Identificador |
AE007AW2236418 |
Fecha |
2026-06-30 12:00:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Favor solicitar link al correo fromero@aduana.cl ; se responderá con Link de VC al menos 1 hora antes de la cita de inicio de la reunión |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Javier Uribe | Gestor de intereses | Javier Eduardo Uribe Martínez | |
| Clemente González Veloso | Gestor de intereses | Gasco Solar Térmico Uno |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Con fecha 30 de junio de 2026 se realizó audiencia presencial en el marco de la Ley N20.730, entre las 1200 y las 1300 horas, en dependencias de la Dirección Regional de Aduana de Antofagasta.<br /> <br /> La audiencia fue solicitada con el objeto de conocer el criterio del Servicio Nacional de Aduanas respecto de las prórrogas de los Cuadernos ATA, a la luz de las disposiciones del Convenio de Estambul.<br /> <br /> Por parte del Servicio Nacional de Aduanas participaron Francisco Romero Papasideris, Director Regional de Antofagasta y Atacama Laureano Soto Vega, Jefe del Departamento Técnico Miguel Nacuse Phillips, Jefe s del Departamento de Fiscalización, Pedro Arancibia y Daniel Soto, Fiscalizadores del Departamento Técnico y Lissette Menay, Asesora Jurídica Regional.<br /> <br /> Por parte de los solicitantes participaron Clemente González, Ejecutivo de GASCO, y Javier Uribe, abogado representante de la empresa.<br /> <br /> La reunión se inició con la presentación de los asistentes. Posteriormente, los representantes de GASCO expusieron los principales antecedentes de un proyecto de inversión que considera la importación temporal de equipos mediante la utilización de Cuadernos ATA, entregando un contexto general de las operaciones proyectadas, las características del proyecto y los plazos involucrados. Asimismo, plantearon consultas respecto de la aplicación del Convenio de Estambul, particularmente en relación con la procedencia de prórrogas de los Cuadernos ATA y el tratamiento aduanero de las mercancías amparadas por dicho instrumento internacional.<br /> <br /> Por parte del Servicio se entregó una explicación general sobre el régimen de admisión temporal mediante Cuadernos ATA, abordándose las disposiciones normativas aplicables, el procedimiento para su emisión y utilización en Chile, así como aspectos generales relativos a la emisión de nuevos Cuadernos ATA respecto de una misma mercancía, conforme al marco jurídico vigente. Asimismo, se analizaron las disposiciones del Convenio de Estambul relacionadas con la vigencia de los Cuadernos ATA y las alternativas contempladas por dicho instrumento internacional para la permanencia temporal de las mercancías.<br /> <br /> Finalmente, se intercambiaron apreciaciones técnicas respecto de la aplicación del Convenio de Estambul al caso planteado por los solicitantes, dejándose constancia de que para los fines de la salida de los cuadernos, se procederá en consecuencia comunicándose por vía formal respecto de declarar la salida en los cuadernos respectivos. |