Audiencias - Año 2026 - Freddy Calderón

En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.

Fecha Identificador Asistentes Representados Materia Detalle
2026-07-30 12:00:00-04 AJ011AW2266445 Sujeto Pasivo Carolina Zamorano Solicito respetuosamente una audiencia con la jefa de servicio de la Superintendencia de Educación para exponer un caso de extrema gravedad ocurrido en mi establecimiento, donde un estudiante portó un arma de fuego, agredió a un compañero y amenazó de muerte a miembros de la comunidad escolar, hechos que generaron daño psicológico severo acreditado por ACHS y afectaron profundamente a nuestro equipo.

Pese a la magnitud del riesgo y al cumplimiento estricto de todos los protocolos, la Superintendencia de Educación ha solicitado instruir un proceso administrativo contra el establecimiento por presunta vulneración de derechos del menor agresor. Esta medida desconoce la evidencia, revictimiza al personal afectado y contradice las recomendaciones de los programas especializados que trabajaron el caso.

Como comunidad educativa, nos sentimos cuestionados, desprotegidos y abandonados por las instancias que debieron acompañar y orientar en un episodio de riesgo vital. La ausencia de apoyo técnico y la instrucción de iniciar un proceso sancionatorio en estas condiciones han generado un impacto emocional y laboral significativo.

La audiencia tiene por objeto solicitar la intervención presidencial para revisar la proporcionalidad de dicha instrucción, resguardar la integridad de la comunidad escolar y asegurar que las instituciones del Estado actúen con coherencia y responsabilidad frente a situaciones de esta gravedad.

Se da inicio a audiencia 1200 horas
Relata situación traumática vivida por el establecimiento educacional el año pasado, referido en la solicitud de audiencia.
Como consecuencia de dicha situación se ingresó este año en el mes de marzo, la información relacionada con la aplicación de MECM y se instruyó un procedimiento administrativo sancionador,
Acta N261302407, el que se encuentra en etapa de instrucción.
El objetivo de la audiencia es contextualizar antecedentes del caso y requerir que la autoridad los considere en su decisión.
Se pone término a la audiencia.
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2026-06-18 12:00:00-04 AJ011AW2216406 Sujeto Pasivo Elisa Izquierdo La solicitud propone gestionar una audiencia formal con la Superintendenta de Educación,
Pamela Adriazola, aprovechando el proceso de revisión de las Circulares N. 781 y 782,
previo a la entrada en vigencia de la Ley N. 21.809 de Convivencia Educativa y la
eventual aprobación del proyecto de ley Escuelas Protegidas.
El documento identifica cuatro aspectos que requieren revisión. En primer lugar, cuestiona
la limitación de la condicionalidad de matrícula al año escolar en que se aplica, señalando
que ello dificulta abordar faltas gravísimas ocurridas al final del año. Se propone permitir,
de manera excepcional, su extensión al período siguiente para resguardar la convivencia
escolar y la gestión directiva.
En segundo lugar, plantea la necesidad de revisar la interpretación de la obligación de
denunciar hechos que revistan carácter de delito cuando involucran a estudiantes menores
de 14 años. Se argumenta que la normativa actual puede generar una judicialización
innecesaria de situaciones escolares y propone una interpretación que diferencie
adecuadamente los deberes de protección de los establecimientos de la persecución penal.
En tercer lugar, se advierte una contradicción en la regulación de las faltas leves, ya que se
promueve un abordaje simple y expedito, pero al mismo tiempo se exigen registros y
procedimientos altamente formalizados. Se solicita una regulación que permita una gestión
más ágil de los incidentes cotidianos en el aula.
Finalmente, se plantea la necesidad de regular y aplicar las disposiciones existentes
respecto de denuncias manifiestamente infundadas ante la Superintendencia, generando
mecanismos que eviten el uso abusivo de los procesos de fiscalización y protejan a los
equipos educativos.
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Sujeto Pasivo Andrea Martinez
Sujeto Pasivo MARIA TRINIDAD BURGOS SAMORA
2026-06-09 12:30:00-04 AJ011AW2201771 Sujeto Pasivo Anemarie Hartwig Solicitar audiencia para exponer inquietudes de los colegios particulares pagados respecto de la implementación del Dictamen N73 y el creciente nivel de exigencias regulatorias y administrativas que están enfrentando los establecimientos educacionales, especialmente en materias de inclusión, reglamentos internos, convivencia escolar y cumplimiento normativo. Asimismo, manifestar disposición de Red de Colegios Asociados para colaborar técnicamente en la búsqueda de criterios de aplicación claros, proporcionales y viables para las comunidades educativas. Ver Detalle
Sujeto Pasivo Javier Acevedo
Sujeto Pasivo Carol Bates
Sujeto Pasivo María Alejandra Barrios Harmer
2026-05-14 12:00:00-04 AJ011AW2178105 Sujeto Pasivo Priscilla Sepúlveda BUENAS TARDES.
Luego de reunión con Erika Muñoz asesora de gabinete de la Ministra de Educación Sra. María Paz ArzolaS OLICITAMOS REUNIÓN URGENTE CON SUPERINTENDENTA POR SITUACIÓN DE ESCUELA TERESIANA SAN JOSÉ. muchísimas gracias.

La entidad sostenedora refiere que en el año 2011 tuvieron problemas con la administración de sus establecimientos educacionales y que ello ocasionó que no se declararan adecuada e íntegramente los gastos correspondientes a la SEP. Ello ocasionó una alteración en saldo por acreditar, lo que les ha generado la imposición de sanciones a través de los correspondientes procedimientos que ha tornado una merma significativa en los recursos de la institución.
Señala que actualmente están trabajando en ordenar su administración y resolver estos inconvenientes y que requerirían que se suspendiera la ejecución de la multa.
Agrega que ya han sostenido audiencia de lobby con el DTF y que se encuentran a la espera de un informe.
Por parte de la Fiscalía se les recomienda que formalicen la solicitud de dicho informe y se explica que la rendición de cuenta, la rectificación y los procesos declarativos tienen una naturaleza distinta del sancionatorio.
En cuanto a la sanción impuesta por la autoridad regional en el sancionatorio del último periodo se menciona que el plazo para reclamar se encuentra vencido, lo que no obsta a la interposición de recursos extraordinarios que la ley franquea. Se hace presente que, en todo caso, la interposición de dichos recursos no suspende la ejecución de la sanción, en tanto la vía administrativa se encuentra agotada.
Se hace entrega vía correo electrónico de la resolución que aprueba el proceso.
Se pone término a la audiencia.12.35
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