Identificador |
AH013AW2207009 |
Fecha |
2026-06-10 11:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Microsoft Teams |
Duración |
0 horas, 20 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Eduardo Godoy | Gestor de intereses | Eduardo Alejandro Godoy Hales | |
| Carolina Baquedano |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
El liquidador concursal Eduardo Godoy Hales, en el contexto del oficio Superir N7567 de 14.05.2026, por el cual se le instruyó informar el estado actual de lo informado por el Servicio de Impuestos Internos, si se remitieron los antecedentes requeridos por el mismo, y la fecha en que ello ocurrió, dando cuenta de las gestiones que se encuentran pendientes en la determinación del IVA por la venta de la unidad económica. Al respecto informó lo siguiente<br /> Que procedió a tomar contacto con la unidad fiscalizadora del SII, para la determinación del monto y pago del IVA por la venta de la Unidad Económica. Al respecto, dicha Unidad le informó que como el IVA debió pagarse dentro de un plazo acotado, producida la venta, a la fecha estaba en mora y por tanto sujeto a multas e intereses. Lo que podía rebajarse si solicitaba la respectiva rectificatoria correspondiente al mes que debió ejecutarse el pago, lo que hizo con la aprobación de Junta de acreedores.<br /> Que hizo la rectificatoria, generando el SII el respectivo giro, con una condonación de las multas e intereses, y procedió a pagar el IVA, en un monto aproximado de 1.600.000.000.<br /> Que informará a la Superir de todos los antecedentes precedentes y coetáneos al pago del IVA con todos los documentos necesarios, complementando su respuesta previa Ingreso Superir N71705 de 14.05.2026 al Oficio Superir N7567.<br /> Finalmente, y de su parte, informó que a la brevedad procederá a solicitar al tribunal del concurso ponga a disposición de la liquidación, los fondos que CMTV consignó en la cuenta corriente del tribunal para el pago del IVA. Como el pago del IVA se hizo con fondos de la masa, entiende que los fondos consignados deben ser entregados a esta.<br /> Por su parte la Superintendencia, quedó en esperar el ingreso con los antecedentes del pago del IVA y fiscalizar su respuesta dentro del ámbito de sus competencias, haciendo hincapié en que esa fiscalización tenía que ver con sus deberes como liquidador concursal, excluyendo el ámbito tributario.<br /> <br /> Por parte de la Superintendencia participó también en la reunión Marcela Lecaros Soto, encargada de la Unidad de Fiscalización Contable Masiva. |