Audiencias - Año 2025 - Alicia Otayza

1. Información General

Identificador

AB021AW1919843

Fecha

2025-08-21 15:30:00-04

Forma

Presencial

Lugar

En la Delegación Presidencial Regional, en Teatinos 220, piso 3 Santiago Centro, en dependencias del Depto. Jurídico

Duración

0 horas, 30 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
Alexis Paineo Sandoval Gestor de intereses DUEÑOS DE BOTILLERIAS DE CHILE
Marjorie Melo
Alicia Otayza

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

Solicitamos audiencia con el Delegado Presidencial para abordar la situación crítica que enfrentan los botilleros de Conchalí debido a la no renovación de patentes de alcoholes . Esta medida ha dejado a 99 familias sin su fuente de ingreso, a pesar de sus esfuerzos por regularizar sus establecimientos. Buscamos discutir la necesidad de una revisión equitativa en la asignación de patentes de alcoholes en la comuna, considerando el contexto social y económico local. Esta audiencia tiene como objetivo encontrar soluciones que permitan la reactivación económica de los botilleros afectados y establecer criterios transparentes y justos para la distribución de patentes en Conchalí.<br /> <br /> <br /> Ante lo planteado, la Encargada del Depto. Jurídico explica el desarrollo cronológico y etapas cumplidas para la dictación de la Resolución Exenta N° 715 de 19.06.2025 que fija el número de patentes limitadas de alcoholes en la Región Metropolitana de Santiago, Arts. 3° y 7° de la Ley N° 19.925 de la Delegación Presidencial Región Metropolitana de Santiago, indicándoles que el la Municipalidad de Conchalí no respondió al requerimiento de información sobre estas patentes solicitada mediante los Of.N° 2590 de 27.12.2024 y Of. N°565 de 11.04.2025, ambos también de la Delegación Presidencial Regional. Se les señala que por disposición legal el Delegado Presidencial Regional puede fijar las patentes indicadas mediante la resolución respectiva con prescindencia de los informes municipales (art 7° inciso 2° Ley 19.925).