Identificador |
AH013AW0709752 |
Fecha |
2019-08-14 16:30:00-04 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Amunátegui #232. Santiago |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Rodrigo Alfonso Ramón Miranda Rojas | Gestor de intereses | Rodrigo Miranda Rojas |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Solicito audiencia a objeto de exponer al Superintendente mi reclamo del cual no he tenido respuesta y por cumplir voluntariamente con la situación de apremio económico hoy me veo muy perjudicado y no obtengo por parte de la Superintendencia.<br /> Reclamo a usted mi derecho de poner término a la Liquidación Concursal que se sustancia en el Segundo Juzgado de Letras de Talca Causa Rol N° C-1409-2017.<br /> Ya cumplí 2 años expuesto a este proceso de liquidación lo que vulnera abiertamente el espíritu de la ley.-<br /> Reclamé anteriormente de dicha situación y el liquidador del cual reclamo, señaló que estaba a la espera de la apelación de la causa del Tercer Juzgado de Letras Causa Rol N° C2294 – 2015 so pretexto que aquello podía incrementar la masa a liquidar. Dicha situación es absolutamente ilusoria toda vez que en dicha causa se litigaba sobre un bien que pertenece a un tercero. <br /> En todo es evidente que dicho bien nada tiene que ver con la liquidación y su exclusión fue clara y hoy no puede mañosamente pretender incorporarla dentro de la liquidación, ya que incluso dicho juicio se ventila en otro tribunal en donde no se hizo parte.<br /> Me llama profundamente la atención hoy esté a la espera de los resultados de aquel juicio y lo utilice como motivo para no poner término a mi liquidación, sobre todo porque fue el propio liquidador el que jamás se opuso a la ejecución particular del Banco<br /> respectivo. SIN PERJUICIO DE LO EXPUESTO, DICHA CAUSA EN LO QUE RESPECTA A LA “APELACIÓN PENDIENTE” SE ENCUENTRA TERMINADA. NADA MÁS HAY QUE ESPERAR ENTONCES EN MI LIQUIDACIÓN y es por ello que solicito la presente audiencia por medio de la ley del Lobby, a objeto de exponer mi situación y tener una respuesta oficial, oportuna y ajustada a derecho.-<br /> Liquidación Concursal Voluntaria presentada por el suscrito con fecha 12 de junio de 2017, la cual hoy no tiene mérito legal para<br /> continuar con esta tramitación ante el Segundo Juzgado de Letras de Talca. |