Identificador |
AD006AW2011671 |
Fecha |
2025-11-17 15:00:00-03 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Q2FsbGUgU2FyZ2VudG8gQWxkZWEgcy9u |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
| Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
|---|---|---|---|
| Catalina Olavarría | Gestor de intereses | Catalina Olavarria Gonzalez |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Vulneración derecho fundamental SG2°de su unidad (feriado legal) en virtud a responder requerimiento de la unidad para trasladarse a la macrozona sur dentro del periodo efectivo de descanso autorizado mediante res N°1080/124509/2737 de fecha 25 septiembre.<br /> <br /> <br /> <br /> Miguel Castillo Mardones<br /> Comandante del Regimiento N.° 8 “Chiloé”<br /> Puntos abordados<br /> “La audiencia tuvo por objeto aclarar la situación del feriado legal solicitado por el Sargento segundo. Se informó a la requirente que la solicitud fue presentada oportunamente, sin embargo, conforme a lo dispuesto en el DFL N.º 1 (Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas), que faculta a la autoridad para administrar el recurso humano en función de las necesidades del servicio, dicho feriado debió ser denegado.<br /> Se explicó que la decisión se adoptó debido a necesidades institucionales y operativas, ya que el SG2 fue considerado e incluido dentro del personal a desplegar en la Macrozona Sur, zona que se encuentra bajo un Estado de Excepción Constitucional. En este contexto, si bien, se había concebido el permiso al SG2 MORALES, debido a la poca dotación de personal, el SG2 MORALES excepcionalmente él no había sido desplegado durante el año 2025 y que personal podría completar su 3er despliegue 2025, se resolvió incluir al SG2 MORALES en el despliegue del mes de Diciembre.<br /> Asimismo, se indicó que, en virtud de la normativa vigente y del deber de resguardo de la seguridad nacional, la planificación y disponibilidad del personal adquiere prioridad operacional, motivo por el cual fue necesario rectificar la concesión del feriado legal solicitado.” |