Audiencias - Año 2026 - Julia Altamirano

1. Información General

Identificador

AE006AW2086816

Fecha

2026-02-20 11:00:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

Plataforma Teams El sujeto pasivo informa lo siguiente: Se consulta sobre la posibilidad que una entidad chilena que no es contribuyente de IVA pueda emitir facturas de compra para documentar servicios gravados con IVA recibidos de un prestador extranjero

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Ignacio Pérez Gestor de intereses EY Consultores Limitada
Dominique Bendersky Schapira Gestor de intereses EY Consultores Limitada
Fernanda Sanhueza Gestor de intereses EY Consultores Limitada

3. Materias Tratadas

Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Solicitamos se sirvan confirmar el criterio aplicable conforme a la normativa vigente del Impuesto al Valor Agregado y considerando las modificaciones introducidas por la Ley N 21.713 al sistema simplificado de declaración de IVA para contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile en el siguiente caso.<br /> <br /> Una sociedad domiciliada en Chile que desarrolla exclusivamente actividades exentas de IVA por ejemplo servicios educacionales y de capacitación en su calidad de OTEC sin realizar operaciones afectas al impuesto recibe servicios de software prestados por una sociedad extranjera los cuales son utilizados en Chile y constituyen prestaciones remuneradas gravadas con IVA.<br /> En este contexto se solicita confirmar quién debe asumir la obligación de declarar y pagar el IVA asociado a dichos servicios y en particular si dicha obligación recae en<br /> <br /> La sociedad extranjera prestadora del servicio mediante el sistema simplificado de declaración y pago de IVA por estimarse que la sociedad chilena beneficiaria no tiene la calidad de contribuyente de IVA conforme al criterio sostenido entre otros en el Oficio N 2.034 de 30 de junio de 2022 o bien<br /> La sociedad chilena beneficiaria mediante la aplicación del cambio de sujeto establecido en el artículo 11 letra e de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios debiendo emitir la correspondiente factura de compra por considerarse que tiene la calidad de contribuyente de IVA aun cuando sus operaciones se encuentren exentas conforme al criterio del Oficio N 2.438 de 14 de septiembre de 2023.<br /> <br /> Lo anterior teniendo presente que conforme a la normativa actual basta la existencia de una prestación de servicios utilizada en Chile para que esta quede afecta a IVA con independencia de si se trata o no de servicios comprendidos en el artículo 8 letra n de la Ley de IVA.