Audiencias - Año 2026 - Pamela Soza

1. Información General

Identificador

AJ011AW2137817

Fecha

2026-04-16 12:00:00-04

Forma

Videoconferencia

Lugar

TEAMS

Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Luis Marcelo Galvez Astudillo Gestor de intereses CORPORACIÓN EDUCACIONAL ALFONSO GÓMEZ
CARMEN CORINA RAMÍREZ RAMÍREZ Gestor de intereses Corporación Educacional Alfonso Gómez

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Solicita información. sobre alcances y propuesta de solución con relación a la Resolución Exenta N2026 PA 130265 de fecha 03022026.<br /> <br /> En una reunión iniciada a las 12:05, el sostenedor expone que en 2019, al realizar una rendición, se detectaron deudas de arrastre, lo que considera improbable, ya que el establecimiento no podría haber seguido funcionando de ser efectivo. Señala dificultades para regularizar la situación, dado que no puede obtener facturas de años anteriores ni destinar recursos actuales para cubrir saldos no acreditados.<br /> <br /> Consulta sobre la posibilidad de transferir la calidad de sostenedor a un tercero, advirtiendo que, de no ser viable, evaluaría cerrar el establecimiento ante eventuales sanciones como la pérdida de subvención o inhabilitación.<br /> <br /> Se le informa que el recurso de reclamación está siendo resuelto por la unidad correspondiente, en el marco de un procedimiento administrativo sancionatorio aún pendiente. Además, reconoce que en la rendición de 2017 hubo un error al ingresar datos, sumando recursos de distintos colegios.<br /> <br /> Respecto a gestiones previas, indica que solo ha solicitado rectificaciones en respuestas a cargos. Se le explica que el proceso sancionatorio no analiza el origen de los saldos, sino su disponibilidad, y que esto es distinto a los procesos de rectificación realizados por la autoridad, los cuales han sido múltiples. Se le recomienda revisar la circular 89 y eventualmente solicitar una rectificación especial, con claridad sobre los periodos y montos involucrados, así como la posibilidad de solicitar audiencia de lobby.<br /> <br /> También se aclara que no está permitida la transferencia de la calidad de sostenedor, y que, en caso de cierre, se determinarán los saldos finales de subvención para su restitución al Ministerio de Educación.<br /> <br /> Finalmente, se informa que el plazo legal para resolver el procedimiento es de dos años (hasta septiembre de 2027), y que los efectos de la resolución quedan suspendidos mientras se resuelve la reclamación. Se deja constancia de que el establecimiento cuenta con convenio SEP.