Identificador |
AD022AW2211698 |
Fecha |
2026-07-03 10:30:00-04 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Unirse: https://teams.microsoft.com/meet/222361650363739?p=GpbQ7drZ1rV8WmGHR4 Id. de reunión: 222 361 650 363 739 Código de acceso: 8G2Ra2CS |
Duración |
0 horas, 30 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Oliverio Avendaño Barrientos | Gestor de intereses | Oliverio Avendaño | |
| Paolo Francisco Trejo Carmona | Gestor de intereses | Oliverio Avendaño |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Siendo las 10.32 hrs se inició la audiencia de lobby folio número 2211698, requerida a nombre de don Oliverio Avendaño Barrientos, realizada por vía remota, a través de la Plataforma Teams. Por parte de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, compareció el jefe del departamento jurídico, administrativo y transparencia Miguel Cáceres y el abogado Renato Valenzuela.<br /> <br /> Por parte del solicitante, compareció el interesado de manera personal acompañado de su abogado Paolo Trejo, quienes consultaron por el estado de la solicitud de invalidación con reclamación subsidiaria, deducidas en contra de la Resolución número 1606, de 2023, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, código de centro número 104180. <br /> <br /> Por su parte, el jefe del departamento jurídico, administrativo y transparencia comentó que la presentación deducida cuenta con proyecto que se encuentra en instancias finales de revisión, restando solo el proceso de notificación y despacho de la carta certificada. Por último, confirmó la dirección registrada para efectos de notificaciones.<br /> <br /> Siendo las 10.39 hrs se le puso término a la audiencia. Se deja constancia que al término de la reunión el jefe del departamento jurídico se comprometió a remitir copia informativa de la resolución por medio de correo electrónico, lo anterior sin perjuicio de la notificación por carta certificada. |