Audiencias - Año 2026 - Jessica Tapia

1. Información General

Identificador

AD022AW2117693

Fecha

2026-03-26 10:45:00-03

Forma

Videoconferencia

Lugar

Id. de reunión: 297 728 200 551 66 Código de acceso: nm65x9Z5

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Fernando Álvarez Gestor de intereses CARLOS OYARZUN KINITTEL

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Se inicia la audiencia en modalidad remota a las 10.45 am, con la participación de la Jefa de Depto. Estudios y Análisis acompañada del Abogado Capitán de Ejército Pedro Salazar Reyes y Fernando Andrés Álvarez Fiedler; RUN: 14.569.674-7, en representación del ex Teniente de Ejército Carlos Gustavo Oyarzún Knittel quien expone lo que se indica:<br /> <br /> Carlos Oyarzún Knittel egresó el año 2011 como Oficial de Ejército. Llegó a ostentar el grado de TENIENTE. Con fecha 28 de agosto de 2019 se le notifica la desvinculación de la Institución Ejército de Chile por DECRETO EXENTO RA 1184068252019 fechado a 11JUL19 disponiendo el RETIRO ABSOLUTO. fundado en la aplicación de medida disciplinaria expulsiva de RETIRO conformeal artículo 49 A letra f del DNL911 a través de la RES BOE AJ R N 1590338578 de 24ABR18 dictada por el COMANDANTE DE LA BOE GRAL PÁBLO MULLER BARBERÍA.<br /> Por los mismos hechos se realizó denuncia al SEGUNDO JUZGADO MILITAR DE SANTIAGO bajo el número de causa 332018 de la IV Fiscalía Militar Letrada de Santiago.<br /> El 04 de julio de 2018 el SEGUNDO JUZGADO MILITAR DE SANTIAGO se declara incompetente para conocer de los hechos denunciados aceptando la competencia el Juzgado de Garantía de Colina.<br /> Con fecha 19 de enero de 2026 fue decretado por el JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA el sobreseimiento definitivo del imputado y recurrente CARLOS OYARZÚN KNITTEL en virtud del artículo 250 letra d en relación a la prescripción de la Acción Penal constando la renuncia expresa a recursos y plazos de los intervinientes MINISTERIO PÚBLICO e IMPUTADO.<br /> Se soliciitó el 12MAR26 reincorporación al servicio activo de Oyarzún por encontrase en condición de retiro sin fundamento pues la medida disciplinaria que sustenta el decreto de retiro fue dictada por autoridad distinta al Presidente de la República y además no fue sometida a Toma de Razón.<br /> <br /> La audiencia viene en complemento de una presentación que realizó ante el Sr. Ministro de Defensa Nacional, en fecha 12MAR2026, en donde expone el caso de su representado, solicitando la reincorporación al servicio activo de la institución, ello por existir variación de circunstancias desde la dictación de las medidas expulsivas que lo apartaron, en suma solicita lo prescrito en el inciso 2, del literal d), del artículo 54 de la Ley 18948 Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, ello por haber sido sobreseído definitivamente en sede penal, en fecha 19ENE2026.