularización de beneficios y asignaciones, la aplicación de la reducción de la jornada laboral, los criterios impartidos por JUNJI y los sostenedores, así como otras dificultades administrativas, presupuestarias y judiciales que se presentarían en distintos territorios.<br /> 1. Bono de Desempeño Laboral rezagado y reposición correspondiente al año 2025<br /> En relación con el Bono de Desempeño Laboral, las gestoras señalaron que algunas de sus asociadas no habrían recibido el beneficio, ya sea respecto de los abonos ordinarios o del componente compensatorio. Indicaron que, pese a haberse remitido los antecedentes requeridos, existirían inconsistencias en la información registrada, cuya responsabilidad no habría sido asumida por los respectivos sostenedores. Agregaron que la situación ya había sido planteada ante los sostenedores y solicitaron que se revisaran los antecedentes, especialmente aquellos relacionados con el BDL compensatorio. <br /> Al respecto, desde la Subsecretaría se solicitó que se remitiera una nómina individualizada de las trabajadoras afectadas, indicando el año en que no se habría efectuado el pago y acompañando los antecedentes de las solicitudes previamente formuladas. Explicó que dicha información permitiría revisar la eventual interrupción de los plazos de prescripción y determinar si la dificultad se originó en la Subsecretaría, en los antecedentes remitidos por los sostenedores, en una rectificación pendiente o en la etapa de pago.<br /> Asimismo, se señaló que la Subsecretaría interviene principalmente en las últimas etapas de la tramitación, por lo que la revisión de la nómina permitiría identificar el punto en que se habría producido el inconveniente.<br /> 2. Reposición del Bono de Desempeño Laboral correspondiente al año 2025<br /> Las representantes de Movimiento VTF consultaron por el estado del pago de la reposición del Bono de Desempeño Laboral correspondiente al año 2025. Aclararon que la consulta no se refería al componente compensatorio, sino a las trabajadoras que no fueron incorporadas en las nóminas originales o respecto de quienes el beneficio habría sido pagado incorrectamente, lo que motivó la elaboración de una nueva nómina.<br /> Al respecto, desde la Subsecretaría se informó que se había dictado la resolución correspondiente, en el marco del proceso de reposición, y que la nueva nómina había sido remitida a JUNJI, organismo encargado de efectuar el pago. Asimismo, se indicó que los antecedentes ya se encontraban en poder de dicha institución.<br /> 3. Pago de Rentas mínimas<br /> Las representantes de Movimiento VTF consultaron por los retrasos advertidos en el pago de rentas mínimas y por la posibilidad de acceder a las planillas utilizadas para su determinación. Al respecto, señalaron que los sostenedores no siempre conocerían el procedimiento de cálculo ni contarían oportunamente con las nóminas correspondientes, pese a tratarse de un pago de carácter mensual.<br /> Desde la Subsecretaría se indicó que no tenía conocimiento de un retraso generalizado en esta materia. <br /> Se señaló que se consultaría al encargado del Departamento de Administración y Finanzas acerca de la emisión de las nóminas y de las coordinaciones efectuadas con el área responsable de los pagos en el Ministerio de Educación.<br /> 4. Aplicación de la reducción de jornada y solicitudes de reconsideración ante criterio de la Contraloría General de la República<br /> Las representantes de Movimiento VTF informaron que habían presentado una solicitud de reconsideración ante la Contraloría General de la República respecto del dictamen que determinó la forma de aplicación de la reducción de jornada. En dicho contexto, consultaron por la posición de la Subsecretaría y por las gestiones que se encontraban desarrollando sobre esta materia.<br /> Asimismo, manifestaron su preocupación por los efectos prácticos que la aplicación de la jornada de 40 horas estaría produciendo en las trabajadoras. Al respecto, señalaron que, en algunos casos, las modificaciones implementadas habrían provocado que las funcionarias terminaran su jornada más tarde que antes de la reducción.<br /> Por parte de la Subsecretaría, se indicó que se tenía conocimiento de las solicitudes de reconsideración presentadas por distintas organizaciones. Se explicó que la situación jurídica de los establecimientos VTF presenta particularidades, debido a la diversidad de sostenedores y regímenes laborales aplicables. Sin perjuicio de ello, se señaló que la institución debe respetar los pronunciamientos emitidos por la Contraloría General de la República.<br /> Asimismo, se informó que la Subsecretaría se encontraba abordando los efectos prácticos derivados de la reducción de jornada. Entre ellos, se mencionaron las dificultades relacionadas con los turnos, el tiempo destinado a colación y la organización de las jornadas en los establecimientos VTF.<br /> Finalmente, se señaló que durante el mes de mayo se había remitido un oficio a los sostenedores, mediante el cual se comunicó la interpretación institucional del dictamen. Según lo expuesto en la reunión, dicho oficio precisó el alcance de la reducción de jornada respecto de las profesionales de la educación, sin extender su aplicación de manera automática a todas las trabajadoras de establecimientos VTF.<br /> 5. Efectos de la reducción de jornada en las asignaciones de homologación y carrera docente<br /> Las gestoras consultaron por los efectos que la reducción de jornada podría producir en las asignaciones percibidas por las trabajadoras. En particular, manifestaron su preocupación por una eventual disminución de los montos correspondientes a homologación y carrera docente.<br /> Al respecto, la Subsecretaría informó que había identificado dichas asignaciones como aquellas que podrían verse afectadas por las referencias normativas a jornadas de 44 o 45 horas.<br /> En cuanto a la asignación de homologación, se indicó que se encontraba en tramitación una modificación al Decreto N 230, de 2016, del Ministerio de Educación. La propuesta tendría por objeto reemplazar las referencias a un número determinado de horas por una fórmula asociada a la jornada completa aplicable a cada trabajadora.<br /> Asimismo, se informó que la propuesta contemplaba una disposición transitoria destinada a resguardar el pago íntegro de la asignación durante la reducción progresiva de la jornada. Se señaló que DIPRES había revisado el texto y formulado observaciones, por lo que este sería reingresado a dicha institución. Posteriormente, la tramitación continuaría ante el Ministerio de Hacienda y la Secretaría General de la Presidencia.<br /> Respecto de carrera docente, se explicó que su cálculo tiene un carácter anual. Por esta razón, la reducción de jornada no debiera producir automáticamente una disminución de la asignación. También se indicó que se estaban revisando las adecuaciones necesarias para mantener dicho criterio durante la implementación de las 40 horas.<br /> 6. Actuaciones regionales de JUNJI y eventuales descuentos<br /> Las gestoras señalaron que algunas direcciones regionales de JUNJI estarían informando a los sostenedores sobre futuras disminuciones en las asignaciones de las trabajadoras. Como ejemplo, mencionaron una situación ocurrida en la comuna de Molina, donde se habría comunicado que los pagos serían inferiores como consecuencia de la reducción de jornada.<br /> Manifestaron que dichas actuaciones podrían precarizar las condiciones laborales de las trabajadoras y solicitaron que existiera una coordinación más clara entre la Subsecretaría, JUNJI y los sostenedores.<br /> Por parte de la Subsecretaría, se reiteró que la asignación de carrera docente se determina sobre una base anual y que, conforme al criterio institucional expuesto, no debiera ser reducida por la sola aplicación de la jornada de 40 horas.<br /> Asimismo, se informó que ya se habían sostenido conversaciones con la nueva administración de JUNJI sobre esta materia. Se indicó que se encontraban preparando orientaciones desde el nivel central hacia las direcciones regionales, con el objeto de evitar descuentos que no se ajustaran al criterio señalado.<br /> Finalmente, se precisó que JUNJI es un organismo descentralizado y que corresponde a su nivel central impartir instrucciones a sus direcciones regionales. Sin perjuicio de ello, se señaló que dichas instrucciones debieran considerar la interpretación comunicada por la Subsecretaría.<br /> 7. Participación de Movimiento VTF en instancias de coordinación<br /> Las gestoras manifestaron su interés en participar en las mesas de trabajo vinculadas al sector VTF. Señalaron que una coordinación más directa permitiría evitar la fragmentación de las consultas entre distintos organismos y abordar anticipadamente las situaciones que afectan a las trabajadoras.<br /> Al respecto, la Subsecretaría manifestó su disposición para recibir los antecedentes relativos a casos particulares y gestionar su revisión con las unidades u organismos competentes.<br /> 8. Reajuste del sector público<br /> Las representantes de Movimiento VTF consultaron por el estado de tramitación del reajuste correspondiente al sector público y del reajuste del valor párvulo.<br /> Sobre esta materia, la Subsecretaría informó que se habían detectado diferencias en los antecedentes remitidos por JUNJI. No obstante, se indicó que DIPRES habría validado los cálculos y que las autorizaciones y visaciones correspondientes se encontraban en sus etapas finales de revisión.<br /> Asimismo, se señaló que el reajuste del valor párvulo se estaba tramitando conjuntamente con los antecedentes relativos a carrera docente. Una vez concluidas dichas gestiones, podría continuarse con la tramitación necesaria para efectuar los pagos correspondientes. No se informó una fecha definitiva para su materialización.<br /> 9. Eventual encargado de asuntos gremiales<br /> Las representantes señalaron que la posibilidad de contar con una persona encargada de canalizar las materias gremiales ya había sido planteada previamente ante la Subsecretaría.<br /> Por parte de la institución, se informó que la designación de un asesor o encargado gremial se encontraba en evaluación. Sin embargo, se advirtió que existían dificultades relacionadas con la disponibilidad presupuestaria.<br /> Sin perjuicio de lo anterior, se reiteró la disposición de la Subsecretaría para recibir antecedentes sobre situaciones particulares y coordinar su revisión con las unidades competentes.<br /> 10. Información sobre un eventual cierre de establecimientos en la Región del Biobío<br /> Una de las representantes informó que, en la Región del Biobío, se habría comunicado la existencia de un lineamiento nacional destinado a realizar análisis estadísticos para evaluar el cierre de establecimientos por razones presupuestarias. Manifestó su preocupación por dicha información, especialmente ante las necesidades de cobertura del nivel y la discusión relativa a la sala cuna universal.<br /> Al respecto, la Subsecretaría precisó que la institución no tenía un lineamiento destinado al cierre de jardines infantiles y que de hecho se encontraba trabajando en el cumplimiento del mandato legal relativo al reconocimiento oficial de los establecimientos, cuyo horizonte se extendería hasta el año 2034.<br /> Asimismo, explicó que dicho plan tiene por finalidad avanzar en el cumplimiento de las condiciones exigidas para la obtención del reconocimiento oficial y que no corresponde a una política de cierre de establecimientos. <br /> Finalmente, se indicó que, si bien existen desafíos de política pública asociados a establecimientos con baja asistencia o matrícula, la Subsecretaría no se encontraba desarrollando un plan destinado a cerrar jardines infantiles por dichas circunstancias.<br /> 11. Situación de la causa judicial de Victoria<br /> Las gestoras consultaron por el estado de una causa judicial relativa a trabajadoras de la comuna de Victoria. Señalaron que los recursos transferidos no cubrirían la totalidad de los montos determinados en el procedimiento, incluidos conceptos asociados a rentas mínimas y al Bono de Desempeño Laboral.<br /> La Subsecretaría solicitó precisar si el requerimiento se refería al pago efectuado, a una eventual reposición o a los intereses y reajustes. Asimismo, explicó que existían distintas interpretaciones sobre el alcance de la sentencia y que se encontraba pendiente una resolución judicial.<br /> Finalmente, se indicó que la institución debía sujetarse a lo que resolviera el tribunal y que, si se establecía la obligación de efectuar un pago adicional, se adoptarían las medidas necesarias para su cumplimiento.<br /> 12. Contrataciones y oficio del Ministerio de Hacienda<br /> Las gestoras señalaron que en algunas comunas se estarían limitando o suspendiendo contrataciones, invocándose para ello un oficio del Ministerio de Hacienda.<br /> Al respecto, la Subsecretaría indicó que la materia requería una revisión más detallada. Sin perjuicio de ello, se aclaró que el oficio mencionado no tendría por finalidad impedir el cumplimiento del coeficiente técnico exigible a los establecimientos.<br /> Asimismo, se señaló que no se habría efectuado una modificación del subtítulo presupuestario correspondiente que justificara, por sí sola, el incumplimiento de las dotaciones necesarias para el funcionamiento de los establecimientos. |